III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2021-20615)
Resolución 420/38437/2021, de 3 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Iberdrola, SA, para el desarrollo de actividades de formación, investigación y difusión durante el curso académico 2021-2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298

Martes 14 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 153144

Tercera. Obligaciones de las partes.
Por parte del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional:
– Proponer a la comisión mixta las actividades, acciones formativas y proyectos de
enseñanza (AFPE) a desarrollar en el ámbito de este Convenio. Las AFPE deberán
concretarse con información detallada sobre la acción o proyecto (contenido, personal
beneficiario, centro docente de desarrollo, calendario y presupuesto).
– Seleccionar al personal participante en las actividades de formación e
investigación. La selección de los participantes se efectuará dando preferencia a
aquellos cuya actividad se encuentre directamente relacionada con el ejercicio de la
función docente (en este sentido tendrá preferencia el personal destinado en el
CESEDEN).
– En relación con lo anterior, garantizar que los seleccionados desarrollen las
actividades formativas acordadas con diligencia y de forma eficiente (asistencia y
obtención de óptimos resultados), y que las entidades encargadas de impartir las
actividades formativas conozcan los principios éticos y de responsabilidad social
corporativa de Iberdrola y, en particular, el «Código ético del Grupo Iberdrola», disponible
en la web corporativa de Iberdrola (www.iberdrola.com).
– Elaborar, con periodicidad anual, una memoria en la que se evaluarán las
actividades desarrolladas durante cada ejercicio en desarrollo de este Convenio.
– Con carácter general, garantizar el buen fin de las actividades que se desarrollen
al amparo de este Convenio.
Por parte de Iberdrola:
– Colaborar con el CESEDEN en la identificación y determinación de aquellas AFPE
que pudieran ser de mayor interés y utilidad para las partes, de conformidad con lo
estipulado en el Convenio entre el MINISDEF e Iberdrola para el desarrollo de
actividades de formación, investigación y difusión del conocimiento, suscrito el 19 de
noviembre de 2019.
– Proponer a la comisión mixta la celebración de jornadas, seminarios, conferencias
y, en general, cualesquiera otras actividades de formación, investigación y difusión en
aquellos campos de conocimiento que pudieran ser de común interés para las partes.
– Realizar las aportaciones económicas que permitan la ejecución de las AFPE,
según lo establecido en la cláusula cuarta relativa a las obligaciones y compromisos
económicos de este Convenio.
Iberdrola podrá realizar las aportaciones económicas directamente a las entidades
encargadas de impartir las AFPE, o través de una entidad que se encargue de gestionar
la ejecución de las mismas.
En relación con lo anterior, Iberdrola se reserva el derecho a examinar si las
entidades encargadas de impartir las AFPE, o en su caso, la entidad que se encargue de
gestionar su ejecución, cumplen con la cláusula décima del Convenio con Iberdrola, SA,
de 19 de noviembre de 2019.
– Con carácter general, garantizar el buen fin de las actividades que se desarrollen
al amparo de este Convenio.
Financiación.

El MINISDEF no asume obligación o compromiso de carácter económico. Las
actividades que se desarrollen al amparo de este Convenio no implicarán ningún
compromiso financiero ni incremento del gasto público, ya sea en concepto de
dotaciones, retribuciones, gastos de personal o cualquier otro.
Iberdrola realizará una aportación económica no superior a cincuenta mil euros
(50.000 €), más los impuestos aplicables y según el tipo o monto vigente en cada
momento, para aquellas actividades acordadas por la comisión mixta que sean
ejecutadas durante el periodo de vigencia del Convenio.

cve: BOE-A-2021-20615
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.