III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2021-20302)
Resolución de 30 de noviembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Sociedad Española de Cirugía Plástica, Reparadora y Estética, por el que se canaliza la subvención nominativa establecida en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 para la captación y tratamiento de los datos del Registro Nacional de Prótesis Mamarias y colaboración científico-técnica.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293
Miércoles 8 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 151216
La SECPRE deberá indicar si ha solicitado o recibido subvenciones de otras
Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, así
como el importe de las mismas.
4. La SECPRE se compromete a cumplir con las obligaciones previstas en el
artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.
5. La SECPRE, de conformidad con lo indicado en el apartado b) del artículo 3 de
la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno quedará obligada a lo dispuesto en el capítulo II del Título I de dicha Ley.
Cuarta. Compromisos de la SECPRE relativos a la confidencialidad y protección de los
datos que constituyen los Registros Nacionales de Implantes.
En la captación, gestión y tratamiento de los datos necesarios para el funcionamiento
del Registro, se adoptarán todas las medidas oportunas para garantizar la
confidencialidad y la protección de la vida privada de los pacientes, conforme a lo
previsto en las disposiciones vigentes de protección de datos de carácter personal y en
el Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos
sanitarios. El tratamiento de datos obtenidos a partir de formularios de implantación,
explantación o seguimiento estará siempre sometido a la legislación española vigente en
materia de protección de datos de carácter personal.
La SECPRE deberá garantizar en todo momento que la información aportada desde
los centros hospitalarios y/o las empresas no será divulgada a terceros, sino que será
tratada de forma confidencial exclusivamente para los fines autorizados en este
convenio. Cualquier otro uso de dichos datos por la SECPRE sólo podrá llevarse a cabo
previa autorización expresa del titular del Registro de la AEMPS.
En cumplimiento con lo dispuesto en Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personas y a la libre circulación de
estos datos (Reglamento general de protección de datos) el tratamiento de datos de
carácter personal por cuenta de tercero requiere la celebración de un contrato privado
con los requisitos legales correspondientes. A los efectos anteriores se suscribirá junto
con el presente convenio un contrato entre las partes que figura como anexo 1 del
presente convenio.
Los compromisos de la SECPRE se entenderán extendidos a los especialistas que
designe o ponga a disposición para tales actividades.
Quinta.
Compromisos de la AEMPS.
1. La AEMPS pondrá a disposición de la SECPRE la aplicación para el Registro
Nacional de Prótesis Mamarias.
2. La AEMPS atenderá las consultas realizadas por la SECPRE sobre cualquier
materia que interese a sus profesionales en el ámbito de las competencias de la AEMPS.
3. La publicación y/o difusión por la AEMPS de documentos, protocolos, guías,
folletos u otra información que se hayan derivado de las actividades del presente
convenio hará mención de dicho marco de colaboración AEMPS-SECPRE
La aportación que efectuará por su parte la AEMPS, para la SECPRE, no podrá
superar la cantidad total máxima de noventa y dos mil euros (92.000 €).
Esta cantidad, que la ejecución del presente convenio exige, es la asignada
nominativamente en la aplicación presupuestaria número 26.301.313A.485, y, en
consecuencia, se abonará con cargo a ésta.
cve: BOE-A-2021-20302
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Dotación económica.
Núm. 293
Miércoles 8 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 151216
La SECPRE deberá indicar si ha solicitado o recibido subvenciones de otras
Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, así
como el importe de las mismas.
4. La SECPRE se compromete a cumplir con las obligaciones previstas en el
artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.
5. La SECPRE, de conformidad con lo indicado en el apartado b) del artículo 3 de
la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno quedará obligada a lo dispuesto en el capítulo II del Título I de dicha Ley.
Cuarta. Compromisos de la SECPRE relativos a la confidencialidad y protección de los
datos que constituyen los Registros Nacionales de Implantes.
En la captación, gestión y tratamiento de los datos necesarios para el funcionamiento
del Registro, se adoptarán todas las medidas oportunas para garantizar la
confidencialidad y la protección de la vida privada de los pacientes, conforme a lo
previsto en las disposiciones vigentes de protección de datos de carácter personal y en
el Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos
sanitarios. El tratamiento de datos obtenidos a partir de formularios de implantación,
explantación o seguimiento estará siempre sometido a la legislación española vigente en
materia de protección de datos de carácter personal.
La SECPRE deberá garantizar en todo momento que la información aportada desde
los centros hospitalarios y/o las empresas no será divulgada a terceros, sino que será
tratada de forma confidencial exclusivamente para los fines autorizados en este
convenio. Cualquier otro uso de dichos datos por la SECPRE sólo podrá llevarse a cabo
previa autorización expresa del titular del Registro de la AEMPS.
En cumplimiento con lo dispuesto en Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personas y a la libre circulación de
estos datos (Reglamento general de protección de datos) el tratamiento de datos de
carácter personal por cuenta de tercero requiere la celebración de un contrato privado
con los requisitos legales correspondientes. A los efectos anteriores se suscribirá junto
con el presente convenio un contrato entre las partes que figura como anexo 1 del
presente convenio.
Los compromisos de la SECPRE se entenderán extendidos a los especialistas que
designe o ponga a disposición para tales actividades.
Quinta.
Compromisos de la AEMPS.
1. La AEMPS pondrá a disposición de la SECPRE la aplicación para el Registro
Nacional de Prótesis Mamarias.
2. La AEMPS atenderá las consultas realizadas por la SECPRE sobre cualquier
materia que interese a sus profesionales en el ámbito de las competencias de la AEMPS.
3. La publicación y/o difusión por la AEMPS de documentos, protocolos, guías,
folletos u otra información que se hayan derivado de las actividades del presente
convenio hará mención de dicho marco de colaboración AEMPS-SECPRE
La aportación que efectuará por su parte la AEMPS, para la SECPRE, no podrá
superar la cantidad total máxima de noventa y dos mil euros (92.000 €).
Esta cantidad, que la ejecución del presente convenio exige, es la asignada
nominativamente en la aplicación presupuestaria número 26.301.313A.485, y, en
consecuencia, se abonará con cargo a ésta.
cve: BOE-A-2021-20302
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Dotación económica.