III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-20560)
Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Justicia, el Ministerio del Interior y la Universidad de Alcalá, para el desarrollo de actuaciones en materia forense.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Lunes 13 de diciembre de 2021

2.

Sec. III. Pág. 152888

Compromisos del IUICP (Ministerio del Interior y Universidad de Alcalá):

a) Propondrá la participación de miembros del INTCF en su programa de postgrado
y en los proyectos de investigación científica del IUICP, cuando la considere adecuada y
necesaria por el área de conocimiento o por su relación con el ámbito de actuación del
INTCF, y posibiliten un desarrollo y mejora de conocimientos y procedimientos de
trabajo, utilizados en el desempeño de la labor pericial y forense al servicio de la
Administración de Justicia, respetando en todo caso las cautelas legales que a estos
efectos se establecen en la normativa vigente en materia de incompatibilidades.
b) Propondrá, cuando lo considere adecuado y necesario, la participación de los
facultativos del INTCF para su eventual colaboración como conferenciantes durante
jornadas, seminarios o cursos monográficos, organizados por el IUICP y que versen
sobre materias de interés en el ámbito de la toxicología y las ciencias forenses así como
facilitará su acceso y asistencia, como discentes, a jornadas, seminarios o cursos
monográficos organizados por el IUICP y que sean de igual interés en los ámbitos
mencionados.
Cuarta.

Dependencia del personal.

El personal que participe en la ejecución del presente Convenio seguirá bajo la
dirección y dependencia de la Institución a la que pertenezca, sin que exista modificación
alguna de su relación de servicios.
Quinta. Financiación.
El presente Convenio no conlleva incremento del gasto público y no tendrá aparejada
contraprestación económica para ninguna de las partes.
Sexta. Comisión Mixta de Seguimiento.
Se crea una Comisión de Seguimiento, encargada de velar por el exacto
cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio y resolver los problemas de
interpretación y las incidencias que puedan plantearse en el mismo.
La Comisión de Seguimiento estará integrada por cinco miembros:






Uno propuesto por el INTCF.
Uno propuesto por la Universidad de Alcalá.
Uno propuesto por la Secretaria de Estado de Seguridad.
Uno propuesto por la Comisaría General de Policía Científica.
Uno propuesto por el Servicio de Criminalística de la Guardia Civil.

A esta Comisión de Seguimiento se podrán incorporar, con voz pero sin voto, el
personal asesor que cada parte designe, si lo considera oportuno.
La Comisión se regirá, en cuanto a su funcionamiento, periodicidad de las reuniones
y vinculación de sus acuerdos, por lo dispuesto en el capítulo II del título preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, que regula el funcionamiento de los órganos colegiados.

El presente Convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las
partes, producirá efectos una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal en los términos del artículo 48.8
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del
Estado».
El Convenio tendrá una vigencia de cuatro años y será prorrogable mediante acuerdo
expreso por igual periodo de cuatro años, que deberá formalizarse con un mes de
antelación a la expiración del Convenio.

cve: BOE-A-2021-20560
Verificable en https://www.boe.es

Séptima. Efectos y modificación del Convenio.