I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Impuestos. Información tributaria. (BOE-A-2021-20004)
Orden HFP/1351/2021, de 1 de diciembre, por la que se modifican la Orden de 20 de noviembre de 2000, por la que se aprueban los modelos 180, en pesetas y en euros, del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos; la Orden HAC/3580/2003, de 17 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 156 de declaración informativa anual de las cotizaciones de afiliados y mutualistas a efectos de la deducción por maternidad; la Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 198, de declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios; la Orden EHA/3021/2007, de 11 de octubre, por la que se aprueba el modelo 182 de declaración informativa de donativos, donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas; la Orden EHA/3290/2008, de 6 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 296 "Impuesto sobre la Renta de no Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta"; la Orden EHA/3481/2008, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 189 de declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas; la Orden HAP/1608/2014, de 4 de septiembre, por la que se aprueba el modelo 187, de declaración informativa de acciones o participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva; y la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre, por la que se aprueba el modelo 289, de declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Viernes 3 de diciembre de 2021

Sec. I. Pág. 149283

«Lista de Jurisdicciones participantes

Azerbayán.

Isla de Man (Reino Unido).

Países Bajos.

Bahrain.

Islandia.

Pakistán.

Bahamas.

Islas Caimán (Reino Unido).

Panamá.

Barbados.

Islas Cook (Nueva Zelanda).

Perú.

Bélgica.

Islas Feroe (Dinamarca).

Polonia.

Belice.

Islas Marshall.

Portugal.

Bermuda (Reino Unido).

Islas Turcas y Caicos (Reino
Unido).

Qatar.

Brasil.

Islas Vírgenes Británicas
(Reino Unido).

Reino Unido.

Brunei Darussalam.

Israel.

República Checa.

Bulgaria.

Italia.

República Eslovaca.

Canadá.

Jamaica.

Rumanía.

Chile.

Japón.

Rusia.

China.

Jersey (Reino Unido).

Samoa.

Chipre.

Kazajistan.

San Cristóbal y Nieves.

Colombia.

Kenia.

San Marino.

Corea.

Kuwait.

San Martín (Países Bajos).

Costa Rica.

Letonia.

San Vicente y las Granadinas.

Croacia.

Líbano.

Santa Lucía.

Curasao (Países Bajos).

Liberia.

Seychelles.

Dinamarca.

Liechtenstein.

Singapur.

Dominica.

Lituania.

Sudáfrica.

Ecuador.

Luxemburgo.

Suecia.

Emiratos Árabes Unidos.

Macao.

Suiza.

Eslovenia.

Malasia.

Turquía.

Estonia.

Maldivas.

Uruguay.

Finlandia.

Malta.

Vanuatu.»

Francia.

Marruecos.

Ghana.

Mauricio.

Cuatro. Se modifica el apartado 6 del ANEXO III-Contenido de la declaración
informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua,
modelo 289, que tendrá el siguiente contenido:
«6.1 Declaración complementaria o sustitutiva. La presentación de los
mensajes informáticos en que consistan las declaraciones complementarias o
sustitutivas realizadas por las instituciones financieras se realizará en los términos

cve: BOE-A-2021-20004
Verificable en https://www.boe.es

(*) Acuerdo Internacional en materia de fiscalidad y protección de los intereses financieros entre el
Reino de España y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en relación con Gibraltar, hecho
ad referendum en Madrid y Londres el 4 de marzo de 2019.