III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2021-20867)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Fundación Escuela de Organización Industrial, F.S.P., para la realización del curso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301
Viernes 17 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 155103
iii) Aprobar, conjuntamente con EOI la propuesta técnica que defina los términos en
los que se desarrollará la Actividad de Formación.
3.2
Actuaciones de EOI.
EOI se compromete a:
i) Diseñar y aprobar, conjuntamente con el Ministerio de Industria, Comercio y
Turismo, la propuesta técnica que defina los términos en los que se desarrollará la
colaboración en la Actividad de Formación.
ii) Poner a disposición salas y demás instalaciones, así como medios materiales y
personales necesarios para el desarrollo material de las sesiones de las Actividades de
Formación que tengan lugar en la sede de EOI.
iii) Realizar la dirección y coordinación académica entre cuyas tareas, se
encuentran: diseño de la Actividad de Formación y metodología (módulos, sesiones,
mesas redondas, actividades complementarias, etc.); selección de ponentes y
coordinación de sus participaciones; seguimiento de las actividades durante su
desarrollo; diseño de las encuestas finales de satisfacción; evaluación del resultado de la
actividad; control de inscripciones y asistencias al curso.
iv) Llevar a cabo la gestión académica de la Actividad de Formación, entre cuyas
tareas se encuentran: ejecución y asistencia diaria a alumno y colaboradores docentes;
control de aulas; recepción y tramitación de toda la documentación necesaria y
organización del recurso on-line de materiales; aplicación de encuestas de evaluación;
elaboración, en su caso, de certificados/diplomas de aprovechamiento; organización de
la logística de desplazamientos previstos durante las actividades y visitas.
v) Gestionar la docencia de la Actividad de Formación. Aportación de los
colaboradores docentes encargados de participar en las distintas jornadas a lo largo de
las cuales se desarrolle la Actividad de Formación y efectuar la gestión del pago de sus
servicios docentes prestados.
vi) Gastos de funcionamiento. Proporcionar los servicios o suministros necesarios
para el funcionamiento de la Actividad de Formación entre los que se contemplan:
desplazamientos durante la actividad, materiales, plataforma on-line, etc.
vii) Efectuar, en su caso, y conforme a la normativa en vigor, las contrataciones
necesarias para la ejecución de las actividades previstas en el presente Convenio.
viii) Presentar una Memoria económica justificativa del gasto realizado para, en
base a la misma, realizar el pago.
1. El presupuesto total de las actividades previstas para el desarrollo del convenio
asciende a un máximo de cuarenta mil setecientos setenta y cuatro euros (40.774,00 €).
2. El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo en su calidad de responsable de la
formación de los destinatarios de la Actividad de Formación contemplada en el presente
Convenio, se compromete a aportar un máximo de treinta y siete mil cuatrocientos
noventa y cuatro euros (37.494,00 €), exento de IVA, por la referida actividad de
formación.
La
financiación
se
realizará
con
cargo
a
la
aplicación
presupuestaria 20.01.421M.162.00. Esta aportación para la Actividad de Formación
realizada al amparo de este Convenio será realizada por el Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo a EOI en las anualidades correspondientes previa presentación de
una memoria económica justificativa del gasto realizado en cada una de ellas.
3. EOI, como responsable del diseño y organización de la Actividad de Formación,
se compromete a aportar todo su conocimiento y experiencia en su organización y a
realizar una aportación en especie, cuantificable económicamente en un máximo de tres
mil doscientos ochenta euros (3.280,00 €), exento de IVA, para llevar a cabo las
actividades previstas en el apartado 3.2 de la cláusula tercera del presente Convenio.
cve: BOE-A-2021-20867
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta. Financiación.
Núm. 301
Viernes 17 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 155103
iii) Aprobar, conjuntamente con EOI la propuesta técnica que defina los términos en
los que se desarrollará la Actividad de Formación.
3.2
Actuaciones de EOI.
EOI se compromete a:
i) Diseñar y aprobar, conjuntamente con el Ministerio de Industria, Comercio y
Turismo, la propuesta técnica que defina los términos en los que se desarrollará la
colaboración en la Actividad de Formación.
ii) Poner a disposición salas y demás instalaciones, así como medios materiales y
personales necesarios para el desarrollo material de las sesiones de las Actividades de
Formación que tengan lugar en la sede de EOI.
iii) Realizar la dirección y coordinación académica entre cuyas tareas, se
encuentran: diseño de la Actividad de Formación y metodología (módulos, sesiones,
mesas redondas, actividades complementarias, etc.); selección de ponentes y
coordinación de sus participaciones; seguimiento de las actividades durante su
desarrollo; diseño de las encuestas finales de satisfacción; evaluación del resultado de la
actividad; control de inscripciones y asistencias al curso.
iv) Llevar a cabo la gestión académica de la Actividad de Formación, entre cuyas
tareas se encuentran: ejecución y asistencia diaria a alumno y colaboradores docentes;
control de aulas; recepción y tramitación de toda la documentación necesaria y
organización del recurso on-line de materiales; aplicación de encuestas de evaluación;
elaboración, en su caso, de certificados/diplomas de aprovechamiento; organización de
la logística de desplazamientos previstos durante las actividades y visitas.
v) Gestionar la docencia de la Actividad de Formación. Aportación de los
colaboradores docentes encargados de participar en las distintas jornadas a lo largo de
las cuales se desarrolle la Actividad de Formación y efectuar la gestión del pago de sus
servicios docentes prestados.
vi) Gastos de funcionamiento. Proporcionar los servicios o suministros necesarios
para el funcionamiento de la Actividad de Formación entre los que se contemplan:
desplazamientos durante la actividad, materiales, plataforma on-line, etc.
vii) Efectuar, en su caso, y conforme a la normativa en vigor, las contrataciones
necesarias para la ejecución de las actividades previstas en el presente Convenio.
viii) Presentar una Memoria económica justificativa del gasto realizado para, en
base a la misma, realizar el pago.
1. El presupuesto total de las actividades previstas para el desarrollo del convenio
asciende a un máximo de cuarenta mil setecientos setenta y cuatro euros (40.774,00 €).
2. El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo en su calidad de responsable de la
formación de los destinatarios de la Actividad de Formación contemplada en el presente
Convenio, se compromete a aportar un máximo de treinta y siete mil cuatrocientos
noventa y cuatro euros (37.494,00 €), exento de IVA, por la referida actividad de
formación.
La
financiación
se
realizará
con
cargo
a
la
aplicación
presupuestaria 20.01.421M.162.00. Esta aportación para la Actividad de Formación
realizada al amparo de este Convenio será realizada por el Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo a EOI en las anualidades correspondientes previa presentación de
una memoria económica justificativa del gasto realizado en cada una de ellas.
3. EOI, como responsable del diseño y organización de la Actividad de Formación,
se compromete a aportar todo su conocimiento y experiencia en su organización y a
realizar una aportación en especie, cuantificable económicamente en un máximo de tres
mil doscientos ochenta euros (3.280,00 €), exento de IVA, para llevar a cabo las
actividades previstas en el apartado 3.2 de la cláusula tercera del presente Convenio.
cve: BOE-A-2021-20867
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta. Financiación.