III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-20034)
Resolución de 15 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Coria, por la que se suspende la inscripción de un expediente notarial de reanudación de tracto sucesivo interrumpido.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Viernes 3 de diciembre de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
20034

Resolución de 15 de noviembre de 2021, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación del registrador de la propiedad de Coria, por la que se suspende
la inscripción de un expediente notarial de reanudación de tracto sucesivo
interrumpido.

En el recurso interpuesto por don Andrés Diego Pacheco, notario de Coria, contra la
nota de calificación del registrador de la Propiedad de Coria, don Alfonso López
Villarroel, por la que se suspende la inscripción de un expediente notarial de reanudación
de tracto sucesivo interrumpido.
Hechos
I
Mediante acta otorgada el día 9 de abril de 2021 ante el notario de Coria, don Andrés
Diego Pacheco, con el número 636 de protocolo, doña M. Y. P. G. V., se solicitaba el
inicio del expediente de reanudación de tracto sucesivo interrumpido sobre la finca
registral número 833 de Riolobos, constando por diligencia, de fecha 11 de mayo
de 2021, la terminación del procedimiento.
II
Presentada dicha acta en el Registro de la Propiedad de Coria, fue objeto de la
siguiente nota de calificación:
«Calificado el precedente documento, de conformidad con los artículos 18 y
concordantes de la ley hipotecaria, se ha procedido a suspender la inscripción solicitada
sobre la base da las siguientes consideraciones:

Con fecha 16/07/2021, J. F. L. H. presenta a las trece horas y cuarenta y cinco
minutos, primera copia de acta de notoriedad para reanudar el tracto otorgada en Coria
el día dos de Julio del alto dos mil veintiuno, número de protocolo 1155/2,021, del notario
don Andrés Diego Pacheco, por la que dicho Notario estima justificada por notoriedad la
pretensión de la reanudación de tracto a favor de M. Y. P. G. V. con carácter privativa, y
con el exceso de cabida, sobre la finca 833 de Riolobos, iniciado mediante acta
autorizada con fecha 9 de abril de 2021, por el mismo Notario, protocolo 636/2021, que
causó el asiento 1716 del Diario 68, que se acompaña. También se acompaña el
protocolo 445 de 1981 de Don Francisco Roco García, Notario de Plasencia, de
fecha 25/03/1981, y quo causa el asiento 370 del Diario 68.
Examinada la documentación presentada se acuerda la suspensión de la inscripción
solicitada en base a los siguientes.
Fundamentos de Derecho:
Se suspende la práctica del asiento solicitado al no haber sido alegada por el notario
la extraordinaria dificultad para subsanar la falta del única documento público que impide
completar el iter de la finca de este número, enlazando la titularidad registral vigente con
la promotora de este expediente, destacando el hecho de haberse advertido la

cve: BOE-A-2021-20034
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Hechos: