III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-20440)
Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el incremento salarial para los años 2020 y 2021 y las correspondientes tablas salariales del Convenio colectivo de Radio Ecca, Fundación Canaria, para los centros de trabajo situados en territorio peninsular.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295
Viernes 10 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 151944
Y en virtud de lo expuesto, de conformidad con la convocatoria efectuada para la
presente reunión, el orden del día de la sesión de hoy es el siguiente:
1. Actualización de los salarios previstos en las tablas salariales fijadas en el
anexo I del Convenio Colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria.
2. Ruegos y preguntas.
No existen.
Preside la reunión D. Alfonso de Celis Navarro (CC.OO.) y la secretaría de actas la
asume Dña. Rosa María Santana Segura.
Primero. Actualización de los salarios previstos en las tablas salariales fijadas en el
anexo I del Convenio Colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria.
Se propone por la Dirección la actualización para el año 2020 y 2021 de los salarios
reflejados en las tablas salariales fijadas en el anexo I del Convenio Colectivo de Radio
ECCA, Fundación Canaria, consistente en un incremento salarial del 2% en el año 2020
y un incremento del 0,9% en el año 2021, sobre los salarios que constan en la resolución
de 19 de junio de 2020, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en fecha 03 de julio
de 2020, donde se publican las tablas salariales del año 2019.
La Dirección propone que ese incremento del salario para los años 2020 y 2021 se
aplicarán a partir de la nómina del mes de noviembre de 2021.
Asimismo, propone la aplicación retroactiva de las tablas salariales propuestas desde
el 1 de enero de 2020.
Efectuada la votación respecto a la actualización salarial para los años 2020 y 2021 y
la aplicación retroactiva desde el 1 de enero de 2020, se obtienen los siguientes
resultados:
Por la parte Social:
Tres votos de CC.OO., a favor de dicho planteamiento y 3 votos de FESP-UGT a
favor de dicho planteamiento.
Por la parte de la Dirección:
Tres votos a favor de dicho planteamiento.
De conformidad con la votación realizada, la Comisión Negociadora del citado
Convenio aprueba, por unanimidad, conforme a las normas establecidas en el Estatuto
de los Trabajadores, el incremento salarial expuesto para los años 2020 y 2021 y la
aplicación retroactiva desde el 1 de enero de 2020.
Segundo.
Ruegos y preguntas.
No se han realizado.
ACUERDOS
1. La actualización para los años 2020 y 2021 de los salarios reflejados en las
tablas salariales fijadas en el anexo I del Convenio Colectivo de Radio ECCA, Fundación
Canaria, consistente en un incremento salarial del 2% para el año 2020 y un incremento
del 0,9 % para el año 2021 sobre los salarios que constan en la resolución la resolución
de 19 de junio de 2020, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en fecha 03 de julio
de 2020, donde se publican las tablas salariales del año 2019.
cve: BOE-A-2021-20440
Verificable en https://www.boe.es
Consecuentemente, tras las manifestaciones, votaciones realizadas y siguiendo las
normas legalmente establecidas, la Comisión Negociadora del citado Convenio adopta,
por unanimidad, los siguientes
Núm. 295
Viernes 10 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 151944
Y en virtud de lo expuesto, de conformidad con la convocatoria efectuada para la
presente reunión, el orden del día de la sesión de hoy es el siguiente:
1. Actualización de los salarios previstos en las tablas salariales fijadas en el
anexo I del Convenio Colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria.
2. Ruegos y preguntas.
No existen.
Preside la reunión D. Alfonso de Celis Navarro (CC.OO.) y la secretaría de actas la
asume Dña. Rosa María Santana Segura.
Primero. Actualización de los salarios previstos en las tablas salariales fijadas en el
anexo I del Convenio Colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria.
Se propone por la Dirección la actualización para el año 2020 y 2021 de los salarios
reflejados en las tablas salariales fijadas en el anexo I del Convenio Colectivo de Radio
ECCA, Fundación Canaria, consistente en un incremento salarial del 2% en el año 2020
y un incremento del 0,9% en el año 2021, sobre los salarios que constan en la resolución
de 19 de junio de 2020, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en fecha 03 de julio
de 2020, donde se publican las tablas salariales del año 2019.
La Dirección propone que ese incremento del salario para los años 2020 y 2021 se
aplicarán a partir de la nómina del mes de noviembre de 2021.
Asimismo, propone la aplicación retroactiva de las tablas salariales propuestas desde
el 1 de enero de 2020.
Efectuada la votación respecto a la actualización salarial para los años 2020 y 2021 y
la aplicación retroactiva desde el 1 de enero de 2020, se obtienen los siguientes
resultados:
Por la parte Social:
Tres votos de CC.OO., a favor de dicho planteamiento y 3 votos de FESP-UGT a
favor de dicho planteamiento.
Por la parte de la Dirección:
Tres votos a favor de dicho planteamiento.
De conformidad con la votación realizada, la Comisión Negociadora del citado
Convenio aprueba, por unanimidad, conforme a las normas establecidas en el Estatuto
de los Trabajadores, el incremento salarial expuesto para los años 2020 y 2021 y la
aplicación retroactiva desde el 1 de enero de 2020.
Segundo.
Ruegos y preguntas.
No se han realizado.
ACUERDOS
1. La actualización para los años 2020 y 2021 de los salarios reflejados en las
tablas salariales fijadas en el anexo I del Convenio Colectivo de Radio ECCA, Fundación
Canaria, consistente en un incremento salarial del 2% para el año 2020 y un incremento
del 0,9 % para el año 2021 sobre los salarios que constan en la resolución la resolución
de 19 de junio de 2020, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en fecha 03 de julio
de 2020, donde se publican las tablas salariales del año 2019.
cve: BOE-A-2021-20440
Verificable en https://www.boe.es
Consecuentemente, tras las manifestaciones, votaciones realizadas y siguiendo las
normas legalmente establecidas, la Comisión Negociadora del citado Convenio adopta,
por unanimidad, los siguientes