I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2021-20111)
Estatutos del Consorcio de Infraestructuras de Investigación Europeas denominado Encuesta Social Europea (ESS ERIC).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Lunes 6 de diciembre de 2021

Sec. I. Pág. 150139

La Asamblea General podrá encargar y recibir evaluaciones o auditorías
independientes periódicas de la totalidad o de una parte de las actividades
de ESS ERIC. La Asamblea General tendrá la responsabilidad de determinar el proceso
y calendario de tales revisiones o auditorías, así como de fijar los criterios de revisión en
consulta con el Director, el CST y los órganos consultivos que la Asamblea General
pueda establecer en caso necesario.
Artículo 9.

Presidente y Presidente adjunto de la Asamblea General.

1. La Asamblea General nombrará por mayoría simple un Presidente independiente
(«el Presidente»), que no deberá ser un representante nacional y deberá cumplir los
criterios que haya aprobado la Asamblea General cuando sea necesario.
El Presidente será nombrado por un período de cuatro años, que podrá renovarse.
Antes de designar al Presidente, la Asamblea General deberá presentar por escrito las
candidaturas al menos tres semanas antes de la reunión en la que vaya a efectuarse la
designación. El Presidente asumirá sus funciones lo antes posible después de su
designación.
2. La Asamblea General nombrará por mayoría simple un Presidente adjunto («el
Presidente adjunto») de entre los representantes nacionales. El Presidente adjunto será
nombrado por un período de cuatro años, que podrá renovarse. Antes de designar al
Presidente adjunto, la Asamblea General deberá presentar por escrito las candidaturas
al menos tres semanas antes de la reunión. El Presidente adjunto asumirá sus funciones
lo antes posible después de su designación. El Presidente adjunto asumirá todas las
funciones del Presidente en su ausencia.
3. La Asamblea General tomará las medidas necesarias para que se pueda
nombrar al primer Presidente y Presidente adjunto en la primera reunión de la Asamblea
General.

1. La Asamblea General se reunirá al menos dos veces al año. Podrán convocarse
reuniones adicionales a petición del Presidente, del Director o de al menos un tercio de
los representantes nacionales. La sede principal de ESS ERIC organizará la
administración de las reuniones, incluida la preparación de las actas.
2. Todas las decisiones de la Asamblea General, excepto los asuntos reservados,
se adoptarán por mayoría simple de los votos de los miembros presentes a través de sus
representantes nacionales, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 3, apartado 5.
3. A reserva del artículo 10, apartado 15, las reuniones de la Asamblea General
deberán convocarse con al menos 14 días naturales de antelación. A reserva del
artículo 10, apartado 15, la convocatoria deberá precisar la fecha y el lugar de la reunión
y las características generales de los asuntos que vayan a abordarse.
4. A reserva de las disposiciones de los estatutos, la convocatoria y las demás
comunicaciones relativas a una reunión de la Asamblea General deberán remitirse a
todos los miembros, al Director, a los representantes nacionales, a los observadores y a
cualquier otra persona a la que el Presidente desee invitar a la reunión.
5. La omisión accidental del envío de una convocatoria de reunión a una persona
que deba recibirla, o su no recepción por ella, no invalidará los procedimientos de esa
reunión.
6. La convocatoria de reunión de la Asamblea General deberá enviarse en copia
impresa o en forma electrónica (según lo definido en el artículo 1168 de la Ley de
Sociedades de 2006 del Reino Unido) y a través de una página web.
7. No se tratará ningún asunto en una reunión de la Asamblea General a menos
que exista un quórum de miembros (a través de sus representantes nacionales). Habrá
quórum cuando estén presentes miembros que posean al menos un tercio de los votos
que puedan emitirse válidamente en la Asamblea General y con derecho a voto en el
asunto que vaya a tratarse. Si no hay quórum en el plazo de media hora a contar desde

cve: BOE-A-2021-20111
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 10. Reuniones de la Asamblea General.