II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2021-20838)
Resolución de 30 de noviembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo en el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301

Viernes 17 de diciembre de 2021

Novena.

Sec. II.B. Pág. 154810

Listados provisionales de valoración de méritos.

Con el fin de informar a las personas candidatas de las valoraciones provisionales
otorgadas, la Comisión de Valoración publicará listados provisionales de valoración de
los méritos para los distintos puestos. En dichos listados se establecerá un periodo de
alegaciones. Las alegaciones y subsanaciones habrán de formularse a través del
Registro Electrónico Común, encaminándose al código DIR3 EA0041786, perteneciente
a la Secretaría General del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Resolución del concurso.

1. La convocatoria se resolverá por Resolución de la Subsecretaría en un plazo
máximo de cuatro meses, desde el día siguiente al de la finalización de la presentación
de instancias, y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», salvo que concurran las
circunstancias expuestas en la base tercera, punto 2, en cuyo caso podrá procederse a
la resolución parcial de los puestos no afectados directa o indirectamente por estas
circunstancias.
2. En la Resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación expresa del puesto de
trabajo, localidad, órgano directivo y Departamento ministerial o Administración pública
de cese de las personas a quienes se les adjudique destino, así como de su subgrupo de
titulación. Se indicará la situación administrativa de procedencia cuando participen desde
una situación distinta a la de servicio activo.
3. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días
hábiles si no implica cambio de residencia o de un mes si comporta cambio de residencia
o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días
hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del
Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá contarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y
licencias que, en su caso, estén disfrutando las personas adjudicatarias, salvo que por
causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
No obstante, para el personal funcionario que se encuentre en licencia por
enfermedad se diligenciará el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que por
ello finalice la licencia que tenga concedida.
La persona titular de la Subsecretaría del Departamento donde presta servicios el
personal funcionario podrá, no obstante, acordar la prórroga de su cese, por
necesidades del servicio, de hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse ésta a la
Unidad competente.
Excepcionalmente, a propuesta del Departamento por exigencias del normal
funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado de Función Pública podrá
aplazar la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga
prevista en el párrafo anterior.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, la persona titular de
la Subsecretaría del Departamento donde se haya obtenido nuevo destino podrá
conceder una prórroga de incorporación de hasta veinte días hábiles, si el destino
implica cambio de residencia y así lo solicita la persona interesada por razones
justificadas.
Undécima. Destinos adjudicados.
Los destinos adjudicados serán irrenunciables salvo que, antes de finalizar el plazo
de toma de posesión, se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública, en cuyo
caso deberá comunicarse por escrito al órgano convocante.

cve: BOE-A-2021-20838
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Décima.