III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-20056)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Grupo Cofely.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Viernes 3 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 149650

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
20056

Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Grupo Cofely.

Visto el texto del Convenio colectivo del Grupo Cofely (integrado por las empresas
Cofely España, S.A., Engie Servicios Energéticos, S.A. y Cybsegur, S.A.) –código de
convenio n.º 90104003012021–, que fue suscrito, con fecha 18 de marzo de 2021, de
una parte por los designados por la Dirección de dicho grupo de empresas, en
representación de las mismas, y de otra por los sindicatos CC.OO. y UGT, en
representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real
Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos,
acuerdos colectivos y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con funcionamiento a
través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión
Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 18 de noviembre de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica
Martínez Barbero.
CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO COFELY

En Madrid, a diecisiete de marzo de 2021, reunidos los miembros relacionados a
continuación que integran la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo del Grupo
Cofely (la «Comisión Negociadora»), conformada, de un lado por los designados por la
dirección del Grupo Cofely, y de otro los sindicatos CC.OO. y UGT que ostentan la
consideración de más representativos a nivel estatal, y reconociéndose todos ellos como
interlocutores válidos con la capacidad y legitimidad necesaria de acuerdo con lo
dispuesto en los artículos 87.1 y 89 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores (el «Estatuto de los Trabajadores»), suscriben el texto del I Convenio
Colectivo del Grupo Cofely (el «Convenio Colectivo»).
Por la Dirección del Grupo Cofely (integrado por las sociedades Cofely España, S.A.,
Engie Servicios Energéticos, S.A. y Cybsegur, S.A.)
– D.ª María Pilar Pérez Martín.
– D. Antonio Esteban Gómez Llagostera.

cve: BOE-A-2021-20056
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