III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-20059)
Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, por la que se publica el Convenio con el Obispado de Plasencia, para determinar la financiación de los gastos ocasionados por el mantenimiento en el Real Monasterio de San Jerónimo de Yuste de la Orden de San Pablo el Primer Eremita (Monjes Paulinos), de Polonia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Viernes 3 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 149709

II. Que en 2011 se firmó un Convenio para la cesión por parte de Patrimonio
Nacional, a título gratuito, del derecho de uso por 20 años de determinados espacios del
Real Monasterio de San Jerónimo de Yuste al Obispado de Plasencia, para que se
instalase en ellos una comunidad de religiosos perteneciente a la Orden de San Pablo el
Primer Eremita (Monjes Paulinos), de Polonia.
III. Que, en dicho Convenio de cesión firmado en 2011, se establecía una serie de
servicios que serían prestados por Patrimonio Nacional, a la vez que los ingresos
procedentes de la actividad del Monasterio se integrarían en los presupuestos de
Patrimonio Nacional.
IV. Que en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2021, conforme a lo establecido en el artículo 22.2.a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se concedía una
transferencia corriente al Monasterio de Yuste por importe de 186.000 euros, a modo de
subvención directa.
A efectos de lo establecido en el párrafo anterior, se entiende por subvención
prevista nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado aquella en que al
menos su dotación presupuestaria y beneficiario aparezcan determinados en los estados
de gasto del Presupuesto.
El objeto de estas subvenciones deberá quedar determinado expresamente en el
correspondiente Convenio de colaboración o resolución de concesión que, en todo caso,
deberá ser congruente con la clasificación funcional y económica del correspondiente
crédito presupuestario.
V. Que conforme a lo antes indicado y a los criterios establecidos por la
Intervención General de la Administración del Estado, se requiere la suscripción de un
Convenio de desarrollo de la subvención nominativa «Convenio Monasterio de Yuste»,
que contemple los términos de la financiación.
VI. Que el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, en sesión de
fecha 20 de octubre de 2021, ha autorizado a la Presidenta del Consejo para que
proceda a la firma del mismo.
En virtud de lo expuesto, las partes firmantes convienen en suscribir el presente
Convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS

El presente Convenio tiene por objeto establecer las condiciones para que el
Obispado de Plasencia reciba como máximo la cuantía prevista en el actual presupuesto
del CAPN para 2021, en la aplicación 25.103.337A.483 Convenio Monasterio de Yuste,
de ciento ochenta y seis mil euros (186.000,00 €).
Esta cuantía máxima está destinada a cubrir los gastos derivados del mantenimiento
de la residencia permanente de la comunidad de religiosos de la Orden de San Pablo el
Primer Eremita en la zona asignada del Real Monasterio de San Jerónimo de Yuste,
incluidos los derivados del mantenimiento de los servicios religiosos en la Iglesia del
Real Monasterio, y los gastos en los que incurra la comunidad religiosa directamente
afectados al cumplimiento de las obligaciones contempladas del año 2021.
Esta subvención será incompatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes
públicos o privados, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Segunda.

Tipo de gastos cubiertos por la aportación del CAPN.

• Gastos de manutención: productos de alimentación para los Padres Paulinos (se
excluyen las bebidas alcohólicas salvo cerveza y vino), ropa y enseres de cocina.
• Pequeños electrodomésticos.

cve: BOE-A-2021-20059
Verificable en https://www.boe.es

Primera. Objeto y financiación.