III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-20700)
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VI Convenio colectivo para la acuicultura marina nacional.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299
Miércoles 15 de diciembre de 2021
Capítulo IV.
Sec. III. Pág. 153887
Jornada, horario y descansos.
Artículo 14. Jornada laboral.
Artículo 15. Trabajos a turnos.
Artículo 16. Horas extraordinarias.
Artículo 17. Vacaciones.
Capítulo V.
Disposiciones económicas.
Artículo 18.
Artículo 19.
Artículo 20.
Artículo 21.
Artículo 22.
Artículo 23.
Artículo 24.
Artículo 25.
Artículo 26.
Artículo 27.
Artículo 28.
Retribuciones.
Conceptos salariales.
Salario convenio.
Plus especialización.
Plus Variable de producción.
Plus de transporte urbano y de distancia.
Plus por disponibilidad.
Permanencia.
Gratificaciones extraordinarias.
Dietas y locomoción.
Nocturnidad.
Capítulo VI. Seguridad y salud laboral.
Artículo 29. Salud y seguridad laboral.
Artículo 30. Reconocimientos médicos.
Artículo 31. Servicios e higiene.
Artículo 32. Prendas y equipos de trabajo.
Artículo 33. Capacidad disminuida.
Artículo 34. Higiene del personal.
Capítulo VII. Ayudas sociales y complementarias.
Artículo 35.
Artículo 36.
Artículo 37.
Artículo 38.
Artículo 39.
Artículo 40.
Artículo 41.
Artículo 42.
Artículo 43.
Capítulo VIII.
Artículo 44.
Artículo 45.
Seguro de vida e invalidez.
Mejora voluntaria por incapacidad temporal.
Permisos retribuidos.
Permisos no retribuidos.
Personas con cargos sindicales.
Cuota sindical.
Información a los representantes de las personas trabajadoras.
Reuniones en el centro de trabajo.
Comisión paritaria.
Régimen disciplinario.
Faltas y sanciones.
Corrección del absentismo.
Artículo 46. Igualdad de trato y oportunidades.
Artículo 47. Planes de igualdad.
Artículo 48. Concepto de los planes de igualdad.
Artículo 49. Diagnóstico de situación.
Artículo 50. Objetivo de los planes de igualdad.
Artículo 51. Competencias de las empresas y los representantes de las personas
trabajadoras en la elaboración de los planes de igualdad y régimen transitorio.
Artículo 52. Valoración de puestos de trabajo y registros retributivos.
cve: BOE-A-2021-20700
Verificable en https://www.boe.es
Capítulo IX. Igualdad de trato y oportunidades
Núm. 299
Miércoles 15 de diciembre de 2021
Capítulo IV.
Sec. III. Pág. 153887
Jornada, horario y descansos.
Artículo 14. Jornada laboral.
Artículo 15. Trabajos a turnos.
Artículo 16. Horas extraordinarias.
Artículo 17. Vacaciones.
Capítulo V.
Disposiciones económicas.
Artículo 18.
Artículo 19.
Artículo 20.
Artículo 21.
Artículo 22.
Artículo 23.
Artículo 24.
Artículo 25.
Artículo 26.
Artículo 27.
Artículo 28.
Retribuciones.
Conceptos salariales.
Salario convenio.
Plus especialización.
Plus Variable de producción.
Plus de transporte urbano y de distancia.
Plus por disponibilidad.
Permanencia.
Gratificaciones extraordinarias.
Dietas y locomoción.
Nocturnidad.
Capítulo VI. Seguridad y salud laboral.
Artículo 29. Salud y seguridad laboral.
Artículo 30. Reconocimientos médicos.
Artículo 31. Servicios e higiene.
Artículo 32. Prendas y equipos de trabajo.
Artículo 33. Capacidad disminuida.
Artículo 34. Higiene del personal.
Capítulo VII. Ayudas sociales y complementarias.
Artículo 35.
Artículo 36.
Artículo 37.
Artículo 38.
Artículo 39.
Artículo 40.
Artículo 41.
Artículo 42.
Artículo 43.
Capítulo VIII.
Artículo 44.
Artículo 45.
Seguro de vida e invalidez.
Mejora voluntaria por incapacidad temporal.
Permisos retribuidos.
Permisos no retribuidos.
Personas con cargos sindicales.
Cuota sindical.
Información a los representantes de las personas trabajadoras.
Reuniones en el centro de trabajo.
Comisión paritaria.
Régimen disciplinario.
Faltas y sanciones.
Corrección del absentismo.
Artículo 46. Igualdad de trato y oportunidades.
Artículo 47. Planes de igualdad.
Artículo 48. Concepto de los planes de igualdad.
Artículo 49. Diagnóstico de situación.
Artículo 50. Objetivo de los planes de igualdad.
Artículo 51. Competencias de las empresas y los representantes de las personas
trabajadoras en la elaboración de los planes de igualdad y régimen transitorio.
Artículo 52. Valoración de puestos de trabajo y registros retributivos.
cve: BOE-A-2021-20700
Verificable en https://www.boe.es
Capítulo IX. Igualdad de trato y oportunidades