III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-19978)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Heineken España, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288
Jueves 2 de diciembre de 2021
Artículo 17.
Artículo 18.
Artículo 19.
Artículo 20.
Artículo 21.
Artículo 22.
Artículo 23.
Movilidad funcional.
Movilidad funcional por diversidad funcional sobrevenida.
Trabajos de superior e inferior nivel.
Condiciones económicas de los traslados.
Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Excedencias.
Trabajo a distancia.
Capítulo III.
Ingresos y ceses.
Sec. III. Pág. 149041
Artículo 24. Ingresos.
Artículo 25. Cese e indemnización del personal fijo-discontinuo.
Artículo 26. Período de prueba.
Artículo 27. Baja voluntaria.
Capítulo IV. Clasificación, formación profesional, cobertura vacantes y ascensos.
Artículo 28. Clasificación profesional.
Artículo 29. Cobertura de vacantes y ascensos.
Artículo 30. Plantilla y escalafones.
Artículo 31. Formación profesional y continua.
Artículo 32. Estructura salarial.
Artículo 33. Salario.
Artículo 34. Complementos personales.
Artículo 35. Complementos de puesto de trabajo.
Artículo 36. Complementos de calidad o cantidad de trabajo.
Artículo 37. Pagas extraordinarias.
Artículo 38. Complemento de las prestaciones por incapacidad temporal y situación
de nacimiento y cuidado de menor.
Artículo 39. Percepciones no salariales.
Artículo 40. Nóminas y anticipos.
Capítulo VI.
Beneficios sociales.
Artículo 41.
Artículo 42.
Artículo 43.
Artículo 44.
Artículo 45.
Artículo 46.
Artículo 47.
Bolsa flexible de beneficios sociales.
Cajas de cerveza.
Préstamos al personal.
Ayudas a familiares con diversidad funcional.
Reconocimiento por años de servicio (fidelidad).
Plan de pensiones y coberturas de riesgo.
Otras prestaciones: prendas de equipo.
Capítulo VII.
Garantías de empleo.
Capítulo VIII.
Igualdad.
Artículo 53.
Promoción de la igualdad de género.
Capítulo IX.
Derechos sindicales.
Artículo 54. Comités de empresa y delegados/as de personal.
Artículo 55. Comité Intercentros.
Artículo 56. Comité Intercentros de Seguridad y Salud.
cve: BOE-A-2021-19978
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 48. Subcontratación.
Artículo 49. Despidos objetivos.
Artículo 50. Garantías en caso de pérdida del carnet de conducir.
Artículo 51. Sustitución de ausencias.
Artículo 52. Garantía de ocupación efectiva.
Núm. 288
Jueves 2 de diciembre de 2021
Artículo 17.
Artículo 18.
Artículo 19.
Artículo 20.
Artículo 21.
Artículo 22.
Artículo 23.
Movilidad funcional.
Movilidad funcional por diversidad funcional sobrevenida.
Trabajos de superior e inferior nivel.
Condiciones económicas de los traslados.
Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Excedencias.
Trabajo a distancia.
Capítulo III.
Ingresos y ceses.
Sec. III. Pág. 149041
Artículo 24. Ingresos.
Artículo 25. Cese e indemnización del personal fijo-discontinuo.
Artículo 26. Período de prueba.
Artículo 27. Baja voluntaria.
Capítulo IV. Clasificación, formación profesional, cobertura vacantes y ascensos.
Artículo 28. Clasificación profesional.
Artículo 29. Cobertura de vacantes y ascensos.
Artículo 30. Plantilla y escalafones.
Artículo 31. Formación profesional y continua.
Artículo 32. Estructura salarial.
Artículo 33. Salario.
Artículo 34. Complementos personales.
Artículo 35. Complementos de puesto de trabajo.
Artículo 36. Complementos de calidad o cantidad de trabajo.
Artículo 37. Pagas extraordinarias.
Artículo 38. Complemento de las prestaciones por incapacidad temporal y situación
de nacimiento y cuidado de menor.
Artículo 39. Percepciones no salariales.
Artículo 40. Nóminas y anticipos.
Capítulo VI.
Beneficios sociales.
Artículo 41.
Artículo 42.
Artículo 43.
Artículo 44.
Artículo 45.
Artículo 46.
Artículo 47.
Bolsa flexible de beneficios sociales.
Cajas de cerveza.
Préstamos al personal.
Ayudas a familiares con diversidad funcional.
Reconocimiento por años de servicio (fidelidad).
Plan de pensiones y coberturas de riesgo.
Otras prestaciones: prendas de equipo.
Capítulo VII.
Garantías de empleo.
Capítulo VIII.
Igualdad.
Artículo 53.
Promoción de la igualdad de género.
Capítulo IX.
Derechos sindicales.
Artículo 54. Comités de empresa y delegados/as de personal.
Artículo 55. Comité Intercentros.
Artículo 56. Comité Intercentros de Seguridad y Salud.
cve: BOE-A-2021-19978
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 48. Subcontratación.
Artículo 49. Despidos objetivos.
Artículo 50. Garantías en caso de pérdida del carnet de conducir.
Artículo 51. Sustitución de ausencias.
Artículo 52. Garantía de ocupación efectiva.