III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2021-20894)
Resolución de 13 de diciembre de 2021, del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para la atribución del ejercicio de la competencia para la resolución de las reclamaciones previstas en el artículo 24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Sábado 18 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 155317

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
20894

Resolución de 13 de diciembre de 2021, del Consejo de Transparencia y
Buen Gobierno, por la que se publica el Convenio con la Comunidad
Autónoma de las Illes Balears, para la atribución del ejercicio de la
competencia para la resolución de las reclamaciones previstas en el artículo
24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Buen Gobierno.

El artículo 38, número 2, letra c), de la Ley 19/2013 de 9 de diciembre de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (LTAIBG), encomienda
a la Presidencia del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, entre otras, la función
de conocer de las reclamaciones que se presenten en aplicación de su artículo 24.
Por su parte, el número 2 de la disposición adicional cuarta de la LTAIBG contempla
la posibilidad de que las Comunidades Autónomas atribuyan al Consejo de
Transparencia y Buen Gobierno la competencia para la resolución de las reclamaciones
referidas en el artículo 24, mediante la celebración del correspondiente Convenio en el
que se estipulen las condiciones en que aquéllas sufragarán los gastos derivados de
esta asunción de competencias.
En desarrollo de las anteriores previsiones normativas, el Consejo de Transparencia
y Buen Gobierno y la Comunidad Autónoma de Illes Balears suscribieron el pasado 9 de
diciembre el correspondiente Convenio de colaboración que, una vez inscrito en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal en esa misma fecha, debe ser publicado en el «Boletín Oficial del Estado»
según determina el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
En su virtud, esta Presidencia resuelve:
Remitir al «Boletín Oficial del Estado» para su publicación el Convenio entre el
Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y la Comunidad Autónoma de Illes Balears
para la atribución del ejercicio de la competencia para la resolución de las reclamaciones
previstas en el artículo 24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia,
Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
Madrid, 13 de diciembre de 2021.–El Presidente del Consejo de Transparencia y
Buen Gobierno, A.A.I., José Luis Rodríguez Álvarez.

Convenio entre el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y la Comunidad
Autónoma de las Illes Balears por el que se atribuye al Consejo la competencia
para la resolución de las reclamaciones previstas en el artículo 24 de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública
y Buen Gobierno
En Madrid y Palma de Mallorca, a la fecha de la última firma electrónica.
REUNIDOS
De una parte, don Juan Pedro Yllanes Suárez, en representación de la Comunidad
Autónoma de las Illes Balears, en calidad de consejero de Transición Energética,
Sectores Productivos y Memoria Democrática, nombrado por Decreto 9/2021, de 13 de

cve: BOE-A-2021-20894
Verificable en https://www.boe.es

ANEXO ÚNICO