III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2021-20176)
Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, como entidad colaboradora en la gestión de las ayudas para el apoyo de la actividad comercial en zonas rurales y turísticas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291
Lunes 6 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 150399
La financiación de esta compensación se realizará con cargo íntegramente a los
créditos del servicio 50 «Mecanismo de Recuperación y Resiliencia», en la aplicación
presupuestaria 20.50.430A.290.27.06 o su equivalente en los presupuestos generales de
cada ejercicio. El IVA que en este momento está financiado con cargo a dichos crédito
podría estar sujeto a un cambio de criterio respecto de su imputación presupuestaria, en
cuyo caso, se tendrían que realizar las modificaciones oportunas.
El pago de la compensación económica se realizará mediante transferencia bancaria
a la cuenta que indique la FEMP, siempre supeditado a la aprobación de las
correspondientes convocatorias en el «Boletín Oficial del Estado», estableciéndose el
siguiente calendario de libramientos:
– Una vez se adjudiquen los proyectos subvencionables: Pago del 50 por ciento del
importe de la cuantía por cada convocatoria (la primera, la segunda y la tercera).
– La cuantía restante hasta completar el 100 por ciento del importe en cada
convocatoria, se realizará una vez finalizado los trabajos correspondientes a cada
convocatoria.
Por tanto, y dado que los trabajos a realizar abarcan más de un ejercicio anual, la
distribución de los pertinentes créditos presupuestarios de cada uno de los años será la
siguiente:
Presupuesto por ejercicio
Presupuesto
ZONAS TURÍSTICAS.
CONVOCATORIA 1.
ZONAS RURALES.
TOTAL.
CONVOCATORIA 2.
1.160.000,00
580.000,00
580.000,00
177.000,00
88.500,00
88.500,00
1.337.000,00
668.500,00
668.500,00
460.000,00
460.000,00
ZONAS RURALES.
136.500,00
68.250,00
68.250,00
1.056.500,00
528.250,00
528.250,00
ZONAS TURÍSTICAS.
920.000,00
460.000,00
460.000,00
ZONAS RURALES.
136.500,00
68.250,00
68.250,00
1.056.500,00
528.250,00
528.250,00
1.196.750,00
1.056.500,00
3.450.000,00
668.500,00
528.250,00
El pago estará supeditado a la presentación de la memoria de actuación justificativa
del cumplimiento de las condiciones impuestas en este convenio, con indicación de las
actividades realizadas y de los resultados obtenidos, así como una memoria económica
justificativa del coste de las actividades realizadas.
Corresponderá al Director General de Política Comercial dar conformidad a la
propuesta de compensación a la FEMP en cada anualidad.
No será preciso constituir medida de garantía a favor de la Secretaria de Estado de
Comercio al apreciarse riesgo de incumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud
de este convenio por la FEMP.
Séptima.
2024
920.000,00
TOTAL.
TOTAL.
2023
ZONAS TURÍSTICAS.
TOTAL.
CONVOCATORIA 3.
2022
Comisión de seguimiento.
Para garantizar la correcta ejecución y el seguimiento de lo previsto en el presente
convenio se constituye una Comisión de seguimiento que estará integrada por cuatro
vocales correspondientes a dos miembros designados por cada una de las partes. La
presidencia corresponderá al titular de la Subdirección General de Apoyo a la
Competitividad del Pequeño Comercio que designará como vocal a un miembro de la
cve: BOE-A-2021-20176
Verificable en https://www.boe.es
2021
Núm. 291
Lunes 6 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 150399
La financiación de esta compensación se realizará con cargo íntegramente a los
créditos del servicio 50 «Mecanismo de Recuperación y Resiliencia», en la aplicación
presupuestaria 20.50.430A.290.27.06 o su equivalente en los presupuestos generales de
cada ejercicio. El IVA que en este momento está financiado con cargo a dichos crédito
podría estar sujeto a un cambio de criterio respecto de su imputación presupuestaria, en
cuyo caso, se tendrían que realizar las modificaciones oportunas.
El pago de la compensación económica se realizará mediante transferencia bancaria
a la cuenta que indique la FEMP, siempre supeditado a la aprobación de las
correspondientes convocatorias en el «Boletín Oficial del Estado», estableciéndose el
siguiente calendario de libramientos:
– Una vez se adjudiquen los proyectos subvencionables: Pago del 50 por ciento del
importe de la cuantía por cada convocatoria (la primera, la segunda y la tercera).
– La cuantía restante hasta completar el 100 por ciento del importe en cada
convocatoria, se realizará una vez finalizado los trabajos correspondientes a cada
convocatoria.
Por tanto, y dado que los trabajos a realizar abarcan más de un ejercicio anual, la
distribución de los pertinentes créditos presupuestarios de cada uno de los años será la
siguiente:
Presupuesto por ejercicio
Presupuesto
ZONAS TURÍSTICAS.
CONVOCATORIA 1.
ZONAS RURALES.
TOTAL.
CONVOCATORIA 2.
1.160.000,00
580.000,00
580.000,00
177.000,00
88.500,00
88.500,00
1.337.000,00
668.500,00
668.500,00
460.000,00
460.000,00
ZONAS RURALES.
136.500,00
68.250,00
68.250,00
1.056.500,00
528.250,00
528.250,00
ZONAS TURÍSTICAS.
920.000,00
460.000,00
460.000,00
ZONAS RURALES.
136.500,00
68.250,00
68.250,00
1.056.500,00
528.250,00
528.250,00
1.196.750,00
1.056.500,00
3.450.000,00
668.500,00
528.250,00
El pago estará supeditado a la presentación de la memoria de actuación justificativa
del cumplimiento de las condiciones impuestas en este convenio, con indicación de las
actividades realizadas y de los resultados obtenidos, así como una memoria económica
justificativa del coste de las actividades realizadas.
Corresponderá al Director General de Política Comercial dar conformidad a la
propuesta de compensación a la FEMP en cada anualidad.
No será preciso constituir medida de garantía a favor de la Secretaria de Estado de
Comercio al apreciarse riesgo de incumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud
de este convenio por la FEMP.
Séptima.
2024
920.000,00
TOTAL.
TOTAL.
2023
ZONAS TURÍSTICAS.
TOTAL.
CONVOCATORIA 3.
2022
Comisión de seguimiento.
Para garantizar la correcta ejecución y el seguimiento de lo previsto en el presente
convenio se constituye una Comisión de seguimiento que estará integrada por cuatro
vocales correspondientes a dos miembros designados por cada una de las partes. La
presidencia corresponderá al titular de la Subdirección General de Apoyo a la
Competitividad del Pequeño Comercio que designará como vocal a un miembro de la
cve: BOE-A-2021-20176
Verificable en https://www.boe.es
2021