III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2021-19986)
Resolución de 19 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Iberdrola Renovables Castilla La Mancha, SA, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Puertollano II, de 99,658 MWp y 89,91 MWn, las líneas subterráneas a 30 kV, la subestación eléctrica 30/220 kV y la línea subterránea a 220 kV para evacuación de energía eléctrica, en el término municipal de Puertollano (Ciudad Real), así como para la instalación de un sistema de almacenamiento energético mediante baterías, con una potencia máxima de 5 MW.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Jueves 2 de diciembre de 2021

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instalación fotovoltaica Puertollano II, en una posición existente, entre otras instalaciones
de generación renovable. Posteriormente, con fecha 12 de mayo de 2021, Red Eléctrica
de España, SAU, emitió actualización del permiso de acceso y conexión a la red de
transporte en la citada subestación eléctrica ELCOGAS 220 kV, por modificación de la
capacidad de acceso otorgada, potencia instalada e incorporación de una hibridación
con almacenamiento, de manera que la capacidad de acceso otorgada pasa de 90 MW
a 80 MW de la potencia total instalada que pasa de 100 MW a 104 MW, considerando,
99,92 MW de potencia instalada para la instalación fotovoltaica Puertollano II y 5 MW
para el sistema de almacenamiento previsto por la incorporación de la hibridación con
almacenamiento.
Mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de octubre de 2015 se aprobó el
documento de «Planificación Energética. Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de
Energía Eléctrica 2015-2020», publicado por Orden IET/2209/2015, de 21 de octubre
(«Boletín Oficial del Estado» núm. 254, de 23 de octubre de 2015), estando la nueva
posición de la subestación de ELCOGAS 220 kV contemplada en dicha Planificación.
El peticionario ha acreditado su capacidad legal, técnica y económico-financiera para
la realización del proyecto.
El peticionario suscribió, con fecha 23 de julio de 2019, declaración responsable que
acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, según se establece en
el artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
La Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, ha emitido informe, aprobado por el Consejo de Administración, en su
sesión celebrada el día 9 de septiembre de 2021.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, reconoce la libre iniciativa empresarial para el
ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud del peticionario, relativa a la concesión de autorización administrativa
previa y autorización administrativa de construcción del proyecto de la actuación
anteriormente mencionada.
Las citadas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas resuelve:
Primero.
Otorgar a Iberdrola Renovables Castilla La Mancha, SA, autorización administrativa
previa para la instalación fotovoltaica Puertollano II de 99,658 MWp y 89,91 MWn, las
líneas subterráneas a 30 kV, la subestación eléctrica 30/220 kV y la línea subterránea
a 220 kV para evacuación de energía eléctrica, en el término municipal de Puertollano,
en la provincia de Ciudad Real.

Otorgar a Iberdrola Renovables Castilla La Mancha, SA, autorización administrativa de
construcción para la instalación fotovoltaica Puertollano II de 99,658 MWp y 89,91 MWn, las
líneas subterráneas a 30 kV, la subestación eléctrica 30/220 kV y la línea subterránea
a 220 kV para evacuación de energía eléctrica, en el término municipal de Puertollano, en la
provincia de Ciudad Real, con las características definidas en el proyecto «Planta
Fotovoltaica Puertollano II 100 MWp», fechado en junio de 2019, en el proyecto de la
subestación transformadora y la línea subterránea de evacuación de energía eléctrica del
parque, de junio de 2019, así como con la modificación en el trazado de la línea subterránea

cve: BOE-A-2021-19986
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.