III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Instituto Social de las Fuerzas Armadas. Prestaciones. (BOE-A-2021-20423)
Instrucción 4B1/01/2021, de 1 de diciembre, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por la que se modifica la Instrucción 4B0/19065/2010, de 15 de diciembre, por la que se regulan las prestaciones sociales del ISFAS.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295

Viernes 10 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 151861

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE DEFENSA
20423

Instrucción 4B1/01/2021, de 1 de diciembre, del Instituto Social de las
Fuerzas Armadas, por la que se modifica la Instrucción 4B0/19065/2010, de
15 de diciembre, por la que se regulan las prestaciones sociales del ISFAS.

Los artículos 26 y 27 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de las
Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2000, de 9 de junio, y en su
desarrollo los artículos 104 y 106 del Reglamento General de la Seguridad Social de las
Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre, definen el
ámbito de protección que el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) dispensa en
materia de asistencia social y los diversos estados y situaciones de necesidad que
pueden ser objeto de cobertura, atribuyendo a los órganos competentes de este
Régimen especial la competencia para determinar las normas de desarrollo y los
supuestos concretos que podrán ser objeto de protección, así como las condiciones y
requisitos para la concesión de las correspondientes ayudas, que tendrán como límite los
créditos que a tal efecto, se asignen.
Atendiendo a esta previsión, la Instrucción 4B0/19065/2010, de 15 de diciembre, de
la Gerencia del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por la que se regulan las
prestaciones sociales del ISFAS, en su apartado 1.7, también establece que estas
ayudas estarán condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el
correspondiente ejercicio económico.
En este contexto, se ha revisado la citada Instrucción 4B0/19065/2010, de 15 de
diciembre, al objeto de actualización de su contenido, para aclarar y dar la respuesta
adecuada a las situaciones informadas por las Delegaciones competentes.
Además, con el fin de mantener un adecuado nivel de cobertura en las citadas
prestaciones, teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias, se ha revisado el
Anexo I sobre cuantías económicas y límites de las prestaciones sociales de la
Instrucción 4B0/19065/2010, de 15 de diciembre, que fue modificado por el apartado
segundo, cuatro y cinco de la Instrucción 94/2012, de 28 de diciembre, considerándose
oportuno modificar el límite correspondiente a las prestaciones socio-sanitarias y otras
prestaciones de carácter social en vigor.
La citada Instrucción 94/2012, de 28 de diciembre, dejó a extinguir la ayuda
económica a personas mayores, destinada a subvenir necesidades básicas, y modifica
otras prestaciones sociales.
La Instrucción 78/2013 de 26 de diciembre, del Instituto Social de las Fuerzas
Armadas, suspendió durante el año 2014, y hasta que no se disponga de crédito
adecuado y suficiente en los sucesivos ejercicios económicos las siguientes ayudas:

La experiencia acumulada desde su entrada en vigor y la oportunidad de dar solución
a las situaciones informadas hace necesaria la modificación de determinados apartados
que permitan la actualización de su contenido. En esta línea de revisión, el incremento
en el coste de los artículos y de los servicios objeto de prestación, la situación actual y la
realidad social de nuestro colectivo permite la mejora de las cuantías económicas y de
los límites de las prestaciones sociales.

cve: BOE-A-2021-20423
Verificable en https://www.boe.es

Ayudas para la atención a la Dependencia.
Ayuda para tratamientos termales.
Ayuda para la adquisición de vivienda.
Ayudas previstas en las disposiciones transitorias de la Instrucción 4B0/19065/2010.