II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2021-20838)
Resolución de 30 de noviembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo en el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 17 de diciembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 154800
Las instancias se presentarán a través del portal Funciona, siendo imprescindible la
acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT), sin
perjuicio de lo indicado en esta base. Dentro del Portal Funciona habrá de accederse a la
siguiente ruta: Espacio SIGP > Mis servicios de RR.HH. > Concurso de méritos.
Junto con dicha solicitud deberán adjuntarse el anexo III (certificado de méritos
generales) y el anexo IV (certificado de funciones) firmados electrónicamente. Podrá
adjuntarse asimismo toda aquella documentación que la persona aspirante considere
que sea susceptible de valoración de acuerdo con lo dispuesto en las bases de esta
convocatoria para los puestos solicitados.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una
instancia, ya sea electrónicamente o en papel, sólo se atenderá a la presentada en
último lugar, quedando anuladas las anteriores.
En el caso de que la persona concursante no pueda acceder en su puesto de trabajo
a estos medios, lo pondrá en conocimiento de la Unidad de Personal del Ministerio u
organismo donde presta servicios, la cual le deberá facilitar dicho acceso. Si ello no
resultara posible por causas técnicas o de otra índole, esta Unidad de Personal
informará a la persona concursante que la instancia la puede presentar cumplimentando
los anexos II, III y IV y dirigirlo a dicha Unidad de personal, la cual asumirá la tramitación
de la solicitud. En todo caso, se garantiza el derecho de las personas concursantes a
presentar su solicitud de participación en el concurso.
El personal funcionario que se encuentre en situaciones distintas a la de servicio
activo o que no preste servicios en la Administración General del Estado, que no pudiera
realizar electrónicamente su solicitud, podrá presentarla con carácter excepcional, en los
registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La forma de presentación no telemática o a través de las Unidades de Personal será
admitida en los casos expresamente previstos en esta base. En ningún caso, podrá
presentarse de forma no electrónica una solicitud complementaria de una solicitud
electrónica.
Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan
de ser tenidos en cuenta. La solicitud a presentar consistirá en los siguientes anexos:
– Anexo II. Solicitud y relación de puestos solicitados.
– Anexo III. Certificado de méritos generales.
– Anexo IV. Certificado de funciones.
La solicitud formulada a través del Portal Funciona sustituye al anexo II. En
consecuencia, el resto de anexos deberán adjuntarse a la solicitud que se haga a través
de SIGP.
Los anexos de este concurso se cumplimentarán con arreglo a las instrucciones que
en ellos se contienen.
2. Las personas concursantes con alguna discapacidad podrán pedir la adaptación
del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se deberá
acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la
procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que
tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados. La compatibilidad con el desempeño
de las funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las
adaptaciones que se puedan realizar en él.
3. En el supuesto de estar interesadas en las vacantes que se anuncien en un
determinado concurso, para un mismo municipio, dos personas que reúnan los requisitos
exigidos, podrán condicionar todos o parte de los puestos que incluyen en sus
solicitudes, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambos obtengan
destino en ese concurso en el mismo municipio, entendiéndose, en caso contrario,
anulada la petición de los puestos condicionados efectuada por ambos, quedando
vigente el resto de sus solicitudes.
cve: BOE-A-2021-20838
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 301
Viernes 17 de diciembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 154800
Las instancias se presentarán a través del portal Funciona, siendo imprescindible la
acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT), sin
perjuicio de lo indicado en esta base. Dentro del Portal Funciona habrá de accederse a la
siguiente ruta: Espacio SIGP > Mis servicios de RR.HH. > Concurso de méritos.
Junto con dicha solicitud deberán adjuntarse el anexo III (certificado de méritos
generales) y el anexo IV (certificado de funciones) firmados electrónicamente. Podrá
adjuntarse asimismo toda aquella documentación que la persona aspirante considere
que sea susceptible de valoración de acuerdo con lo dispuesto en las bases de esta
convocatoria para los puestos solicitados.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una
instancia, ya sea electrónicamente o en papel, sólo se atenderá a la presentada en
último lugar, quedando anuladas las anteriores.
En el caso de que la persona concursante no pueda acceder en su puesto de trabajo
a estos medios, lo pondrá en conocimiento de la Unidad de Personal del Ministerio u
organismo donde presta servicios, la cual le deberá facilitar dicho acceso. Si ello no
resultara posible por causas técnicas o de otra índole, esta Unidad de Personal
informará a la persona concursante que la instancia la puede presentar cumplimentando
los anexos II, III y IV y dirigirlo a dicha Unidad de personal, la cual asumirá la tramitación
de la solicitud. En todo caso, se garantiza el derecho de las personas concursantes a
presentar su solicitud de participación en el concurso.
El personal funcionario que se encuentre en situaciones distintas a la de servicio
activo o que no preste servicios en la Administración General del Estado, que no pudiera
realizar electrónicamente su solicitud, podrá presentarla con carácter excepcional, en los
registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La forma de presentación no telemática o a través de las Unidades de Personal será
admitida en los casos expresamente previstos en esta base. En ningún caso, podrá
presentarse de forma no electrónica una solicitud complementaria de una solicitud
electrónica.
Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan
de ser tenidos en cuenta. La solicitud a presentar consistirá en los siguientes anexos:
– Anexo II. Solicitud y relación de puestos solicitados.
– Anexo III. Certificado de méritos generales.
– Anexo IV. Certificado de funciones.
La solicitud formulada a través del Portal Funciona sustituye al anexo II. En
consecuencia, el resto de anexos deberán adjuntarse a la solicitud que se haga a través
de SIGP.
Los anexos de este concurso se cumplimentarán con arreglo a las instrucciones que
en ellos se contienen.
2. Las personas concursantes con alguna discapacidad podrán pedir la adaptación
del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se deberá
acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la
procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que
tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados. La compatibilidad con el desempeño
de las funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las
adaptaciones que se puedan realizar en él.
3. En el supuesto de estar interesadas en las vacantes que se anuncien en un
determinado concurso, para un mismo municipio, dos personas que reúnan los requisitos
exigidos, podrán condicionar todos o parte de los puestos que incluyen en sus
solicitudes, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambos obtengan
destino en ese concurso en el mismo municipio, entendiéndose, en caso contrario,
anulada la petición de los puestos condicionados efectuada por ambos, quedando
vigente el resto de sus solicitudes.
cve: BOE-A-2021-20838
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 301