III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-19979)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo de Logistium, Servicios Logísticos, SA, para los centros de trabajo de Alicante y Barcelona.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288
Jueves 2 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 149130
El Comité de Empresa tendrá las competencias especificadas en el artículo 64 del
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
Asimismo, podrán acumularse en uno o varios miembros del Comité de Empresa y
en cómputo mensual, las horas sindicales sin rebasar el máximo total y previa
notificación a la empresa.
CAPÍTULO X
Disposiciones adicionales
Artículo 59.
Disposición adicional primera. Planes de Igualdad.
Durante la vigencia del presente Convenio resultará de aplicación el Plan de Igualdad
aprobado por ambas partes, con las modificaciones que de mutuo acuerdo se puedan
establecer.
Artículo 60. Disposición adicional segunda: legislación supletoria.
En todo lo no dispuesto en el presente Convenio se estará a lo que establece el
Convenio colectivo estatal del ciclo integral del agua (código de convenio n.º
99014365012003).
Artículo 61.
Disposición adicional tercera: partes signatarias.
Ambas partes hacen constar que todos y cada uno de los artículos del presente
Convenio, así como el anexo al mismo, han sido aprobados por unanimidad por las
partes legitimadas, los Delegados de personal y la Dirección de Logistium, Servicios
Logísticos S.A, Ambas partes se reconocen mutuamente la legitimación para negociar el
presente Convenio.
ANEXO I
Tablas salariales definitivas
Tabla salarial definitiva 2020
Salario Base
(doce)
–
Euros
Paga Extra (dos)
–
Euros
Bolsa vacaciones
(dos)
–
Euros
Total
–
Euros
GP 1.
1.034,60
1.034,60
575,00
15.634,40
GP 2B.
1.255,38
1.255,38
575,00
18.725,32
GP 2A.
1.453,27
1.453,27
575,00
21.495,78
GP 3B.
1.583,14
1.583,14
575,00
23.313,96
GP 3A.
1.731,56
1.731,56
575,00
25.391,84
GP 4.
1.731,56
1.731,56
575,00
25.391,84
GP 5.
1.839,78
1.839,78
575,00
26.906,92
GP 6.
1.923,26
1.923,26
575,00
28.075,64
Grupo Profesional
Plus transporte: 780,00 euros/año.
cve: BOE-A-2021-19979
Verificable en https://www.boe.es
Todas las áreas funcionales Adm / Téc / Ope
Núm. 288
Jueves 2 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 149130
El Comité de Empresa tendrá las competencias especificadas en el artículo 64 del
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
Asimismo, podrán acumularse en uno o varios miembros del Comité de Empresa y
en cómputo mensual, las horas sindicales sin rebasar el máximo total y previa
notificación a la empresa.
CAPÍTULO X
Disposiciones adicionales
Artículo 59.
Disposición adicional primera. Planes de Igualdad.
Durante la vigencia del presente Convenio resultará de aplicación el Plan de Igualdad
aprobado por ambas partes, con las modificaciones que de mutuo acuerdo se puedan
establecer.
Artículo 60. Disposición adicional segunda: legislación supletoria.
En todo lo no dispuesto en el presente Convenio se estará a lo que establece el
Convenio colectivo estatal del ciclo integral del agua (código de convenio n.º
99014365012003).
Artículo 61.
Disposición adicional tercera: partes signatarias.
Ambas partes hacen constar que todos y cada uno de los artículos del presente
Convenio, así como el anexo al mismo, han sido aprobados por unanimidad por las
partes legitimadas, los Delegados de personal y la Dirección de Logistium, Servicios
Logísticos S.A, Ambas partes se reconocen mutuamente la legitimación para negociar el
presente Convenio.
ANEXO I
Tablas salariales definitivas
Tabla salarial definitiva 2020
Salario Base
(doce)
–
Euros
Paga Extra (dos)
–
Euros
Bolsa vacaciones
(dos)
–
Euros
Total
–
Euros
GP 1.
1.034,60
1.034,60
575,00
15.634,40
GP 2B.
1.255,38
1.255,38
575,00
18.725,32
GP 2A.
1.453,27
1.453,27
575,00
21.495,78
GP 3B.
1.583,14
1.583,14
575,00
23.313,96
GP 3A.
1.731,56
1.731,56
575,00
25.391,84
GP 4.
1.731,56
1.731,56
575,00
25.391,84
GP 5.
1.839,78
1.839,78
575,00
26.906,92
GP 6.
1.923,26
1.923,26
575,00
28.075,64
Grupo Profesional
Plus transporte: 780,00 euros/año.
cve: BOE-A-2021-19979
Verificable en https://www.boe.es
Todas las áreas funcionales Adm / Téc / Ope