III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2021-20706)
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Asociación Española de Movilidad Laboral Internacional, para la promoción y defensa de los intereses generales de los procesos de internacionalización de las empresas españolas.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Miércoles 15 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 153973

A dichos efectos, las Partes están interesadas en colaborar en, entre otros, los
siguientes ámbitos:
1. Puesta en valor de los intereses generales de la internacionalización empresarial
mediante la organización conjunta de actividades de divulgación, monográficas y/o
sectoriales de mutuo interés para las partes.
2. El intercambio de información en materias de interés común. En especial, las
Partes muestran su interés en compartir notas informativas, estudios, encuestas, etc.
que aporten conocimiento y vías de solución a los desafíos que se plantean en el ámbito
del presente Convenio. En este sentido, se comprometen a colaborar activamente para
la mayor difusión y alcance mediático de dichos contenidos.
3. El intercambio de información y la colaboración en iniciativas llevadas a cabo
sobre la temática específica de Movilidad Internacional bajo una perspectiva de género,
atendiendo a las posibles barreras y problemática de la movilidad internacional de
mujeres.
4. El traslado mutuo de las convocatorias de eventos, jornadas, congresos,
simposios y actividades de divulgación realizadas por cada una de las Partes sobre
temáticas relacionadas con los objetivos del presente Convenio e invitar, si procede, a
dichos actos a sus respectivos miembros y/o asociados.
5. La organización de iniciativas conjuntas que respondan al interés general de las
empresas con desplazamientos internacionales de profesionales.
6. La organización conjunta de actividades de divulgación, seminarios, ponencias,
cursos, o cualquier otro instrumento similar que permita dar a conocer la movilidad
internacional en relación con la internacionalización de la empresa española.
7. La divulgación de programas que promuevan la movilidad internacional de
personas, como los programas de Becas, y VIVES, de ICEX, o los que pudieran aprobar
en un futuro cualquiera de las Partes.
8. La colaboración en materia formativa, dentro del objeto del presente Convenio,
dirigida al intercambio de buenas prácticas, información, colaboración con profesionales
y empresas del sector.
Las Partes elaborarán un Plan de trabajo conjunto en el que se incluyan las
actividades previstas a realizar conjuntamente en el marco del Convenio. Este plan
tendrá carácter anual y tendría que ser aprobado en sede de la Comisión de
Seguimiento prevista en el presente Convenio.
Tercera.

Obligaciones de las Partes.

Para la consecución del objeto del Convenio las Partes asumirán las siguientes
obligaciones:
a)

FEEX

i. Determinar las materias que resulten de interés común.
ii. Establecer las actividades objeto de colaboración, la forma más adecuada de
llevarlas a cabo en cada caso, así como en las condiciones que se estimen más
convenientes.
ICEX

i. Determinar las materias que considere de interés común.
ii. Poner en conocimiento de la otra parte el calendario de eventos y programas en
los que es recomendable la colaboración mutua.
c) De forma conjunta,
i. Ambas Partes realizarán el máximo esfuerzo para conseguir la mayor notoriedad
y publicidad del presente Convenio en cuantos anuncios o actos de promoción,

cve: BOE-A-2021-20706
Verificable en https://www.boe.es

b)