III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2021-20509)
Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Junta de Castilla y León, sobre integración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en el servicio público de atención de llamadas de urgencia 112.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 296
Sábado 11 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 152539
Séptimo.
A efectos de la prestación de servicios policiales, el Centro de Emergencias 1-1-2 de
Castilla y León se constituye en órgano de recepción de llamadas para su posterior
trasmisión a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que tengan competencia
territorial y funcional para intervenir de conformidad con cuanto se establece en la Ley
Orgánica 2/1986, de 13 de marzo.
Octavo.
Que ambas partes consideran de mutuo interés, para el mejor ejercicio de sus
competencias y funciones, establecer por el presente convenio el aprovechamiento
mutuo de los recursos y experiencia de ambas instituciones.
Noveno.
Que, en virtud de cuanto antecede, con fecha 27 de julio de 2010, la Junta de Castilla
y León y el Ministerio del Interior firmaron un convenio de colaboración en el desempeño
de sus respectivas funciones y competencias.
El mencionado convenio de colaboración se regía por lo dispuesto en sus cláusulas y
en las disposiciones correspondientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, que fue derogada expresamente por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
La Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ministerio del Interior establecen
como objeto del presente convenio la integración telemática de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado en el Centro de Emergencias 1-1-2 de Castilla y León y la
colaboración en las actuaciones para el desempeño de sus respectivas funciones y
competencias.
Para ello se establecerán los procedimientos y métodos que se determinarán a
través de protocolos, con el fin de garantizar una respuesta y atención adecuada a las
llamadas que se reciban en el número telefónico 1-1-2 y asegurar una actuación de las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado de manera rápida y eficaz y, en su caso,
coordinada con los restantes servicios públicos de urgencias.
Segunda.
Compromisos del Ministerio del Interior.
1. Disponer de los dispositivos tecnológicos necesarios para su integración
telemática en la Plataforma Tecnológica del Centro de Emergencias 1-1-2.
2. Utilizar los sistemas telemáticos de la plataforma tecnológica como medio de
comunicación con el Centro de Emergencias 1-1-2 de Castilla y León.
3. Facilitar la información necesaria en el curso de la emergencia para asegurar la
coordinación de los todos los servicios actuantes, hasta el fin de la emergencia.
4. Proporcionar información acerca de la operativa de gestión en la atención de
emergencias, de manera que se facilite la cooperación por el personal de ambas partes.
5. Proponer procedimientos que perfeccionen la colaboración, coordinación y
eficacia de la resolución de las urgencias.
cve: BOE-A-2021-20509
Verificable en https://www.boe.es
El Ministerio del Interior se compromete a:
Núm. 296
Sábado 11 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 152539
Séptimo.
A efectos de la prestación de servicios policiales, el Centro de Emergencias 1-1-2 de
Castilla y León se constituye en órgano de recepción de llamadas para su posterior
trasmisión a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que tengan competencia
territorial y funcional para intervenir de conformidad con cuanto se establece en la Ley
Orgánica 2/1986, de 13 de marzo.
Octavo.
Que ambas partes consideran de mutuo interés, para el mejor ejercicio de sus
competencias y funciones, establecer por el presente convenio el aprovechamiento
mutuo de los recursos y experiencia de ambas instituciones.
Noveno.
Que, en virtud de cuanto antecede, con fecha 27 de julio de 2010, la Junta de Castilla
y León y el Ministerio del Interior firmaron un convenio de colaboración en el desempeño
de sus respectivas funciones y competencias.
El mencionado convenio de colaboración se regía por lo dispuesto en sus cláusulas y
en las disposiciones correspondientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, que fue derogada expresamente por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
La Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ministerio del Interior establecen
como objeto del presente convenio la integración telemática de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado en el Centro de Emergencias 1-1-2 de Castilla y León y la
colaboración en las actuaciones para el desempeño de sus respectivas funciones y
competencias.
Para ello se establecerán los procedimientos y métodos que se determinarán a
través de protocolos, con el fin de garantizar una respuesta y atención adecuada a las
llamadas que se reciban en el número telefónico 1-1-2 y asegurar una actuación de las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado de manera rápida y eficaz y, en su caso,
coordinada con los restantes servicios públicos de urgencias.
Segunda.
Compromisos del Ministerio del Interior.
1. Disponer de los dispositivos tecnológicos necesarios para su integración
telemática en la Plataforma Tecnológica del Centro de Emergencias 1-1-2.
2. Utilizar los sistemas telemáticos de la plataforma tecnológica como medio de
comunicación con el Centro de Emergencias 1-1-2 de Castilla y León.
3. Facilitar la información necesaria en el curso de la emergencia para asegurar la
coordinación de los todos los servicios actuantes, hasta el fin de la emergencia.
4. Proporcionar información acerca de la operativa de gestión en la atención de
emergencias, de manera que se facilite la cooperación por el personal de ambas partes.
5. Proponer procedimientos que perfeccionen la colaboración, coordinación y
eficacia de la resolución de las urgencias.
cve: BOE-A-2021-20509
Verificable en https://www.boe.es
El Ministerio del Interior se compromete a: