III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2021-20553)
Resolución 420/38439/2021, de 3 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Barcelona, para la realización de prácticas académicas externas en el Museo del Ejército.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Lunes 13 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 152842

d) Difundirá, por medio de la Facultad correspondiente, el programa de prácticas
entre los estudiantes y facilitará la presentación del currículum de los interesados para
cada práctica ofertada, así como redactará, de forma conjunta con el Museo, los
respectivos proyectos formativos de prácticas para cada uno de los estudiantes
participantes que realice una estancia en el Museo, conforme al modelo que figura en el
anexo II (Anexo del Estudiante Prácticas académicas externas). En los citados proyectos
formativos de prácticas se consignarán, entre otros, los datos referentes al estudiante,
así como la duración y período de prácticas, junto con los datos identificativos de los
tutores –profesionales y académicos– y las actividades y competencias a desarrollar. En
caso de tratarse de prácticas externas extracurriculares se especificará todo lo anterior
pero conforme al modelo que figura en el anexo III (Anexo del Estudiante Prácticas
académicas externas extracurriculares).
e) Establecerá, para cada facultad de la UB, los sistemas de evaluación de las
prácticas y de los estudiantes que en ellas participen. Una vez obtenidos los resultados,
los pondrá en conocimiento del Museo.
f) Reconocerá la labor desempeñada por el tutor del Museo del Ejército.
Tercera.

Condiciones de ejecución de las prácticas externas.

1. El desarrollo de las prácticas académicas externas estará sujeto al régimen que
se establece en este convenio.
2. Las prácticas, que tendrán un carácter estrictamente formativo, no consistirán en
el ejercicio de funciones públicas reservadas por ley o por normas reglamentarias al
personal funcionario o contratado por la Administración del Estado. En ningún caso
darán derecho al ejercicio de la función pública.
3. Los estudiantes designados para la realización de las prácticas no tendrán
relación laboral alguna con el Museo ni con el Ministerio de Defensa, quedando
excluidos de la legislación laboral vigente.
4. Durante su estancia en prácticas en el Museo, el estudiante se aplicará a las
normas marcadas por su tutor profesional.
5. El estudiante deberá cumplir la normativa relativa a la protección de datos de
carácter personal –Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y resto de normas de desarrollo–, así
como a la seguridad de la información que maneje con motivo de las prácticas que
realice en virtud del presente convenio –Orden Ministerial 76/2006, de 19 de mayo, por la
que se aprueba la política de seguridad de la información del Ministerio de Defensa.
6. Antes de la finalización de cada curso académico, la Comisión Mixta de
Seguimiento contemplada en el presente convenio acordará el número de plazas a
ofertar en el Museo para el curso siguiente.

1. Todos los estudiantes de la UB que estén matriculados en alguna de sus
enseñanzas, estarán cubiertos por un seguro de responsabilidad civil.
2. El Seguro Escolar cubrirá a los menores de 28 años matriculados en las
respectivas Facultades y al corriente de la cuota correspondiente. El ámbito temporal de
cobertura es el año escolar. La UB, a través de la Facultad correspondiente, velará por la
suscripción de la póliza de un seguro de accidentes para los estudiantes mayores de 28
años matriculados, tanto si estas enseñanzas están dirigidas a la consecución de un
título oficial o propio de la UB, como para enseñanzas extracurriculares.
3. El Seguro Escolar protegerá a los estudiantes incluidos en su ámbito de
aplicación, de todas aquellas contingencias expresamente reconocidas, siempre y
cuando los gastos sanitarios ocasionados se produzcan dentro del territorio nacional, de
acuerdo con el principio de territorialidad recogido en la Ley General de la Seguridad
Social.

cve: BOE-A-2021-20553
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta. Seguro escolar y de responsabilidad civil.