I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Subvenciones. (BOE-A-2021-20635)
Real Decreto 1104/2021, de 14 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Córdoba para la financiación de las actuaciones necesarias para la exhumación de restos de personas desaparecidas víctimas de la Guerra Civil española y la Dictadura franquista, en las fosas de los cementerios de La Salud y San Rafael de Córdoba.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de diciembre de 2021

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de muestras a la Universidad de Granada para su posterior identificación de los restos hallados
en las fosas de los cementerios de La Salud y San Rafael, en Córdoba.
En el marco del mencionado protocolo, el Ayuntamiento de Córdoba asumirá la
ejecución de las actuaciones correspondientes para llevar a cabo las tareas descritas y
además aportará la cantidad de 400.000 euros. Por su parte, la Consejería de Cultura de
la Junta de Andalucía y la Diputación de Córdoba contribuirán mediante sendas
aportaciones económicas con un importe de 400.000 euros cada una.
Teniendo en cuenta que, según lo dispuesto en artículo 11.1 de la Ley 52/2007, de 26
de diciembre, las actividades que pretenden subvencionarse son propias de las
administraciones públicas, atendiendo a las razones de interés público y social
subyacentes a las mismas, el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y
Memoria Democrática considera adecuado contribuir económicamente a la ejecución de
los trabajos mencionados.
Para ello, dicho Ministerio concederá una subvención al Ayuntamiento de Córdoba
por importe de 125.000 euros, imputándose dicha cantidad a la correspondiente partida
presupuestaria del ejercicio 2021.
Constatada la existencia de suficientes razones de interés público y social que
justifican la concesión de la subvención de forma directa, con arreglo a lo dispuesto en los
artículos 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
este real decreto viene a regular la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento
de Córdoba para la financiación de las actuaciones necesarias para la exhumación de
restos de personas desaparecidas víctimas de la Guerra Civil española y la Dictadura
franquista, en las fosas de los cementerios de La Salud y San Rafael de Córdoba.
Así mismo, el presente real decreto cumple con los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia contenidos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
En cuanto a los principios de necesidad y eficacia, la norma queda plenamente
justificada por una razón de interés general, tal y como se ha expuesto anteriormente,
explicándose de una manera clara y concisa los objetivos perseguidos, tanto en esta
parte expositiva del proyecto, como en la Memoria del Análisis del Impacto Normativo
que le acompaña, siendo, por tanto, el instrumento más adecuado para su consecución.
De acuerdo con el principio de proporcionalidad, se ha optado por una regulación
que recoge las obligaciones propias de las subvenciones de concesión directa con el
detalle suficiente en los mecanismos de seguimiento y control, sin imponer nuevas
obligaciones a los destinatarios.
La seguridad jurídica del real decreto se ve garantizada por la coherencia de su
redacción con la legislación que resulta aplicable y que se detalla en el articulado.
En aplicación del principio de transparencia, se ha definido claramente el alcance y
objetivo de esta norma. Así mismo, la disposición atiende al principio de eficiencia pues
no supone cargas administrativas innecesarias y contribuye a la gestión racional de los
recursos públicos.
En su tramitación, se ha recabado informe de la Abogacía del Estado, así como del
Ministerio de Hacienda y Función Pública, este último de conformidad con el artículo 28.2
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
El presente real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.1.ª de
la Constitución Española, que establece la competencia exclusiva del Estado para dictar la
regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles
en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales.
En su virtud, a propuesta del Ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y
Memoria Democrática, previo informe del Ministerio de Hacienda y Función Pública, y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de diciembre de 2021,

cve: BOE-A-2021-20635
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Núm. 299