I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE SANIDAD. Subvenciones. (BOE-A-2021-20186)
Real Decreto 1070/2021, de 4 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias para reforzar la promoción de estilos de vida saludable a través de la creación o rehabilitación de entornos saludables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292

Martes 7 de diciembre de 2021

Artículo 15.

Sec. I. Pág. 150697

Protección de datos.

La entidad beneficiaria se someterá al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos (RGPD), a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de derechos digitales, y a la normativa complementaria en
la ejecución de lo previsto en este real decreto.
Artículo 16.

Entidad decisora y ejecutora.

La entidad decisora y ejecutora del programa será el Ministerio de Sanidad, a quién
corresponde la responsabilidad de la gestión, control y cumplimiento del proyecto de
acuerdo con lo establecido en la Inversión n.º 2 del Componente 18 (C18.I2) del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre y en la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre.
Artículo 17. Publicidad y difusión.
1. La FEMP se compromete a destacar, en cuantas actividades realice para la
difusión de las acciones previstas en el presente real decreto, la financiación efectuada
por la Administración General del Estado, así como hacerlo constar en cuantos
materiales se reproduzcan y utilicen para la difusión o publicidad de los proyectos
financiados, de acuerdo con lo establecido en el «Manual de imagen Institucional de la
Administración General del Estado», aprobado por Orden de 27 de septiembre de 1999
en desarrollo del Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, y por la Resolución
de 28 de febrero de 2020, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función
Pública, por la que se actualiza el Manual de Imagen Institucional adaptándolo a la
nueva estructura de departamentos ministeriales de la Administración General del
Estado, y la Guía de Comunicación Digital para la Administración General del Estado,
aprobada por Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado para las
Administraciones Públicas.
2. Adicionalmente, se hará mención del origen de esta financiación y se velará por
darle visibilidad, incluido, cuando proceda, mediante el emblema de la Unión y una
declaración de financiación adecuada que indique «financiado por la Unión EuropeaNextGenerationEU», en particular cuando promuevan las acciones y sus resultados,
facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples
destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público. Esta publicidad se
realizará de conformidad con lo establecido en el Manual de Marca del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia confeccionado por la Secretaría de Estado
de Comunicación.
Título competencial.

Este real decreto se dicta al amparo de los artículos 149.1.1.ª y 149.1.16.ª de la
Constitución Española, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva en la
regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles
en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales y en
materia de bases y coordinación general de la sanidad, respectivamente.
Disposición final segunda.

Desarrollo y ejecución.

La Ministra de Sanidad podrá adoptar, en el ámbito de sus competencias, las
disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de este real decreto.

cve: BOE-A-2021-20186
Verificable en https://www.boe.es

Disposición final primera.