III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Subvenciones. (BOE-A-2021-20053)
Resolución de 4 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, por la que se concede una subvención directa a Cruz Roja Española por su participación en la operación Paso del Estrecho y en otras actividades de protección civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289
Viernes 3 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 149626
Española reúne todos los requisitos para ser beneficiaria de subvenciones, según lo
exigido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y por su
Reglamento de desarrollo, el Director General de Protección Civil y Emergencias, como
titular del órgano competente para la concesión de esta subvención, según se establece
en el apartado undécimo de la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan
determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras
autoridades, dispone:
Artículo 1.
Objeto y beneficiario.
Se concede a la Cruz Roja Española una subvención directa por importe de
trescientos cuarenta y un mil cuatrocientos euros (341.400,00 euros), con el fin de
financiar su participación en labores asistenciales durante la Operación Paso del
Estrecho, y en otras actividades de protección civil, según se recoge en los Anexos del I
al VI de esta Resolución.
Artículo 2. Cuantía y financiación.
El importe de la subvención de 341.400,00 euros, definida en el apartado anterior, se
financiará con cargo al presupuesto de gastos del Estado para el año 2021, Sección 16
«Ministerio del Interior», Servicio 01 «Subsecretaría», Programa 134M «Protección
Civil», concepto 489 «A la Cruz Roja Española, por su participación en la Operación
Paso del Estrecho y en otras actividades de protección civil».
Artículo 3. Propuesta de resolución y pago de la subvención.
La propuesta de resolución de concesión deberá ser aceptada por Cruz Roja
Española en el plazo de diez días a contar desde el siguiente al de su notificación,
entendiéndose que renuncian a la subvención si no se produce la aceptación expresa en
el plazo indicado.
El pago de la subvención se hará efectivo dentro del mes siguiente a la resolución de
concesión, de conformidad con el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
El Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de Protección Civil y
Emergencias, ordenará el libramiento de los fondos mediante un pago único.
Artículo 4.
Régimen de compatibilidad con otras ayudas.
La subvención otorgada a Cruz Roja Española será compatible con otras
subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de
cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión
Europea o de organismos internacionales.
El importe de la Subvención, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que
aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos
supere el coste de la actividad subvencionada por su participación en las acciones
descritas en esta resolución.
Participación de la Cruz Roja Española en la Operación Paso del Estrecho 2021, por
importe de 17.973,16 euros. (Anexo I).
Disponibilidad para la instalación, organización y gestión de un Centro de Atención a
los Ciudadanos, por importe de 74.440,00 euros (Anexo II).
Disponibilidad para la instalación, organización y gestión de Áreas de Albergue /
Alojamiento Provisional y Asistencia Social, por importe de 88.808,24 euros (Anexo III).
Disponibilidad de una red de recursos móviles para el abastecimiento y distribución
de alimentos, bebidas y elementos básicos de abrigo e higiene, por importe de 20.000,00
euros (Anexo IV).
cve: BOE-A-2021-20053
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 5. Gastos subvencionables.
Núm. 289
Viernes 3 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 149626
Española reúne todos los requisitos para ser beneficiaria de subvenciones, según lo
exigido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y por su
Reglamento de desarrollo, el Director General de Protección Civil y Emergencias, como
titular del órgano competente para la concesión de esta subvención, según se establece
en el apartado undécimo de la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan
determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras
autoridades, dispone:
Artículo 1.
Objeto y beneficiario.
Se concede a la Cruz Roja Española una subvención directa por importe de
trescientos cuarenta y un mil cuatrocientos euros (341.400,00 euros), con el fin de
financiar su participación en labores asistenciales durante la Operación Paso del
Estrecho, y en otras actividades de protección civil, según se recoge en los Anexos del I
al VI de esta Resolución.
Artículo 2. Cuantía y financiación.
El importe de la subvención de 341.400,00 euros, definida en el apartado anterior, se
financiará con cargo al presupuesto de gastos del Estado para el año 2021, Sección 16
«Ministerio del Interior», Servicio 01 «Subsecretaría», Programa 134M «Protección
Civil», concepto 489 «A la Cruz Roja Española, por su participación en la Operación
Paso del Estrecho y en otras actividades de protección civil».
Artículo 3. Propuesta de resolución y pago de la subvención.
La propuesta de resolución de concesión deberá ser aceptada por Cruz Roja
Española en el plazo de diez días a contar desde el siguiente al de su notificación,
entendiéndose que renuncian a la subvención si no se produce la aceptación expresa en
el plazo indicado.
El pago de la subvención se hará efectivo dentro del mes siguiente a la resolución de
concesión, de conformidad con el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
El Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de Protección Civil y
Emergencias, ordenará el libramiento de los fondos mediante un pago único.
Artículo 4.
Régimen de compatibilidad con otras ayudas.
La subvención otorgada a Cruz Roja Española será compatible con otras
subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de
cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión
Europea o de organismos internacionales.
El importe de la Subvención, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que
aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos
supere el coste de la actividad subvencionada por su participación en las acciones
descritas en esta resolución.
Participación de la Cruz Roja Española en la Operación Paso del Estrecho 2021, por
importe de 17.973,16 euros. (Anexo I).
Disponibilidad para la instalación, organización y gestión de un Centro de Atención a
los Ciudadanos, por importe de 74.440,00 euros (Anexo II).
Disponibilidad para la instalación, organización y gestión de Áreas de Albergue /
Alojamiento Provisional y Asistencia Social, por importe de 88.808,24 euros (Anexo III).
Disponibilidad de una red de recursos móviles para el abastecimiento y distribución
de alimentos, bebidas y elementos básicos de abrigo e higiene, por importe de 20.000,00
euros (Anexo IV).
cve: BOE-A-2021-20053
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 5. Gastos subvencionables.