I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Poder Judicial. (BOE-A-2021-20629)
Ley Orgánica 10/2021, de 14 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para reconocer el carácter de tribunal consuetudinario y tradicional al Juzgado Privativo de Aguas de Orihuela (Alicante/Alacant) y Pueblos de su Marco y al Tribunal del Comuner del Rollet de Gràcia de l'Horta d'Aldaia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Miércoles 15 de diciembre de 2021

Sec. I. Pág. 153321

de una enmienda del Partido Socialista del País Valencià y aprobada por unanimidad de
la Cámara con el texto siguiente:
«El Pleno de les Corts, en sesión del 5 de marzo de 2014, ha debatido el texto
de la Proposición no de Ley de tramitación especial de urgencia sobre el
reconocimiento del carácter de tribunal consuetudinario al Juzgado Privativo de
Aguas de Orihuela y Pueblos de su Marco, presentada por el Grupo Parlamentario
Popular (RE número 75.788) y la enmienda presentada por el Grupo
Parlamentario Socialista (RE número 80.932).
Finalmente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 162 del Reglamento
de la Cámara, ha aprobado la iniciativa con el texto de la enmienda presentado
por el Grupo Parlamentario Socialista y que queda incorporada al texto
siguiente:
RESOLUCIÓN
1. Les Corts Valencianes reconocen los méritos históricos y el derecho del
Juzgado Privativo de Aguas de Orihuela y Pueblos de su Marco a que se le
conceda el carácter de tribunal consuetudinario.
2. Les Corts instan al Consell de la Generalitat a que se dirija al Gobierno de
la Nación y recabe la presentación de un proyecto de ley de modificación del
artículo 19, apartado 4, de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial, para que en su texto se reconozca el carácter de tribunal consuetudinario
y tradicional del Juzgado Privativo de Aguas de Orihuela y Pueblos de su Marco.
Asimismo, Les Corts instan al Consell de la Generalitat a dirigirse al Gobierno de
España para que inicie los trámites necesarios para la declaración del Juzgado
Privativo de Aguas de Orihuela y Pueblos de su Marco como Patrimonio de la
Humanidad.
3. Igualmente, que Les Corts se dirijan al Congreso de los Diputados y al
Senado del Reino de España instando a apoyar la mencionada modificación de la
Ley Orgánica 6/1985.
4. Que de este acuerdo se dé traslado al Gobierno de la Nación, al Congreso
de los Diputados y al Senado, así como al Juzgado Privativo de Aguas de Orihuela
y Pueblos de su Marco y a los consistorios de Orihuela, Redován, Bigastro,
Jacarilla, Almoradí, Benijófar, Benejúzar, Algorfa, Callosa de Segura y Rafal.»
En la XII Legislatura, y por unanimidad, ya se tomaron en consideración en el
Senado sendas Proposiciones de Ley de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1
de julio, del Poder Judicial, a instancias de Compromís, para reconocer el carácter
consuetudinario y tradicional de estos tribunales.
Artículo único. Modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial.

«5. Se reconoce el carácter de tribunal consuetudinario y tradicional al
denominado Juzgado Privativo de Aguas de Orihuela y Pueblos de su Marco.
6. Se reconoce el carácter de tribunal consuetudinario y tradicional al
denominado Tribunal del Comuner del Rollet de Gràcia de l’Horta d’Aldaia.»

cve: BOE-A-2021-20629
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Se añaden dos nuevos apartados 5 y 6 al artículo 19 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1
de julio, del Poder Judicial, con la siguiente redacción: