III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-20454)
Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio del Interior y Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal, SA, sobre transporte ferroviario de viajeros por cuenta propia del personal de la Guardia Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 152068

Para los trenes AVLO los complementos a la tarifa Básica se abonarán íntegramente
por el viajero, excepto los de selección de asiento y cambio y anulación del billete, a los
que se les aplicará el mismo porcentaje de bonificación que al resto del billete.
En los trenes AVLO no se permite el cambio de titularidad del mismo; para los trenes
AVE Larga Distancia, dependerá de la opción seleccionada por el viajero (en la opción:
Básico y Elige tendría que abonar complemento; y sí es Premium se incluye en el precio).
Con la nueva estructura comercial, en los trenes AVE-Larga Distancia y AVLO, incluidos
en los Servicios Comerciales reflejados en el actual anexo I, apartados A y B, los Títulos de
Transportes serán nominativos e incluirán la identificación del viajero en el mismo.
C) Trenes Media Distancia Convencional, Avant y Cercanías
Renfe Viajeros, en todos los trenes de ámbito nacional, aplicará al personal de la
DGGC con derecho a reducción una bonificación sobre el precio del billete tasado a
Tarifa General o Comercial en los servicios de transporte ferroviarios de viajeros de
Media Distancia Convencional, Media Distancia-Alta Velocidad (Avant) y de Cercanías
incluidos en la Obligación de Servicio Público, según las tarifas y trenes abajo indicados:
C-1) Media Distancia Convencional y Avant: El viajero abonará el 55 % del precio
del billete, siendo el 45 % restante con cargo a la DGGC.
C-2) Trenes de Cercanías y FEVE: El viajero abonará el 35 % del precio del billete,
siendo el 65 % restante con cargo a la DGGC.
Este derecho se refiere a todas las clases de acomodación.
Estas bonificaciones serán aplicables igualmente sobre las ofertas comerciales
reflejadas más abajo, siempre que el personal de la DGGC con derecho a reducción
reúna, además, los requisitos exigidos para la aplicación de cada una de estas ofertas:
1. Ida.
2. Ida y Vuelta.
3. Tarjeta Dorada.
4. Abono Tarjeta Plus.
5. Tarjeta Plus 10 (Excepto Tarjeta Plus 10 Estudiantes).
6. Tarjeta Plus 10-45.
7. Abonos Mensuales de Media Distancia Convencional (excepto Abonos
Mensuales Estudiantes):
– Abono Mensual Regional.
– Tarjeta Mensual 40 Sencilla.
– Tarjeta Mensual 40 Libre.
8. Abono Trimestral en el ámbito de Cataluña.
9. Abono Mensual de Cercanías.
10. Carné Mensual de Ancho Métrico Cercanías (excepto Universitario).
11. Familias Numerosas.
En el caso de los apartados A, B y C, si la persona viajera es portadora del título de
familia numerosa (categoría general o especial) se aplicará en primer lugar la
bonificación aplicable a la condición de Guardia Civil y posteriormente la reducción
correspondiente a familia numerosa.
Igualmente serán incorporadas las ofertas o tarjetas que Renfe Viajeros ponga en
funcionamiento en un futuro para sus clientes; siendo necesario, en todo caso, su
estudio y aprobación por parte de la Comisión Mixta de Seguimiento.
Para la aplicación de la citada bonificación al personal con derecho a reducción, será
preceptivo que el mismo tenga en vigor su correspondiente Tarjeta de Identidad Militar
(TlM) modelo «A» y los Guardias Civiles Alumnos de los Centros Docentes de Formación
de la Guardia Civil la TIM modelo «C», o en su defecto, para ambos, un Certificado

cve: BOE-A-2021-20454
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Núm. 295