III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2021-20625)
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para la prestación del servicio telefónico de información, asesoramiento jurídico en materia de violencia de género.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298
Martes 14 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 153291
personal de las víctimas de violencia de género, en todo el territorio nacional, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de
diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, así como de
las previsiones en materia de gratuidad, accesibilidad y confidencialidad de los servicios
telefónicos contempladas en el artículo 24 del Convenio de Estambul. El servicio 016 es
de ámbito estatal, estructura centralizada, gratuito, confidencial y ofrece atención
ininterrumpida: está en funcionamiento las 24 horas del día, los 365 días del año.
Séptimo.
Que en la Conferencia Sectorial de la Mujer celebrada el día 23 de julio de 2007, el
entonces competente Ministerio de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad y las
Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla, acordaron la celebración de
convenios de colaboración como mecanismo para garantizar el derecho a la información
de las mujeres víctimas de violencia de género a través del servicio telefónico de
información y asesoramiento.
Octavo.
Que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tiene competencia en materia
de «Promoción de la mujer», según lo dispuesto en el artículo 10.Uno.20 del Estatuto de
Autonomía para la Región de Murcia, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio
(BOE núm. 146, de 19 de junio de 1982). Esta competencia ha sido desarrollada por la
Ley 7/2007, de 4 de abril, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y de Protección
contra la Violencia de Género en la Región de Murcia, en cuyos artículos 47 y 48 se
reconoce a las mujeres víctimas de violencia de género el derecho a una asistencia
integral.
Para garantizar el derecho a dicha asistencia integral, la Comunidad Autónoma de la
Región de Murcia tiene el Dispositivo de Atención Telefónica Urgente para Mujeres
Víctimas de Violencia de Género y de otras formas de Violencia que se presta a través
del teléfono único de emergencias 112.
Noveno.
Que el 1 de julio de 2013 se suscribió un Convenio de colaboración entre el
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Comunidad Autónoma de la
Región de Murcia para la prestación del servicio telefónico de información y
asesoramiento a mujeres víctimas de violencia de género, Convenio que fue prorrogado
desde el 1 de enero de 2016 a 31 de diciembre de 2020, en virtud de la Adenda de
fecha 30 de diciembre de 2015 y que ha facilitado durante estos años el cumplimiento de
los fines de interés general y social cuya consecución tiene encomendada la
Administración General del Estado, a través de la Delegación del Gobierno contra la
Violencia de Género, del actual Ministerio de Igualdad.
Que, dado el tiempo transcurrido desde el último Convenio suscrito, los avances en
el panorama normativo nacional e internacional y los cambios y las mejoras introducidos
por las partes en la prestación del servicio 016 y en el servicio telefónico autonómico
antes aludidos, determinan la necesidad de formalizar un nuevo Convenio adaptado a
las circunstancias actuales.
Undécimo.
Que, por lo expuesto, procede la suscripción de un nuevo Convenio entre el
Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de
Género y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de
cve: BOE-A-2021-20625
Verificable en https://www.boe.es
Décimo.
Núm. 298
Martes 14 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 153291
personal de las víctimas de violencia de género, en todo el territorio nacional, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de
diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, así como de
las previsiones en materia de gratuidad, accesibilidad y confidencialidad de los servicios
telefónicos contempladas en el artículo 24 del Convenio de Estambul. El servicio 016 es
de ámbito estatal, estructura centralizada, gratuito, confidencial y ofrece atención
ininterrumpida: está en funcionamiento las 24 horas del día, los 365 días del año.
Séptimo.
Que en la Conferencia Sectorial de la Mujer celebrada el día 23 de julio de 2007, el
entonces competente Ministerio de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad y las
Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla, acordaron la celebración de
convenios de colaboración como mecanismo para garantizar el derecho a la información
de las mujeres víctimas de violencia de género a través del servicio telefónico de
información y asesoramiento.
Octavo.
Que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tiene competencia en materia
de «Promoción de la mujer», según lo dispuesto en el artículo 10.Uno.20 del Estatuto de
Autonomía para la Región de Murcia, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio
(BOE núm. 146, de 19 de junio de 1982). Esta competencia ha sido desarrollada por la
Ley 7/2007, de 4 de abril, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y de Protección
contra la Violencia de Género en la Región de Murcia, en cuyos artículos 47 y 48 se
reconoce a las mujeres víctimas de violencia de género el derecho a una asistencia
integral.
Para garantizar el derecho a dicha asistencia integral, la Comunidad Autónoma de la
Región de Murcia tiene el Dispositivo de Atención Telefónica Urgente para Mujeres
Víctimas de Violencia de Género y de otras formas de Violencia que se presta a través
del teléfono único de emergencias 112.
Noveno.
Que el 1 de julio de 2013 se suscribió un Convenio de colaboración entre el
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Comunidad Autónoma de la
Región de Murcia para la prestación del servicio telefónico de información y
asesoramiento a mujeres víctimas de violencia de género, Convenio que fue prorrogado
desde el 1 de enero de 2016 a 31 de diciembre de 2020, en virtud de la Adenda de
fecha 30 de diciembre de 2015 y que ha facilitado durante estos años el cumplimiento de
los fines de interés general y social cuya consecución tiene encomendada la
Administración General del Estado, a través de la Delegación del Gobierno contra la
Violencia de Género, del actual Ministerio de Igualdad.
Que, dado el tiempo transcurrido desde el último Convenio suscrito, los avances en
el panorama normativo nacional e internacional y los cambios y las mejoras introducidos
por las partes en la prestación del servicio 016 y en el servicio telefónico autonómico
antes aludidos, determinan la necesidad de formalizar un nuevo Convenio adaptado a
las circunstancias actuales.
Undécimo.
Que, por lo expuesto, procede la suscripción de un nuevo Convenio entre el
Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de
Género y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de
cve: BOE-A-2021-20625
Verificable en https://www.boe.es
Décimo.