III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. (BOE-A-2021-20690)
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Administración Pública, por el que se formaliza el criterio de distribución correspondiente a la inversión 3 del componente 11 destinada a la transformación digital y modernización de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para los ejercicios 2021, 2022 y 2023, así como el reparto resultante del crédito asignado en el año 2021 por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 153806

– Aportación de datos para facilitar la oferta de servicios a la ciudadanía a través de
«Mi carpeta ciudadana», con el objetivo de conformar un espacio de datos eficiente y
eficaz para la ciudadanía y las empresas.
– Integración de información en las plataformas comunes de gestión de contratación
pública electrónica y de subvenciones que se indiquen.
– No se financiarán actuaciones que nos sean acordes al principio DNSH.
– Las entidades beneficiarias deberán contribuir al objetivo de autonomía estratégica
y digital de la Unión Europea, así como garantizar la seguridad de la cadena de
suministro teniendo en cuenta el contexto internacional y la disponibilidad de cualquier
componente o subsistema tecnológico sensible que pueda formar parte de la solución,
mediante la adquisición de equipos, componentes, integraciones de sistemas y software
asociado a proveedores ubicados en la Unión Europea.
– En materia de empleo, los beneficiarios estarán obligados a crear en España todo
el empleo necesario para la realización de la actividad, que se realizará con personal
contratado y afiliado a la Seguridad Social en el territorio nacional. El cumplimiento de
este requisito tendrá que justificarse documentalmente.
d) Los proyectos a realizar por cada comunidad autónoma y por las ciudades de
Ceuta y Melilla que vayan a ser financiados con las transferencias recibidas deberán
quedar claramente identificados y descritos en el sistema integrado para la gestión y la
notificación de los hitos y objetivos con el fin de cumplir los requisitos específicos de
gestión y presentación de informes descritos en el PRTR, que desarrollará la autoridad
responsable del PRTR, con arreglo a lo previsto en el artículo 22 del Reglamento (UE)
2021/241.
e) Para asegurar un adecuado seguimiento de los proyectos, las comunidades
autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla deberán proporcionar a través del sistema
identificado en la letra anterior la información relativa a los diferentes proyectos de
inversión que se propongan financiar en cada ejercicio con cargo a los fondos a los que
se refiere el presente acuerdo.
f) A fin de cumplir con los Hitos y Objetivos e Indicadores adicionales del Anexo de
la Decisión de la Comisión por la que se aprueban los acuerdos operativos entre la
Comisión y España en virtud del Reglamento (UE) 2021/241 de 29 de octubre de 2021,
C(2021) 7903 final, a lo largo del periodo 2021-2026, cada comunidad autónoma y las
ciudades de Ceuta y Melilla deberán:
1.º Completar la ejecución de, al menos, un proyecto en alguna de las líneas
estratégicas antes del 31 de diciembre de 2023.
2.º Publicar en el «Diario Oficial de la Unión Europea», en la Plataforma de
Contratación del Sector Público o en servicios autonómicos de información similares, la
adjudicación de contratos en alguna o algunas de las actuaciones financiables de las
seis líneas estratégicas identificadas en el apartado sexto b) del presente acuerdo antes
del término de cada ejercicio, de forma que, antes del 30 de junio de 2025, se haya
adjudicado el importe total de la cuantía transferida en cada uno de los ejercicios con
arreglo a lo dispuesto en el presente acuerdo.
3.º Certificar, por parte de la autoridad competente, la recepción o conformidad del
objeto de los contratos adjudicados correspondientes a los proyectos financiados con
cargo a los fondos objeto de distribución en el presente acuerdo, de forma que, antes de
finalizar el 30 de junio de 2026, pueda justificarse que todos los proyectos financiados
con cargo a los fondos transferidos han sido ejecutados y están plenamente operativos.
4.º Certificar, por parte de la autoridad competente, la recepción o conformidad del
objeto de los contratos adjudicados correspondientes a los proyectos financiados con
cargo a los fondos objeto de distribución en el presente acuerdo, de forma que, antes de
finalizar el 30 de junio de 2026, pueda justificarse que todos los proyectos financiados
con cargo a los fondos transferidos han sido ejecutados y están plenamente operativos.

cve: BOE-A-2021-20690
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 299