III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-20440)
Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el incremento salarial para los años 2020 y 2021 y las correspondientes tablas salariales del Convenio colectivo de Radio Ecca, Fundación Canaria, para los centros de trabajo situados en territorio peninsular.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295

Viernes 10 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 151945

El incremento del salario para los años 2020 y 2021 se aplicará a partir de la nómina
del mes de noviembre de 2021 sin perjuicio de su publicación en el «Boletín Oficial del
Estado».
En consecuencia, se procede simultáneamente en este acto a la firma de la tabla
salarial correspondiente al año 2020 y de la tabla salarial correspondiente al año 2021,
ambas tituladas como Anexo I, formando ambas parte inseparable de esta acta.
2. La aplicación retroactiva de las tablas salariales acordadas desde el 1 de enero
de 2020.
3. Las diferencias adeudadas a los trabajadores y trabajadoras como consecuencia
de la aplicación retroactiva a fecha 1 de enero de 2020, deberán quedar saldadas en el
plazo de tres meses.
4. Se acuerda por unanimidad modificar la tabla salarial de manera que el salario
del auxiliar administrativo y del responsable directo sobre ejecución de tareas sea
actualizado de forma que se equipare al importe del salario mínimo interprofesional,
desapareciendo por tanto los complementos absorbibles que hasta ahora figuraban en
sus nóminas como complemento hasta llegar al salario mínimo para 2021 o en su
defecto superior si se diese el caso.
5. Autorizar y delegar en amplitud legal precisa, a favor de Doña Amparo Osorio
Roque, directora gerente para que en nombre de esta Comisión, pueda presentar el
texto, acta y demás documentación, así como realizar las gestiones necesarias, ante la
autoridad Laboral, y a Don Alfonso de Celis Navarro de la organización sindical CC.OO.
y Doña Rosa María Santana Segura, para que en nombre de esta Comisión, pueda
presentar el texto, acta y demás documentación, así como realizar las gestiones
necesarias, ante la Autoridad Laboral, al sólo efecto de su presentación telemática,
registro, depósito y publicación posterior en el «Boletín Oficial del Estado».
No existen más asuntos que tratar.
Sin más asuntos que tratar, queda aprobada el acta por el conjunto de las
representaciones y personas asistentes, se procede a firmar el Acta en cuatro
ejemplares de cuatro páginas a una sola cara, más tablas salariales que constan de tres
páginas, quedando habilitado la Secretaría para certificar cuantas copias sean precisas,
levantándose la sesión a las 09:58 horas del día de la fecha.
ANEXO I
Tablas salariales 2020
Confeccionadas para 14 pagas

Salario

Trienio

Nivel I.

Titulado/a Superior/Grados, equivalentes
según la normativa vigente en cada momento.

1.873,63

51,15

Nivel II.

Titulado/a Medio/Grados, equivalentes
según la normativa vigente en cada momento.

1.618,63

38,72

cve: BOE-A-2021-20440
Verificable en https://www.boe.es

Grupo 1: Personal Docente del Sistema Educativo