III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Carreteras. (BOE-A-2021-20865)
Real Decreto 1094/2021, de 7 de diciembre, sobre cambio de titularidad de un tramo de la carretera del Estado N-630A a favor de la Junta de Extremadura, y consiguiente modificación de la Red de Carreteras del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301

Viernes 17 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 155083

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
20865

Real Decreto 1094/2021, de 7 de diciembre, sobre cambio de titularidad de
un tramo de la carretera del Estado N-630A a favor de la Junta de
Extremadura, y consiguiente modificación de la Red de Carreteras del
Estado.

La Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, en su artículo 4.8, dispone que
la Red de Carreteras del Estado podrá modificarse mediante real decreto a propuesta del
Ministro de Fomento, por cambio de titularidad de carreteras existentes en virtud de
acuerdo mutuo con otras administraciones públicas.
El procedimiento para tramitar dicho cambio de titularidad se regula por el artículo 12
del Reglamento General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de
septiembre, que exige la incoación y tramitación del correspondiente expediente, que,
junto con el Acuerdo de las administraciones interesadas, se elevará por el Ministro de
Fomento al Gobierno para su aprobación por real decreto y consiguiente modificación de
la Red de Carreteras del Estado.
El 25 de octubre de 2021 el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y
la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura firmaron
un Acuerdo sobre el cambio de titularidad del siguiente tramo de carretera perteneciente
a la Red de Carreteras del Estado:
– La carretera N-630A, desde el p.k. 472+395 al p.k. 474+385, que recibe la
denominación de avenida de España y avenida de Martín Palomino, incluidos sus
elementos auxiliares y equipamientos, así como los terrenos de viario público asociados.
El cambio de titularidad no conlleva transferencia de capital alguno, no generándose
obligaciones económicas o gasto para la Administración General del Estado.
El Acuerdo dispone que el cambio de titularidad del citado tramo se elevará al Gobierno
para su aprobación por real decreto y consiguiente modificación de la Red de Carreteras del
Estado y se someterá, igualmente, a la aprobación de la Junta de Extremadura, que llevará
a cabo las gestiones necesarias para la aprobación de las modificaciones necesarias en su
Inventario de Bienes para incluir en su red el tramo cedido.
El tramo de carretera en cuestión pertenece en la actualidad a la Red de Carreteras
del Estado, y tras el cambio de titularidad pasará, a ser competencia de la Junta de
Extremadura.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y
previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de diciembre de 2021,

Artículo 1.

Modificación de la Red de Carreteras del Estado.

Conforme al artículo 4.8 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, y en
virtud del Acuerdo de 25 de octubre de 2021 anexo a este real decreto, entre el
Ministerio de Transportes Movilidad y Agenda Urbana y la Junta de Extremadura, sobre
cambio de titularidad de un tramo de la carretera N-630A, a favor de la Junta de
Extremadura, queda excluido el tramo definido a continuación del catálogo de la Red de
Carreteras del Estado, para su cesión a la Junta de Extremadura y su inclusión en el
Catálogo de Carreteras de la Junta de Extremadura.

cve: BOE-A-2021-20865
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