III. Otras disposiciones. BANCO DE ESPAÑA. Convenios. (BOE-A-2021-20067)
Resolución de 1 de diciembre de 2021, del Banco de España, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Viernes 3 de diciembre de 2021

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actividad que constituye su objeto, así como el cumplimento del resto de requisitos
determinados por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En virtud de lo expuesto, las partes, reconociéndose mutuo interés y recíprocamente
la capacidad legal necesaria y suficiente, acuerdan suscribir el presente Convenio, de
conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.
El presente Convenio tiene por objeto regular la colaboración entre los firmantes para
la cesión por el Ayuntamiento de Madrid, durante el tiempo que se determine para cada
actividad, de circuitos de publicidad exterior en formato banderolas de farola, con la
finalidad de promocionar la programación cultural del Banco de España y de
complementar la oferta cultural del Ayuntamiento de Madrid. No son objeto del presente
Convenio otros formatos publicitarios, salvo caso de evento de especial relevancia.
Segunda.

Obligaciones del Ayuntamiento de Madrid.

El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de denegar la utilización de
aquellas creatividades que contravengan la Ordenanza Municipal de Publicidad Exterior,
o que sean consideradas inadecuadas según criterios de respeto y convivencia.
Igualmente, si durante el transcurso de una campaña y con carácter extraordinario
surgieran razones para su retirada o sustitución, la Dirección General de Comunicación
lo comunicará para que dicha retirada se lleve a cabo en el menor plazo posible.

cve: BOE-A-2021-20067
Verificable en https://www.boe.es

– Colaborar en la difusión de las distintas exposiciones que organice el Banco de
España, poniendo a disposición de la misma de forma gratuita circuitos publicitarios en
banderolas de farola destinados a tal fin. Las características, número y duración de los
circuitos que el Ayuntamiento de Madrid pone a disposición en virtud de este Convenio,
estará determinada por la disponibilidad de espacios existentes para la correspondiente
campaña.
– Las reservas de circuitos de publicidad institucional se ajustarán a las condiciones
aprobadas por Resolución de fecha 10 de abril de 2018, del Director General de
Comunicación del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias.
– En relación a todas las necesidades de instalación y reservas de espacios, el
Ayuntamiento de Madrid, a través de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y
Museos del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, asistirá en la presentación
y tramitación de solicitudes necesarias para la obtención y gestión de las autorizaciones
y permisos necesarios siendo, en última instancia, la Dirección General de Comunicación
del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias la unidad competente para
autorizar o denegar permisos y autorizaciones conforme la normativa vigente.
– Para la difusión de las exposiciones del Banco de España, en el marco del
presente Convenio, se emplearán los elementos publicitarios producidos y suministrados
por el propio Banco de España o entidad que colabore en la organización de dichas
exposiciones.
– No utilizar el logotipo, marcas o signos distintivos del Banco de España para otros
fines que los establecidos en el presente Convenio, debiendo cesar inmediatamente en
su utilización una vez extinguido su plazo de vigencia.
– El Ayuntamiento de Madrid se compromete a otorgar el derecho al uso de los
logotipos municipales y su publicidad en las banderolas de farola, respetando los
derechos de la marca del Ayuntamiento de Madrid y durante el tiempo que dure el
circuito.