III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-20441)
Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican los Acuerdos de modificación, prórroga y revisión salarial para el año 2022 del IV Convenio colectivo del Grupo de empresas Movistar+ (Telefónica Audiovisual Digital, SLU, y Compañía Independiente de Televisión, SL).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295

Viernes 10 de diciembre de 2021

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del vigente Convenio Colectivo hasta el 31 de diciembre de 2022, y por ello, se suscribe
la siguiente,
ACTA DE PRÓRROGA DE CONVENIO COLECTIVO
En el artículo 4 (vigencia y denuncia) del IV Convenio colectivo de Movistar+
(«Boletín Oficial del Estado» de fecha 1 de agosto de 2020) se estipula la posibilidad de
que las partes firmantes acuerden expresamente la prórroga de su contenido hasta el 31
de diciembre de 2022.
Ante tal premisa, y tras las diversas reuniones mantenidas por las partes, en las que
fueron discutidas todas aquellas cuestiones relacionadas con la presente prórroga, las
partes han alcanzado un acuerdo final mediante el cual se formaliza la prórroga y
modificación del IV Convenio colectivo de Movistar+, incluyendo sus disposiciones
transitorias, final y única así como anexos que lo acompañan, hasta el 31 de diciembre
de 2022, llevando a cabo la modificación y/o sustitución de los siguientes artículos y
anexos en los términos que a continuación de enumeran:
Artículo 1. Ámbito territorial.
Como consecuencia de la absorción de Distribuidora de Televisión Digital, S.A. (DTS,
S.A.), por otra sociedad diferente a las sujetas al presente convenio, el contenido del
artículo 1 del IV Convenio colectivo de Movistar+ queda redactado de la siguiente forma:
«Las normas contenidas en el presente Convenio Colectivo serán de
aplicación en todos los centros de trabajo, ya establecidos en el territorio nacional
o que puedan constituirse en el futuro durante el tiempo de su vigencia, de las
siguientes empresas:
– Compañía Independiente de Televisión, S.L. (CIT, S.L.).
– Telefónica Audiovisual Digital, S.L.U. (TAD, S.L.U.).»
Artículo 4.

Vigencia y denuncia.

El contenido del artículo 4 del IV Convenio colectivo de Movistar+ queda redactado
de la siguiente forma:
«El IV Convenio Colectivo entrará en vigor el 01 de enero de 2019 y su
vigencia finalizará el 31 de diciembre de 2022.
La denuncia del presente Convenio se llevará a cabo mediante escrito dirigido
a la otra parte, con una antelación máxima de tres meses y mínima de dos meses
naturales a la fecha de 31 de diciembre de 2022.
En caso de no ser denunciado, se estará a lo expresamente previsto en el
Estatuto de los Trabajadores.»
Artículo 35. Salario base, revisión salarial y cláusula de garantía salarial.

«Año 2022: Para el año 2022 se aplicará un incremento sobre todos los
conceptos salariales del 1% (uno por ciento), a todas aquellas personas incluidas
dentro del ámbito del IV Convenio Colectivo y que estuvieran dadas de alta a
fecha de 1 de enero de 2022.
Paga lineal única: En caso de obtención de un EBITDA positivo en el
ejercicio 2022, en las empresas conjuntamente consideradas, se abonará una

cve: BOE-A-2021-20441
Verificable en https://www.boe.es

Se acuerda la regulación de la revisión salarial para el año 2022, añadiendo un guion
y modificando los dos últimos párrafos relativos a la «Cláusula de Garantía»: