III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2021-20691)
Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Fundación Amigos del Museo del Prado, para facilitar la adhesión a dicha fundación del personal del Ministerio y entes públicos adscritos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299
Miércoles 15 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 153816
ANEXO II
Operativa para el alta en el Programa de Amigos
Las personas vinculadas con el colectivo que deseen adquirir la condición de Amigos
sobre la base del presente Convenio utilizarán el cauce ordinario establecido por la
Fundación para adquirir tal condición de Amigo.
El personal de los servicios centrales del Ministerio de Hacienda y Función Pública, de
sus organismos autónomos, FNMT, AEAT y personal jubilado (así como sus familiares)
podrán adherirse a la Fundación como Amigos particulares en condiciones ventajosas,
según se recoge en la url/web específica del colectivo www.amigosmuseoprado.org/
colectivos/hacienda
ANEXO III
Tratamiento de los datos personales de aquellas personas que soliciten su alta en
la condición de Amigo de acuerdo con el presente Convenio
cve: BOE-A-2021-20691
Verificable en https://www.boe.es
La FAMP, con relación a las personas que hayan solicitado expresa y directamente a
la FAMP su alta en el Programa de Amigos, ostentará con relación a los datos de
carácter personal facilitados por los propios empleados la condición de Responsable del
Tratamiento, asumiendo desde ese momento los derechos, obligaciones y
responsabilidades propias de dicha función, de acuerdo con la legislación vigente en
materia de protección de datos de carácter personal, especialmente en lo que atañe a
las obligaciones de confidencialidad y de secreto con relación a dichos datos personales
para con el Ministerio de Hacienda y Función Pública.
La finalidad del tratamiento será la gestión de la relación de los Amigos que se den
de alta en el Programa ofertado por la FAMP. Los datos que se utilizarán serán los de
carácter identificativo, para la adecuada gestión administrativa y económica de dicha
relación, previo consentimiento del interesado. Los datos serán tratados mientras dure la
relación de alta del Amigo. No se cederán a terceros con excepción del Museo del
Prado, ni tampoco se llevarán a cabo transferencias internacionales de datos.
En todo caso, los Amigos podrán ejercer los derechos reconocidos en el RGPD y en
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales, pudiendo formular la correspondiente reclamación ante la
Autoridad de Control.
La política de privacidad de la FAMP siempre estará a disposición de cualquier
Amigo que desee su consulta en el siguiente enlace: www.amigosmuseoprado.org.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 299
Miércoles 15 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 153816
ANEXO II
Operativa para el alta en el Programa de Amigos
Las personas vinculadas con el colectivo que deseen adquirir la condición de Amigos
sobre la base del presente Convenio utilizarán el cauce ordinario establecido por la
Fundación para adquirir tal condición de Amigo.
El personal de los servicios centrales del Ministerio de Hacienda y Función Pública, de
sus organismos autónomos, FNMT, AEAT y personal jubilado (así como sus familiares)
podrán adherirse a la Fundación como Amigos particulares en condiciones ventajosas,
según se recoge en la url/web específica del colectivo www.amigosmuseoprado.org/
colectivos/hacienda
ANEXO III
Tratamiento de los datos personales de aquellas personas que soliciten su alta en
la condición de Amigo de acuerdo con el presente Convenio
cve: BOE-A-2021-20691
Verificable en https://www.boe.es
La FAMP, con relación a las personas que hayan solicitado expresa y directamente a
la FAMP su alta en el Programa de Amigos, ostentará con relación a los datos de
carácter personal facilitados por los propios empleados la condición de Responsable del
Tratamiento, asumiendo desde ese momento los derechos, obligaciones y
responsabilidades propias de dicha función, de acuerdo con la legislación vigente en
materia de protección de datos de carácter personal, especialmente en lo que atañe a
las obligaciones de confidencialidad y de secreto con relación a dichos datos personales
para con el Ministerio de Hacienda y Función Pública.
La finalidad del tratamiento será la gestión de la relación de los Amigos que se den
de alta en el Programa ofertado por la FAMP. Los datos que se utilizarán serán los de
carácter identificativo, para la adecuada gestión administrativa y económica de dicha
relación, previo consentimiento del interesado. Los datos serán tratados mientras dure la
relación de alta del Amigo. No se cederán a terceros con excepción del Museo del
Prado, ni tampoco se llevarán a cabo transferencias internacionales de datos.
En todo caso, los Amigos podrán ejercer los derechos reconocidos en el RGPD y en
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales, pudiendo formular la correspondiente reclamación ante la
Autoridad de Control.
La política de privacidad de la FAMP siempre estará a disposición de cualquier
Amigo que desee su consulta en el siguiente enlace: www.amigosmuseoprado.org.
https://www.boe.es
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