III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-19882)
Resolución de 24 de noviembre de 2021, del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, por la que se publica el Convenio con la Asociación Española de Ciencia Política y de la Administración, para la colaboración en la edición y difusión del n.º 57 de la Revista Española de Ciencia Política.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287
Miércoles 1 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 148589
los sistemas sociales, políticos, constitucionales y administrativos, y que tiene
encomendadas, entre otras funciones, realizar, promover y publicar, en su caso, estudios
sobre cualquiera de las materias relacionadas con su finalidad.
Segundo.
Que la AECPA tiene entre sus fines promover el desarrollo de la Ciencia Política y de
la Ciencia de la Administración, fomentar sus investigaciones e impulsar la cooperación
científica y profesional entre los investigadores, profesores, estudiosos y especialistas de
la materia, desde un compromiso con la democracia y los derechos humanos. Asimismo
es objeto de la Asociación divulgar las actividades científico-políticas españolas tanto en
España, como en el extranjero.
Tercero.
Que dado que existen fines comunes, ambas entidades en ejercicio de sus
respectivas facultades y entendiendo beneficiosa la colaboración en las materias de su
competencia, han acordado suscribir el presente Convenio que llevan a efecto con
sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Constituye el objeto del presente Convenio la colaboración del CEPC para la edición
y difusión del número 57 de la Revista Española de Ciencia Política (RECP), que se
edita por AECPA con una tirada en papel de 200 ejemplares.
Segunda. Obligaciones del CEPC.
El CEPC contribuirá a las tareas de edición y difusión de la revista con una
aportación económica de 2.000 euros (exenta de IVA s/artículo 20.1.12 de la
Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido), con cargo a la
aplicación presupuestaria 25.101.462M.240.01. Esta cantidad será ingresada por el
CEPC en la cuenta corriente de la AECPA, cuyo IBAN es ES0820381816266000226861,
previa edición de la revista y presentación de la liquidación de gastos por parte de la
AECPA.
Asimismo, la Directora del CEPC propondrá un miembro del Consejo de Redacción
de la Revista a la Junta directiva de la Asociación, que deberá reunir los requisitos
exigibles a los restantes miembros del Consejo.
El CEPC se compromete asimismo a la posterior difusión de la obra, a través de sus
propios medios.
Tercera. Obligaciones de la AECPA.
1. Gestionar la edición y distribución del número 57 de la revista y hacer frente a
todos los gastos derivados, estimados en 8.000 euros, según se refleja en el
presupuesto que aparece en el anexo del presente Convenio, destinando a esta finalidad
la aportación del CEPC prevista en la cláusula anterior.
2. Dar cuenta del presente acuerdo a todos los socios de AECPA mediante carta de
la Presidenta que se publicará en la web de la Asociación como Noticia.
3. La inclusión en la contraportada de la RECP del logo de CEPC y la indicación de
su condición de colaborador de la misma.
4. El envío al CEPC de dos ejemplares de los tres números de la revista editados
en 2021.
cve: BOE-A-2021-19882
Verificable en https://www.boe.es
La AECPA tomará bajo su responsabilidad:
Núm. 287
Miércoles 1 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 148589
los sistemas sociales, políticos, constitucionales y administrativos, y que tiene
encomendadas, entre otras funciones, realizar, promover y publicar, en su caso, estudios
sobre cualquiera de las materias relacionadas con su finalidad.
Segundo.
Que la AECPA tiene entre sus fines promover el desarrollo de la Ciencia Política y de
la Ciencia de la Administración, fomentar sus investigaciones e impulsar la cooperación
científica y profesional entre los investigadores, profesores, estudiosos y especialistas de
la materia, desde un compromiso con la democracia y los derechos humanos. Asimismo
es objeto de la Asociación divulgar las actividades científico-políticas españolas tanto en
España, como en el extranjero.
Tercero.
Que dado que existen fines comunes, ambas entidades en ejercicio de sus
respectivas facultades y entendiendo beneficiosa la colaboración en las materias de su
competencia, han acordado suscribir el presente Convenio que llevan a efecto con
sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Constituye el objeto del presente Convenio la colaboración del CEPC para la edición
y difusión del número 57 de la Revista Española de Ciencia Política (RECP), que se
edita por AECPA con una tirada en papel de 200 ejemplares.
Segunda. Obligaciones del CEPC.
El CEPC contribuirá a las tareas de edición y difusión de la revista con una
aportación económica de 2.000 euros (exenta de IVA s/artículo 20.1.12 de la
Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido), con cargo a la
aplicación presupuestaria 25.101.462M.240.01. Esta cantidad será ingresada por el
CEPC en la cuenta corriente de la AECPA, cuyo IBAN es ES0820381816266000226861,
previa edición de la revista y presentación de la liquidación de gastos por parte de la
AECPA.
Asimismo, la Directora del CEPC propondrá un miembro del Consejo de Redacción
de la Revista a la Junta directiva de la Asociación, que deberá reunir los requisitos
exigibles a los restantes miembros del Consejo.
El CEPC se compromete asimismo a la posterior difusión de la obra, a través de sus
propios medios.
Tercera. Obligaciones de la AECPA.
1. Gestionar la edición y distribución del número 57 de la revista y hacer frente a
todos los gastos derivados, estimados en 8.000 euros, según se refleja en el
presupuesto que aparece en el anexo del presente Convenio, destinando a esta finalidad
la aportación del CEPC prevista en la cláusula anterior.
2. Dar cuenta del presente acuerdo a todos los socios de AECPA mediante carta de
la Presidenta que se publicará en la web de la Asociación como Noticia.
3. La inclusión en la contraportada de la RECP del logo de CEPC y la indicación de
su condición de colaborador de la misma.
4. El envío al CEPC de dos ejemplares de los tres números de la revista editados
en 2021.
cve: BOE-A-2021-19882
Verificable en https://www.boe.es
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