I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Ingreso mínimo vital. (BOE-A-2021-20316)
Orden ISM/1375/2021, de 3 de diciembre, por la que se desarrolla el Registro de Mediadores Sociales del Ingreso Mínimo Vital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294

Jueves 9 de diciembre de 2021

Disposición final segunda.

Sec. I. Pág. 151322

Título competencial.

Esta orden ministerial se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.1.ª
y 18.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva
sobre la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los
españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes
constitucionales; y bases del régimen jurídico de las administraciones públicas y el
procedimiento administrativo común.
Disposición final tercera.

Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 3 de diciembre del 2021.–El Ministro de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, José Luis Escrivá Belmonte.
ANEXO I
Certificado acreditativo de estructura, capacidad administrativa y técnica
suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines
Don/doña ...................................................................................................................,
con DNI o documento que lo sustituya número ................................., representante legal
de la entidad ....................................................................................................., con
NIF .................................
De acuerdo con el artículo 8.1.e) de la Orden Ministerial por la que se desarrolla el
Registro de Mediadores Sociales del Ingreso Mínimo Vital:
Certifica que la entidad ................................................................................, dispone
de la estructura, capacidad administrativa y técnica suficiente para garantizar el
cumplimiento de sus fines, como se expone en la memoria adjunta.
Lugar y fecha

Firma representante/s legal/es de la entidad

ANEXO II
Memoria de estructura, capacidad administrativa y técnica suficiente
para garantizar el cumplimiento de sus fines
Requisitos: La memoria tendrá una amplitud máxima de 20 páginas –en fuente Times
New Roman tamaño 12 e interlineado sencillo– en la que se abordarán los siguientes
puntos:
Estructura, capacidad administrativa y técnica.

En este apartado se presentará brevemente la entidad, describiendo su estructura y
organización y detallando la cantidad, cualificación y experiencia de los medios
profesionales implicados en las labores de mediación, así como los demás recursos (por
ejemplo: materiales, técnicos…) de los que disponga.
2. Experiencia en el acompañamiento y asistencia a personas en riesgo de
exclusión social.
En este apartado se detallará la experiencia en proyectos de inserción sociolaboral o
actividades de acompañamiento y asistencia a personas en riesgo de exclusión social
realizados en los últimos tres años, en especial, aquellos que hayan tenido como objetivo

cve: BOE-A-2021-20316
Verificable en https://www.boe.es

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