III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Convenios. (BOE-A-2021-20569)
Resolución de 7 de diciembre de 2021, del Instituto de las Mujeres, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, por el que se instrumenta la subvención nominativa establecida en los Presupuestos Generales del Estado de 2021 para desarrollar actuaciones en materia de igualdad de género.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297
Lunes 13 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 152937
8. Presentar al Instituto de las Mujeres una Memoria Final y un Informe Económico,
así como la documentación complementaria que se especifica en la cláusula séptima del
presente Convenio.
9. Reembolsar los fondos recibidos, si las actuaciones propias objeto del presente
Convenio no se ejecutan, o reintegrar el importe correspondiente, si los gastos son
inferiores a los que se consideran debidamente justificados, en los términos establecidos
en la Cláusula octava siguiente.
10. Cualquiera otra que sea inherente a la coordinación, gestión y seguimiento del
presente Convenio.
III. Por su parte, el Instituto de las Mujeres se compromete a:
1. Prestar asesoramiento técnico sobre definición, diseño, criterios de calidad,
seguimiento y evaluación de las actuaciones que se pretenden ejecutar en el marco del
presente Convenio relativas al diseño, creación y fortalecimiento de medidas y planes de
fomento de la conciliación y la corresponsabilidad; así como a la puesta en marcha y/o
desarrollo de planes de empleo con perspectiva de género a nivel local.
2. Aportar la información y documentación que pueda ser aconsejable utilizar para
la ejecución de las acciones previstas.
3. Llevar a cabo la comprobación, seguimiento, evaluación y control sobre la
correcta ejecución de las actividades objeto del presente Convenio.
4. Contribuir a la financiación total de los trabajos y actuaciones que se
desarrollarán de acuerdo con lo estipulado en el presente Convenio, mediante el pago a
la Federación Española de Municipios y Provincias de la totalidad de la subvención
nominativa consignada en los Presupuestos del Instituto de las Mujeres para el ejercicio
de 2021, por una cuantía de 300.000,00 euros, sin exigir la constitución de garantía.
Cuarta.
Subcontratación.
La subcontratación con terceros podrá alcanzar el 100 % de la cuantía de la
subvención concedida en cada caso.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.1 de la Ley 38/2003, de 17
noviembre, General de Subvenciones, queda fuera de este concepto la contratación de
aquellos gastos en que tenga que incurrir el beneficiario para la realización por sí mismo
de la actividad subvencionada.
Quinta.
Crédito presupuestario y cuantía de la subvención.
a) 75.000 euros se destinarán a la Federación Española de Municipios y Provincias
para la coordinación, gestión y seguimiento de la convocatoria de ayudas derivada del
Convenio.
b) 225.000 euros se destinarán, por la Federación Española de Municipios y
Provincias, a las entidades a que se refiere la cláusula segunda de este Convenio. La
cuantía recibida por cada entidad dependerá de las modalidades de acceso establecidas
en el apartado 2 del anexo II.
cve: BOE-A-2021-20569
Verificable en https://www.boe.es
1. En la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2021 en la partida presupuestaria 30.101.232B.483 del Instituto de las
Mujeres, Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de Igualdad, figura un crédito
nominativo, por importe de 300.000 euros destinado a la Federación Española de
Municipios y Provincias, para apoyar la igualdad de género en el ámbito local.
2. La cuantía anteriormente indicada se distribuirá según el siguiente desglose:
Núm. 297
Lunes 13 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 152937
8. Presentar al Instituto de las Mujeres una Memoria Final y un Informe Económico,
así como la documentación complementaria que se especifica en la cláusula séptima del
presente Convenio.
9. Reembolsar los fondos recibidos, si las actuaciones propias objeto del presente
Convenio no se ejecutan, o reintegrar el importe correspondiente, si los gastos son
inferiores a los que se consideran debidamente justificados, en los términos establecidos
en la Cláusula octava siguiente.
10. Cualquiera otra que sea inherente a la coordinación, gestión y seguimiento del
presente Convenio.
III. Por su parte, el Instituto de las Mujeres se compromete a:
1. Prestar asesoramiento técnico sobre definición, diseño, criterios de calidad,
seguimiento y evaluación de las actuaciones que se pretenden ejecutar en el marco del
presente Convenio relativas al diseño, creación y fortalecimiento de medidas y planes de
fomento de la conciliación y la corresponsabilidad; así como a la puesta en marcha y/o
desarrollo de planes de empleo con perspectiva de género a nivel local.
2. Aportar la información y documentación que pueda ser aconsejable utilizar para
la ejecución de las acciones previstas.
3. Llevar a cabo la comprobación, seguimiento, evaluación y control sobre la
correcta ejecución de las actividades objeto del presente Convenio.
4. Contribuir a la financiación total de los trabajos y actuaciones que se
desarrollarán de acuerdo con lo estipulado en el presente Convenio, mediante el pago a
la Federación Española de Municipios y Provincias de la totalidad de la subvención
nominativa consignada en los Presupuestos del Instituto de las Mujeres para el ejercicio
de 2021, por una cuantía de 300.000,00 euros, sin exigir la constitución de garantía.
Cuarta.
Subcontratación.
La subcontratación con terceros podrá alcanzar el 100 % de la cuantía de la
subvención concedida en cada caso.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.1 de la Ley 38/2003, de 17
noviembre, General de Subvenciones, queda fuera de este concepto la contratación de
aquellos gastos en que tenga que incurrir el beneficiario para la realización por sí mismo
de la actividad subvencionada.
Quinta.
Crédito presupuestario y cuantía de la subvención.
a) 75.000 euros se destinarán a la Federación Española de Municipios y Provincias
para la coordinación, gestión y seguimiento de la convocatoria de ayudas derivada del
Convenio.
b) 225.000 euros se destinarán, por la Federación Española de Municipios y
Provincias, a las entidades a que se refiere la cláusula segunda de este Convenio. La
cuantía recibida por cada entidad dependerá de las modalidades de acceso establecidas
en el apartado 2 del anexo II.
cve: BOE-A-2021-20569
Verificable en https://www.boe.es
1. En la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2021 en la partida presupuestaria 30.101.232B.483 del Instituto de las
Mujeres, Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de Igualdad, figura un crédito
nominativo, por importe de 300.000 euros destinado a la Federación Española de
Municipios y Provincias, para apoyar la igualdad de género en el ámbito local.
2. La cuantía anteriormente indicada se distribuirá según el siguiente desglose: