III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Carreteras. (BOE-A-2021-20876)
Decreto 133/2021, de 24 de noviembre, por el que se acuerda el cambio de titularidad de un tramo de la carretera N-630A, titularidad del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a favor de la Junta de Extremadura y la consiguiente modificación del catálogo de carreteras de Extremadura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 17 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 155175
Gobierno para su aprobación por Decreto y, de resultar necesario, llevar a cabo la
consiguiente modificación de la Red de Carreteras de Extremadura.
El cambio de titularidad del tramo de carretera objeto del acuerdo será efectivo a
partir de la formalización del acta de entrega correspondiente, que se suscribirá en un
plazo máximo de quince días, a contar desde la entrada en vigor de las disposiciones,
estatal y autonómica, por las que se apruebe dicha cesión.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda, y
previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 24 de noviembre
de 2021, dispongo:
Artículo 1. Cambio de titularidad.
En virtud del Acuerdo de 25 de octubre de 2021, entre la Ministra de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana y la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda de la
Junta de Extremadura, se aprueba el cambio de titularidad de un tramo de la carretera
Nacional N-630A a favor de la Junta de Extremadura, entre el pk 472+395 (intersección
con la avda. del Ambroz) y el pk 474+385 (intersección en glorieta con la N-630, excluida
dicha glorieta), que recibe sucesivamente la denominación de final de la avenida de
España y avenida de Martín Palomino, ambas de la ciudad de Plasencia.
El tramo de la carretera Nacional N-630A comprendido entre el pk 472+395 y el
pk 474+385 pasa a ser titularidad de la Junta de Extremadura, que deberá llevar a cabo
las gestiones precisas para inscribir el mismo en el Registro de la Propiedad
correspondiente, así como aquellas que sean necesarias para integrarla dentro de la
planificación de la Red de Carreteras de la Junta de Extremadura e incorporarlo a su
Catálogo de Carreteras.
Artículo 2. Modificación del Catálogo de Carreteras de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Conforme al artículo 5.2 de la Ley 7/1995, de 27 de abril, de Carreteras de
Extremadura, y en virtud del Acuerdo de 25 de octubre de 2021, entre el Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y la Consejera de Movilidad, Transporte y
Vivienda, sobre el cambio de titularidad de un tramo de la carretera Nacional N-630A a
favor de la Junta de Extremadura, entre el pk 472+395 y el pk 474+385, queda
incorporado el tramo referido al catálogo de Carreteras de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Artículo 3. Formalización del cambio de titularidad.
El cambio de titularidad se formalizará mediante Acta de entrega y recepción,
suscrita por el Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura, en
representación del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y el Director
General de Movilidad e Infraestructuras Viarias, en representación de la Consejería de
Movilidad, Transporte y Vivienda, de acuerdo con lo previsto en el Acuerdo de 25 de
octubre de 2021.
En el Acta de entrega y recepción se determinarán con precisión los límites de los
tramos afectados y de los bienes anejos a éstos de conformidad con lo establecido en el
artículo 12.3 del Reglamento General de Carreteras.
El cambio de titularidad será efectivo a partir de la formalización del Acta de entrega
y recepción correspondiente, que se suscribirá en un plazo máximo de quince días, a
contar desde la entrada en vigor de la normativa estatal y autonómica, por las que se
apruebe el cambio de titularidad.
Disposición transitoria única.
Régimen transitorio de competencias.
En tanto no se formalice el cambio de titularidad, mediante la suscripción del Acta de
entrega y recepción, la Comunidad Autónoma de Extremadura no ostentará competencia
cve: BOE-A-2021-20876
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 301
Viernes 17 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 155175
Gobierno para su aprobación por Decreto y, de resultar necesario, llevar a cabo la
consiguiente modificación de la Red de Carreteras de Extremadura.
El cambio de titularidad del tramo de carretera objeto del acuerdo será efectivo a
partir de la formalización del acta de entrega correspondiente, que se suscribirá en un
plazo máximo de quince días, a contar desde la entrada en vigor de las disposiciones,
estatal y autonómica, por las que se apruebe dicha cesión.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda, y
previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 24 de noviembre
de 2021, dispongo:
Artículo 1. Cambio de titularidad.
En virtud del Acuerdo de 25 de octubre de 2021, entre la Ministra de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana y la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda de la
Junta de Extremadura, se aprueba el cambio de titularidad de un tramo de la carretera
Nacional N-630A a favor de la Junta de Extremadura, entre el pk 472+395 (intersección
con la avda. del Ambroz) y el pk 474+385 (intersección en glorieta con la N-630, excluida
dicha glorieta), que recibe sucesivamente la denominación de final de la avenida de
España y avenida de Martín Palomino, ambas de la ciudad de Plasencia.
El tramo de la carretera Nacional N-630A comprendido entre el pk 472+395 y el
pk 474+385 pasa a ser titularidad de la Junta de Extremadura, que deberá llevar a cabo
las gestiones precisas para inscribir el mismo en el Registro de la Propiedad
correspondiente, así como aquellas que sean necesarias para integrarla dentro de la
planificación de la Red de Carreteras de la Junta de Extremadura e incorporarlo a su
Catálogo de Carreteras.
Artículo 2. Modificación del Catálogo de Carreteras de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Conforme al artículo 5.2 de la Ley 7/1995, de 27 de abril, de Carreteras de
Extremadura, y en virtud del Acuerdo de 25 de octubre de 2021, entre el Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y la Consejera de Movilidad, Transporte y
Vivienda, sobre el cambio de titularidad de un tramo de la carretera Nacional N-630A a
favor de la Junta de Extremadura, entre el pk 472+395 y el pk 474+385, queda
incorporado el tramo referido al catálogo de Carreteras de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Artículo 3. Formalización del cambio de titularidad.
El cambio de titularidad se formalizará mediante Acta de entrega y recepción,
suscrita por el Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura, en
representación del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y el Director
General de Movilidad e Infraestructuras Viarias, en representación de la Consejería de
Movilidad, Transporte y Vivienda, de acuerdo con lo previsto en el Acuerdo de 25 de
octubre de 2021.
En el Acta de entrega y recepción se determinarán con precisión los límites de los
tramos afectados y de los bienes anejos a éstos de conformidad con lo establecido en el
artículo 12.3 del Reglamento General de Carreteras.
El cambio de titularidad será efectivo a partir de la formalización del Acta de entrega
y recepción correspondiente, que se suscribirá en un plazo máximo de quince días, a
contar desde la entrada en vigor de la normativa estatal y autonómica, por las que se
apruebe el cambio de titularidad.
Disposición transitoria única.
Régimen transitorio de competencias.
En tanto no se formalice el cambio de titularidad, mediante la suscripción del Acta de
entrega y recepción, la Comunidad Autónoma de Extremadura no ostentará competencia
cve: BOE-A-2021-20876
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Núm. 301