I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Fondo Financiero del Estado para la Competitividad Turística. (BOE-A-2021-20257)
Real Decreto 1072/2021, de 7 de diciembre, por el que se regula el Fondo Financiero del Estado para la Competitividad Turística, F.C.P.J., en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 150915
que sean edificios de consumo de energía casi nulo, permitiendo reducir de forma
significativa el consumo de energía primaria no renovable.
Los equipos IT cumplirán con los requisitos relacionados con la energía establecidos
de acuerdo con la Directiva 2009/125/EC para servidores y almacenamiento de datos, o
computadoras y servidores de computadoras o pantallas electrónicas.
En estas adquisiciones se activarán medidas para asegurar la compra de aquellos
equipos energéticamente eficientes, que sean absolutamente respetuosos con el Code
of Conduct for ICT de la Comisión Europea, y se tomarán medidas para que aumente la
durabilidad, la posibilidad de reparación, de actualización y de reutilización de los
productos, de los aparatos eléctricos y electrónicos implantados.
Las medidas de rehabilitación permitirán contribuir a la adaptación de los edificios al
cambio climático, adoptando las soluciones de adaptación que sean posibles en el marco
de las opciones que permita la edificación existente y su protección en caso de que sean
edificios protegidos, como la utilización de cubiertas vegetales, toldos, zonas de
sombreado, etc.
No se prevé que la medida sea perjudicial para el uso sostenible y la protección de
los recursos hídricos y marinos. Cuando se instalen aparatos de agua, estos tendrán una
etiqueta de producto existente en la Unión. Para evitar el impacto de la obra, se
identificarán y abordarán los riesgos de degradación ambiental relacionados con la
preservación de la calidad del agua y la prevención del estrés hídrico, de acuerdo con un
plan de gestión de uso y protección del agua.
Al menos el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición no
peligrosos (excluido el material natural mencionado en la categoría 17 05 04 en la Lista
europea de residuos establecida por la Decisión 2000/532/EC) generados, en las
actuaciones previstas en esta inversión, será preparado para su reutilización, reciclaje y
recuperación de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos
para sustituir otros materiales, de acuerdo con la jerarquía de residuos y el Protocolo de
gestión de residuos de construcción y demolición de la UE.
Los operadores limitarán la generación de residuos en los procesos relacionados con
la construcción y demolición, de conformidad con el Protocolo de gestión de residuos de
construcción y demolición de la UE y teniendo en cuenta las mejores técnicas
disponibles y utilizando la demolición selectiva para permitir la eliminación y
manipulación segura de sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y reciclaje de alta
calidad mediante la eliminación selectiva de materiales, utilizando los sistemas de
clasificación disponibles para residuos de construcción y demolición.
Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyarán la circularidad
en lo referido a la norma ISO 20887 para evaluar la capacidad de desmontaje o
adaptabilidad de los edificios, cómo estos están diseñados para ser más eficientes en el
uso de los recursos, adaptables, flexibles y desmontables para permitir la reutilización y
el reciclaje. Los equipos IT cumplirán con los requisitos de eficiencia de materiales
establecidos de acuerdo con la Directiva 2009/125 / EC para servidores y
almacenamiento de datos, o computadoras y servidores de computadoras o pantallas
electrónicas. Los equipos utilizados no contendrán las sustancias restringidas
enumeradas en el anexo II de la Directiva 2011/65 / UE, excepto cuando los valores de
concentración en peso en materiales homogéneos no superen los enumerados en dicho
anexo.
Al final de su vida útil, los equipos IT se someterán a una preparación para
operaciones de reutilización, recuperación o reciclaje, o un tratamiento adecuado,
incluida la eliminación de todos los fluidos y un tratamiento selectivo de acuerdo con el
anexo VII de la Directiva 2012/19 / UE.
El carácter general de las actuaciones orientadas a la sustitución de sistemas de
calefacción y refrigeración basados en energías fósiles por otras tecnologías cero
contaminantes, permitirá una significativa reducción de las emisiones al aire y por
consiguiente una mejora en la salud pública.
cve: BOE-A-2021-20257
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 293
Miércoles 8 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 150915
que sean edificios de consumo de energía casi nulo, permitiendo reducir de forma
significativa el consumo de energía primaria no renovable.
Los equipos IT cumplirán con los requisitos relacionados con la energía establecidos
de acuerdo con la Directiva 2009/125/EC para servidores y almacenamiento de datos, o
computadoras y servidores de computadoras o pantallas electrónicas.
En estas adquisiciones se activarán medidas para asegurar la compra de aquellos
equipos energéticamente eficientes, que sean absolutamente respetuosos con el Code
of Conduct for ICT de la Comisión Europea, y se tomarán medidas para que aumente la
durabilidad, la posibilidad de reparación, de actualización y de reutilización de los
productos, de los aparatos eléctricos y electrónicos implantados.
Las medidas de rehabilitación permitirán contribuir a la adaptación de los edificios al
cambio climático, adoptando las soluciones de adaptación que sean posibles en el marco
de las opciones que permita la edificación existente y su protección en caso de que sean
edificios protegidos, como la utilización de cubiertas vegetales, toldos, zonas de
sombreado, etc.
No se prevé que la medida sea perjudicial para el uso sostenible y la protección de
los recursos hídricos y marinos. Cuando se instalen aparatos de agua, estos tendrán una
etiqueta de producto existente en la Unión. Para evitar el impacto de la obra, se
identificarán y abordarán los riesgos de degradación ambiental relacionados con la
preservación de la calidad del agua y la prevención del estrés hídrico, de acuerdo con un
plan de gestión de uso y protección del agua.
Al menos el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición no
peligrosos (excluido el material natural mencionado en la categoría 17 05 04 en la Lista
europea de residuos establecida por la Decisión 2000/532/EC) generados, en las
actuaciones previstas en esta inversión, será preparado para su reutilización, reciclaje y
recuperación de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos
para sustituir otros materiales, de acuerdo con la jerarquía de residuos y el Protocolo de
gestión de residuos de construcción y demolición de la UE.
Los operadores limitarán la generación de residuos en los procesos relacionados con
la construcción y demolición, de conformidad con el Protocolo de gestión de residuos de
construcción y demolición de la UE y teniendo en cuenta las mejores técnicas
disponibles y utilizando la demolición selectiva para permitir la eliminación y
manipulación segura de sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y reciclaje de alta
calidad mediante la eliminación selectiva de materiales, utilizando los sistemas de
clasificación disponibles para residuos de construcción y demolición.
Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyarán la circularidad
en lo referido a la norma ISO 20887 para evaluar la capacidad de desmontaje o
adaptabilidad de los edificios, cómo estos están diseñados para ser más eficientes en el
uso de los recursos, adaptables, flexibles y desmontables para permitir la reutilización y
el reciclaje. Los equipos IT cumplirán con los requisitos de eficiencia de materiales
establecidos de acuerdo con la Directiva 2009/125 / EC para servidores y
almacenamiento de datos, o computadoras y servidores de computadoras o pantallas
electrónicas. Los equipos utilizados no contendrán las sustancias restringidas
enumeradas en el anexo II de la Directiva 2011/65 / UE, excepto cuando los valores de
concentración en peso en materiales homogéneos no superen los enumerados en dicho
anexo.
Al final de su vida útil, los equipos IT se someterán a una preparación para
operaciones de reutilización, recuperación o reciclaje, o un tratamiento adecuado,
incluida la eliminación de todos los fluidos y un tratamiento selectivo de acuerdo con el
anexo VII de la Directiva 2012/19 / UE.
El carácter general de las actuaciones orientadas a la sustitución de sistemas de
calefacción y refrigeración basados en energías fósiles por otras tecnologías cero
contaminantes, permitirá una significativa reducción de las emisiones al aire y por
consiguiente una mejora en la salud pública.
cve: BOE-A-2021-20257
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 293