III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-20181)
Resolución de 8 de noviembre de 2021, del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E., por la que se publica el Convenio con el Consorcio Instituto de Astrofísica de Canarias, para la realización del proyecto "IACSAT-VINIS - Microsatélite de Altas Prestaciones para Observación de la Tierra en VIS-NIR-SWIR - Fase 1", cofinanciado con fondos FEDER.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Lunes 6 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 150565

comunicación fehaciente a las siguientes direcciones y atención y se tendrán por
cumplidas en la fecha de recepción por el destinatario.
Para CDTI.: Departamento de Espacio.
Dirección: C/ Cid, n.º 4. 28001 Madrid.
EMAIL: espacio@cdti.es
Para el IAC: Oficina de Transferencia y Acciones Institucionales (OTAI).
Dirección: C/ Vía Láctea 1, 38200 San Cristóbal de La Laguna.
EMAIL: otai@iac.es / director@iac.es
Decimocuarta.

Régimen jurídico y resolución de conflictos.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, lo dispuesto en el artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, así como por el Reglamento (UE) N.º 1301/2013 del Parlamento Europeo y
del Consejo de 17 de diciembre de 2013 sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional
y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y
empleo y por el que se deroga el Reglamento (CE) N.º 1080/2006, y normativa de
desarrollo y el Reglamento 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de
julio de 2018 sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión
y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento en lo
que sea de aplicación.
Las cuestiones litigiosas a las que pueda dar lugar la interpretación, modificación,
efectos o resolución del contenido del presente convenio se resolverán de mutuo
acuerdo entre las partes, mediante diálogo y negociación en el seno de la Comisión de
seguimiento. Caso de no ser posible tal acuerdo, tales cuestiones serán resueltas de
conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Decimoquinta.

Publicidad de las actuaciones.

Y en prueba de conformidad las Partes firman el presente Convenio el 20 de octubre
de 2021.–El Director General del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E.,
Francisco Javier Ponce Martínez.–El Director del Consorcio Instituto de Astrofísica de
Canarias, Rafael Rebolo López.
Los anexos a los que se refiere el convenio son objeto de publicación en la web de
CDTI www.cdti.es y en el portal de transparencia.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2021-20181
Verificable en https://www.boe.es

Las partes firmantes se comprometen a hacer constar la colaboración del CDTI en
todas las actividades informativas o de promoción en relación con las actuaciones
contempladas en este Convenio. Asimismo, se comprometen a observar estrictamente la
normativa aplicable en materia de publicidad de los Fondos Estructurales que
cofinancian las actuaciones.
Dado que el proyecto está cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional
(FEDER), se realizará la mención correspondiente de acuerdo con lo establecido en el
anexo XII, apartado 2.2) del Reglamento (UE) N.º 1303/2013, así como los artículos 4 y 5
y Capítulo II y anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) N.º 821/2014 de 28 de julio
de 2014.