I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicios públicos. Acceso electrónico. (BOE-A-2021-20814)
Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Entidad Pública Empresarial Adif-Alta Velocidad, por la que se crea la Sede Electrónica y se determina la puesta a disposición de las notificaciones en dicha sede.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301

Viernes 17 de diciembre de 2021

3.

Sec. I. Pág. 154729

Contenido y servicios de la sede electrónica.

1. Los contenidos mínimos a disposición de las personas interesadas que ha de
incluir la sede electrónica son:
a) Información actualizada sobre la sede electrónica, en la que se incluirá su
identificación, la del órgano titular y la de los responsables de la gestión de la
información, servicios, procedimientos y trámites puestos a disposición en ella.
b) Creación de la sede electrónica y del sistema de notificaciones de la Entidad, por
resolución de la persona titular de la Presidencia de la EPE Adif-Alta Velocidad, mediante
enlace a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
c) Creación del registro electrónico de la EPE Adif-Alta Velocidad, por resolución de
la persona titular de la Presidencia de la EPE Adif-alta Velocidad, mediante enlace a su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
d) Información necesaria para la correcta utilización de la sede, incluyendo su mapa
o información equivalente, con especificación de la estructura de navegación y las
distintas secciones disponibles, así como la relativa a propiedad intelectual, protección
de datos personales y accesibilidad.
e) Relación de sistemas de identificación y firma electrónica que sean admitidos o
utilizados en la misma.
f) Normativa reguladora del Registro al que se acceda a través de la sede
electrónica.
g) Fecha y hora oficial, así como el calendario de días inhábiles a los efectos del
cómputo de plazos aplicables.
h) Información acerca de cualquier incidencia técnica que acontezca e imposibilite
el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, así como de la
ampliación del plazo no vencido que, en su caso, se haya acordado debido a dicha
circunstancia.
i) Relación actualizada de los servicios, procedimientos y trámites disponibles.
j) Relación actualizada de las actuaciones administrativas automatizadas
vinculadas a los servicios, procedimientos y trámites incluidos en la sede, incluyéndose
la descripción de su diseño y funcionamiento, los mecanismos de rendición de cuentas y
transparencia, así como los datos utilizados en su configuración y aprendizaje.
k) Cualquier información o servicio que Adif-Alta Velocidad considere de interés o
necesidad.

a) Acceso a los servicios y trámites disponibles en la sede electrónica, con
indicación de los plazos máximos de duración de los procedimientos, excluyendo las
posibles ampliaciones o suspensiones que, en su caso, pudieran acordarse.
b) Enlace para la formulación de sugerencias y quejas.
c) Mecanismos de comunicación y procedimiento de reclamación establecidos al
respecto de los requisitos de accesibilidad de los sitios web y aplicaciones móviles del
sector público.
d) Verificación de los certificados de la sede electrónica.
e) Verificación de los sellos electrónicos de la sede electrónica.
f) Comprobación de la autenticidad e integridad de los documentos emitidos y
comprendidos en el ámbito de la sede electrónica, que hayan sido firmados por
cualquiera de los sistemas de firma conformes a la Ley 40/2015, 1 de octubre, y para los
cuales se haya generado un código seguro de verificación.
g) Acceso a los modelos, y sistemas de presentación masiva, de uso voluntario,
que permitan a los interesados presentar simultáneamente varias solicitudes en la sede
electrónica.

cve: BOE-A-2021-20814
Verificable en https://www.boe.es

2. Los servicios a disposición de las personas interesadas que ha de incluir la sede
electrónica son: