III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-20033)
Resolución de 15 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Cartagena n.º 3, por la que se suspende la inscripción de una escritura de ampliación y novación de préstamo hipotecario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Viernes 3 de diciembre de 2021

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plazo y tipos máximos al antiguo y al nuevo principal; o si, por el contrario, consiente en
que se inscriba la operación como una segunda hipoteca con distinto rango.
En cuanto a las cifras de la responsabilidad hipotecaria señaladas para las costas y
gastos garantizados, la inexistencia de límites legales frente a terceros (artículos 114 de
la Ley Hipotecaria y 220 del Reglamento Hipotecario) y la innecesariedad de su
determinación inter partes, como ocurre con los intereses, permite la consideración de la
misma como una cantidad abstracta, que si bien se puede fijar como un porcentaje del
principal o como una cifra alzada, al no depender su determinación de otros factores,
tiene un carácter autónomo que posibilita su suma y confusión con la cantidad también
abstracta fijada de acuerdo con otro porcentaje o de forma aleatoria.
La cifra resultante sería únicamente el límite máximo que el acreedor podrá cobrar
por tal concepto del precio del remate en presencia de terceros titulares de derecho
reales o cargas inscritas o anotadas.
En consecuencia, esta Dirección General ha acordado desestimar el recurso y
confirmar la nota de calificación.
Contra esta resolución los legalmente legitimados pueden recurrir mediante demanda
ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia del lugar donde radica el
inmueble en el plazo de dos meses desde su notificación, siendo de aplicación las
normas del juicio verbal, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 325 y 328 de
la Ley Hipotecaria.

cve: BOE-A-2021-20033
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 15 de noviembre de 2021.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, Sofía Puente Santiago.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X