II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Personal laboral. (BOE-A-2021-19853)
Resolución de 23 de noviembre de 2021, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se aprueban las bases y se convoca la provisión de plaza de Subdirector/a de Gestión y Servicios Generales de Atención Especializada de Melilla.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287
Miércoles 1 de diciembre de 2021
2.
Sec. II.B. Pág. 148477
Régimen de contratación.
El candidato designado para ocupar la plaza que se convoca, suscribirá contrato de
alta dirección, regulado por el Real Decreto 1382/85, de 1 de agosto. Su relación laboral
quedará regulada por lo establecido en el contrato de trabajo y las retribuciones del
puesto serán las aprobadas, para Subdirector/a de Gestión y Servicios Generales de
Atención Especializada del Hospital Comarcal de Melilla.
3.
Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán
poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener
hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de
participación:
3.1
Nacionalidad.
– Tener la nacionalidad española.
– Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea.
– Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los
nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus
descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o
mayores de dicha edad dependientes.
– Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la
libre circulación de trabajadores.
– Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren
con residencia legal en España.
4.
Idoneidad y méritos.
La idoneidad de los aspirantes al puesto cuya cobertura es objeto de convocatoria se
valorará atendiendo a:
a) Experiencia en puestos de trabajo de gestión económica, de personal y
administrativa, con preferencia en el ámbito de la Administración Pública Sanitaria.
b) Experiencia en capacidad de organización de equipos humanos.
c) Experiencia en negociación y relación con Organizaciones Sindicales.
cve: BOE-A-2021-19853
Verificable en https://www.boe.es
3.2 Edad: Ser mayor de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
3.3 Titulación: Ostentar titulación universitaria de grado superior. Los aspirantes con
titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la
correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la
homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran
obtenido el reconocimiento de su calificación profesional, en el ámbito de las profesiones
reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
3.4 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
3.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.
Núm. 287
Miércoles 1 de diciembre de 2021
2.
Sec. II.B. Pág. 148477
Régimen de contratación.
El candidato designado para ocupar la plaza que se convoca, suscribirá contrato de
alta dirección, regulado por el Real Decreto 1382/85, de 1 de agosto. Su relación laboral
quedará regulada por lo establecido en el contrato de trabajo y las retribuciones del
puesto serán las aprobadas, para Subdirector/a de Gestión y Servicios Generales de
Atención Especializada del Hospital Comarcal de Melilla.
3.
Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán
poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener
hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de
participación:
3.1
Nacionalidad.
– Tener la nacionalidad española.
– Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea.
– Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los
nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus
descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o
mayores de dicha edad dependientes.
– Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la
libre circulación de trabajadores.
– Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren
con residencia legal en España.
4.
Idoneidad y méritos.
La idoneidad de los aspirantes al puesto cuya cobertura es objeto de convocatoria se
valorará atendiendo a:
a) Experiencia en puestos de trabajo de gestión económica, de personal y
administrativa, con preferencia en el ámbito de la Administración Pública Sanitaria.
b) Experiencia en capacidad de organización de equipos humanos.
c) Experiencia en negociación y relación con Organizaciones Sindicales.
cve: BOE-A-2021-19853
Verificable en https://www.boe.es
3.2 Edad: Ser mayor de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
3.3 Titulación: Ostentar titulación universitaria de grado superior. Los aspirantes con
titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la
correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la
homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran
obtenido el reconocimiento de su calificación profesional, en el ámbito de las profesiones
reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
3.4 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
3.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.