III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Premios. (BOE-A-2021-19987)
Orden TED/1343/2021, de 25 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Nacionales de Medioambiente y de Energía, y se regulan los Premios Extraordinarios de Medioambiente y de Energía.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Jueves 2 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 149185

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Orden TED/1343/2021, de 25 de noviembre, por la que se establecen las
bases reguladoras de los Premios Nacionales de Medioambiente y de
Energía, y se regulan los Premios Extraordinarios de Medioambiente y de
Energía.

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, creado por el Real
Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos
ministeriales, asume, entre otras, las competencias del desaparecido Ministerio de
Agricultura, Pesca, Alimentación y Medioambiente, que había convocado los Premios
Nacionales de Medioambiente y hecho entrega de Premios Extraordinarios de
Medioambiente. Estos premios venían convocándose anualmente desde el año 1986
hasta 2009.
Entre las funciones del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
se encuentran: la lucha contra el cambio climático, la prevención de la contaminación, la
economía circular, la protección del patrimonio natural, de la biodiversidad, de los
bosques, del mar, del agua y la energía para la transición a un modelo productivo y
social más ecológico.
Dada la integración de las competencias en materia de energía en el Departamento y
en línea con los premios de Medioambiente, resulta oportuno y necesario crear un
Premio Nacional de Energía y un Premio Extraordinario en el mismo ámbito.
Mediante la presente orden se establecen las bases reguladoras de los Premios
Nacionales de Medioambiente y de Energía, así como la regulación de los Premios
Extraordinarios de Medioambiente y de Energía. Estos últimos se otorgarán sin la previa
solicitud del beneficiario, por lo que quedan excluidos del ámbito de aplicación de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones atendiendo a lo dispuesto
en su artículo 4.a).
Este Ministerio, con los Premios Nacionales de Medioambiente, quiere otorgar un
reconocimiento público y social a personas físicas y jurídicas que han destacado en su
labor de defensa, estudios y promoción ambiental y climática y en la puesta en marcha
de modelos sostenibles de desarrollo económico y social, contribuyendo de forma notoria
a la conservación, protección y difusión de valores ambientales.
En relación con los Premios Nacionales de Energía, este Departamento pretende
otorgar un reconocimiento público y social a las personas físicas o jurídicas que han
destacado por sus aportaciones creadoras, científicas, educativas, sociales, de difusión a
favor de la descarbonización de la economía, mejora de su resiliencia y en la puesta en
marcha de modelos energéticos y evaluables sostenibles. En particular al desarrollo de
fuentes de energía alternativas, desarrollo de nuevos combustibles y de investigaciones
que mejoren el ahorro y la eficiencia energética, todo ello integrado en los objetivos de la
economía circular y de adaptación al cambio climático.
Las candidaturas de los Premios Nacionales podrán ser presentadas por los propios
interesados o por terceras personas que tengan un profundo conocimiento de la trayectoria
del candidato y consideren que éste ha realizado una labor meritoria del premio.
Estas candidaturas sólo podrán ser serán presentadas a través de medios
electrónicos, tanto por personas jurídicas como para personas físicas. En el caso de las
personas físicas, cabe indicar que los potenciales premiados son profesionales del
ámbito empresarial, académico o científico, entre otros, con acceso y disponibilidad a los
medios electrónicos necesarios.

cve: BOE-A-2021-19987
Verificable en https://www.boe.es

19987