III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-20791)
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la gestión de las becas de los niveles postobligatorios no universitarios y de las ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo, correspondientes a los cursos 2021-2022 y 2022-2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300
Jueves 16 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 154474
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
20791
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por
la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Andalucía,
para la gestión de las becas de los niveles postobligatorios no universitarios y
de las ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo,
correspondientes a los cursos 2021-2022 y 2022-2023.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Comunidad Autónoma de
Andalucía, han suscrito, con fecha 1 de diciembre de 2021, un Convenio para la gestión
de las becas de los niveles postobligatorios no universitarios y de las ayudas para
alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo, correspondientes a los
cursos 2021-2022 y 2022-2023, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
Convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 2 de diciembre de 2021.–El Secretario General Técnico, Liborio López
García.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la
Comunidad Autónoma de Andalucía, para la gestión de las becas de los niveles
postobligatorios no universitarios y de las ayudas para alumnos con NEAE
correspondientes a los cursos 2021-2022 y 2022-2023
REUNIDOS
De una parte, doña María del Pilar Alegría Continente, Ministra de Educación y
Formación Profesional en virtud del Real Decreto 529/2021, de 10 de julio, y en uso de la
competencia establecida en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del
Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra parte, don Javier Imbroda Ortiz, Consejero de Educación y Deporte de la
Junta de Andalucía, nombrado por Decreto del Presidente 4/2019, de 21 de enero (BOJA
de 22 de enero) y en virtud de las facultades que le confiere el artículo 26 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA n.º
251, de 31 de octubre).
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir
el presente Convenio interadministrativo, y a tal efecto
Primero.
Que el artículo 27 de la Constitución Española establece en sus apartados 1 y 5 que
«Todos tienen el derecho a la educación» y que «Los poderes públicos garantizan el
derecho de todos a la educación mediante una programación general de la enseñanza,
con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros
docentes». Para hacer efectivo este derecho las leyes orgánicas dictadas en desarrollo
del citado artículo contienen regulaciones concretas sobre el sistema de becas o ayudas
cve: BOE-A-2021-20791
Verificable en https://www.boe.es
EXPONEN
Núm. 300
Jueves 16 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 154474
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
20791
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por
la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Andalucía,
para la gestión de las becas de los niveles postobligatorios no universitarios y
de las ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo,
correspondientes a los cursos 2021-2022 y 2022-2023.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Comunidad Autónoma de
Andalucía, han suscrito, con fecha 1 de diciembre de 2021, un Convenio para la gestión
de las becas de los niveles postobligatorios no universitarios y de las ayudas para
alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo, correspondientes a los
cursos 2021-2022 y 2022-2023, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
Convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 2 de diciembre de 2021.–El Secretario General Técnico, Liborio López
García.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la
Comunidad Autónoma de Andalucía, para la gestión de las becas de los niveles
postobligatorios no universitarios y de las ayudas para alumnos con NEAE
correspondientes a los cursos 2021-2022 y 2022-2023
REUNIDOS
De una parte, doña María del Pilar Alegría Continente, Ministra de Educación y
Formación Profesional en virtud del Real Decreto 529/2021, de 10 de julio, y en uso de la
competencia establecida en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del
Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra parte, don Javier Imbroda Ortiz, Consejero de Educación y Deporte de la
Junta de Andalucía, nombrado por Decreto del Presidente 4/2019, de 21 de enero (BOJA
de 22 de enero) y en virtud de las facultades que le confiere el artículo 26 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA n.º
251, de 31 de octubre).
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir
el presente Convenio interadministrativo, y a tal efecto
Primero.
Que el artículo 27 de la Constitución Española establece en sus apartados 1 y 5 que
«Todos tienen el derecho a la educación» y que «Los poderes públicos garantizan el
derecho de todos a la educación mediante una programación general de la enseñanza,
con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros
docentes». Para hacer efectivo este derecho las leyes orgánicas dictadas en desarrollo
del citado artículo contienen regulaciones concretas sobre el sistema de becas o ayudas
cve: BOE-A-2021-20791
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