III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-20512)
Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social y el Servicio Público de Empleo Estatal, O.A., para establecer el intercambio de información a efecto del reintegro en vía ejecutiva de las prestaciones por desempleo indebidamente percibidas o por responsabilidad empresarial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 296
Sábado 11 de diciembre de 2021
Undécima.
Sec. III. Pág. 152557
Vigencia.
El presente Convenio se perfecciona con el consentimiento de las partes y resultará
eficaz una vez inscrito, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, al que se refiere la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público. Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su
formalización en el Boletín Oficial del Estado. El convenio tendrá una vigencia de cuatro
años, pudiendo acordar los firmantes, antes del vencimiento del plazo, una prórroga
expresa por un período de hasta cuatro años adicionales
cve: BOE-A-2021-20512
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad, las partes implicadas firman el presente documento, en la
fecha indicada en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente
documento la fecha del último firmante.–El Director General de la Tesorería General de
la Seguridad Social, Andrés Harto Martínez.–El Director General del Organismo
Autónomo del Servicio Público de Empleo Estatal, O.A., Gerardo Gutiérrez Ardoy,
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 296
Sábado 11 de diciembre de 2021
Undécima.
Sec. III. Pág. 152557
Vigencia.
El presente Convenio se perfecciona con el consentimiento de las partes y resultará
eficaz una vez inscrito, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, al que se refiere la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público. Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su
formalización en el Boletín Oficial del Estado. El convenio tendrá una vigencia de cuatro
años, pudiendo acordar los firmantes, antes del vencimiento del plazo, una prórroga
expresa por un período de hasta cuatro años adicionales
cve: BOE-A-2021-20512
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad, las partes implicadas firman el presente documento, en la
fecha indicada en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente
documento la fecha del último firmante.–El Director General de la Tesorería General de
la Seguridad Social, Andrés Harto Martínez.–El Director General del Organismo
Autónomo del Servicio Público de Empleo Estatal, O.A., Gerardo Gutiérrez Ardoy,
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X