III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-20461)
Resolución de 1 de diciembre de 2021, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica Adenda al Convenio con la Sociedad Filarmónica de Badajoz, para la organización conjunta del XIII Ciclo de Música Actual de Badajoz y del XXXIX Festival Ibérico de Música de Badajoz.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295
Viernes 10 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 152105
– Contratar y abonar parte del caché más el correspondiente IVA, en su caso,
al grupo Klangforum Wien.
– Hacerse cargo del alojamiento del pianista Juan Carlos Garvayo el día
anterior y el mismo día del concierto.
– Abonar los encargos de composición efectuados a José Ignacio de la Peña
y a Lula Romero.
– Hacerse cargo del importe correspondiente a los gastos de alojamiento de
dos noches de hotel, de los cuatro profesores (a determinar) que impartirán las
conferencias.
– Poner a disposición los diferentes espacios en los que se celebrarán los
conciertos, sus correspondientes ensayos y las actividades pedagógicas. Para
ello, realizará las gestiones necesarias ante quienes ostenten la titularidad de las
salas en las que se vayan a celebrar dichas actividades con el fin de gestionar la
disponibilidad de las mismas.
– Tener cubierta la responsabilidad civil para los días de celebración de los
conciertos, ensayos y programas docentes.
– Hacerse cargo de la producción y de sus correspondientes gastos, así como
de los gastos de comunicación y difusión de todos los conciertos.
– Hacerse cargo del alquiler y afinación de todos los instrumentos necesarios
para cualquiera de los conciertos.
– Hacerse cargo del alquiler y afinación de un piano gran cola Steinway de
última generación para el concierto de Pierre Laurent Aimard.
– Hacerse cargo del personal necesario de las salas para el buen
funcionamiento de los conciertos.
– Hacerse cargo de la impresión del avance del ciclo así como de los
programas de mano de todos los conciertos, carteles, hojas volanderas y lonas.
– Aportar toda la electrónica necesaria para los conciertos que la requieran.
– Difundir los conciertos por sus medios habituales.
– Abonar, en su caso, los derechos de autor a la SGAE.
La estimación económica de la participación de la Sociedad se cuantifica en un
máximo de veinticinco mil euros (25.000,00 €), IVA incluido.
Los compromisos de financiación obligan a cada parte a asumir los gastos
derivados de su propia actividad, hasta el límite máximo de gasto que en esta
cláusula se establece.»
Tercera.
Modificación de la cláusula cuarta del convenio.
Las partes acuerdan que, como consecuencia de la modificación del grupo
«Ensemble this. Ensemble that» por el grupo «Clammy Ensemble», la entrada a dicho
concierto tendrá carácter gratuito, quedando la cláusula cuarta queda redactada como
sigue:
«Cuarta.
Precios de las localidades.
Cuarta.
Modificación de la cláusula novena del convenio.
Las partes acuerdan que, en consecuencia con los cambios anteriores no se
efectuará distribución de ingresos, quedando la cláusula novena redactada como sigue:
«Novena.
Extinción y consecuencias en caso de incumplimiento.
El presente convenio podrá extinguirse por cumplimiento o por resolución.
cve: BOE-A-2021-20461
Verificable en https://www.boe.es
Los conciertos tienen carácter gratuito y entrada libre hasta completar el
aforo.»
Núm. 295
Viernes 10 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 152105
– Contratar y abonar parte del caché más el correspondiente IVA, en su caso,
al grupo Klangforum Wien.
– Hacerse cargo del alojamiento del pianista Juan Carlos Garvayo el día
anterior y el mismo día del concierto.
– Abonar los encargos de composición efectuados a José Ignacio de la Peña
y a Lula Romero.
– Hacerse cargo del importe correspondiente a los gastos de alojamiento de
dos noches de hotel, de los cuatro profesores (a determinar) que impartirán las
conferencias.
– Poner a disposición los diferentes espacios en los que se celebrarán los
conciertos, sus correspondientes ensayos y las actividades pedagógicas. Para
ello, realizará las gestiones necesarias ante quienes ostenten la titularidad de las
salas en las que se vayan a celebrar dichas actividades con el fin de gestionar la
disponibilidad de las mismas.
– Tener cubierta la responsabilidad civil para los días de celebración de los
conciertos, ensayos y programas docentes.
– Hacerse cargo de la producción y de sus correspondientes gastos, así como
de los gastos de comunicación y difusión de todos los conciertos.
– Hacerse cargo del alquiler y afinación de todos los instrumentos necesarios
para cualquiera de los conciertos.
– Hacerse cargo del alquiler y afinación de un piano gran cola Steinway de
última generación para el concierto de Pierre Laurent Aimard.
– Hacerse cargo del personal necesario de las salas para el buen
funcionamiento de los conciertos.
– Hacerse cargo de la impresión del avance del ciclo así como de los
programas de mano de todos los conciertos, carteles, hojas volanderas y lonas.
– Aportar toda la electrónica necesaria para los conciertos que la requieran.
– Difundir los conciertos por sus medios habituales.
– Abonar, en su caso, los derechos de autor a la SGAE.
La estimación económica de la participación de la Sociedad se cuantifica en un
máximo de veinticinco mil euros (25.000,00 €), IVA incluido.
Los compromisos de financiación obligan a cada parte a asumir los gastos
derivados de su propia actividad, hasta el límite máximo de gasto que en esta
cláusula se establece.»
Tercera.
Modificación de la cláusula cuarta del convenio.
Las partes acuerdan que, como consecuencia de la modificación del grupo
«Ensemble this. Ensemble that» por el grupo «Clammy Ensemble», la entrada a dicho
concierto tendrá carácter gratuito, quedando la cláusula cuarta queda redactada como
sigue:
«Cuarta.
Precios de las localidades.
Cuarta.
Modificación de la cláusula novena del convenio.
Las partes acuerdan que, en consecuencia con los cambios anteriores no se
efectuará distribución de ingresos, quedando la cláusula novena redactada como sigue:
«Novena.
Extinción y consecuencias en caso de incumplimiento.
El presente convenio podrá extinguirse por cumplimiento o por resolución.
cve: BOE-A-2021-20461
Verificable en https://www.boe.es
Los conciertos tienen carácter gratuito y entrada libre hasta completar el
aforo.»