II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-19872)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la categoría de Técnico/a Auxiliar de Instalaciones Deportivas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287
Miércoles 1 de diciembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 148522
compresiva de todas las materias cursadas donde conste expresamente que ha
finalizado los estudios conducentes a la obtención del título. En caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero deberá presentarse la correspondiente credencial de
homologación.
En el caso de acceso mediante experiencia laboral se estará a lo dispuesto en el
artículo 15.3 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades
Públicas de Andalucía.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos
Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario. En el caso de ser nacional de
otro Estado, deberá presentar, además, declaración jurada o promesa de no hallarse
inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.
d) Certificado médico que acredite poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas propias de la categoría de Técnico/a Auxiliar de Instalaciones
Deportivas y no padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica
que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. En el caso
de personas aspirantes con grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %
deberán aportar certificado vigente y actualizado, expedido por el órgano competente,
que acredite tal condición, el grado de discapacidad y en el que conste su capacidad
funcional para el desempeño de las tareas y funciones propias de la citada categoría.
10.
Bolsa de Empleo para la selección de personal laboral temporal
10.1 Antes de comenzar el proceso selectivo, se acordará una Bolsa de Empleo
con el Comité de Empresa y las Secciones Sindicales, con el fin de atender las
necesidades urgentes e inaplazables que se produzcan.
10.2 Una vez finalizado el proceso selectivo se confeccionará el listado de
personas aspirantes que conformarán la Bolsa de Empleo y se procederá a su
aprobación y publicación en el lugar establecido en la base primera, apartado 1.8.
cve: BOE-A-2021-19872
Verificable en https://www.boe.es
9.2 Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase
la documentación o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos
exigidos, no podrá ser contratado/a, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud
de participación.
En este último caso, o en el supuesto de renuncia de la persona aspirante
seleccionada o de cualquier otra causa que impida definitivamente la contratación como
personal laboral, el Rectorado de la Universidad, con el fin de asegurar la cobertura de la
plaza convocada, requerirá al Tribunal de Valoración relación complementaria de
aspirante que haya superado el proceso selectivo, por orden de puntuación, sumadas las
fases de oposición y concurso, que sigan a la propuesta.
9.3 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal de Valoración, se
elevará a definitiva la relación de persona candidata que ha superado el proceso
selectivo, mediante Resolución que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía». Cualquier resolución que contravenga lo anteriormente establecido será nula
de pleno derecho.
9.4 La persona aspirante que hubiese superado el proceso selectivo comparecerá
ante la Unidad de Gestión del P.A.S. de la Universidad de Huelva, en el plazo que se
establezca en la Resolución anteriormente citada, a fin de formalizar el contrato laboral
de carácter fijo. La no comparecencia dentro del plazo establecido, sin causa que lo
justifique, supondrá el desistimiento del trabajador o trabajadora a la formalización de su
contrato.
Núm. 287
Miércoles 1 de diciembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 148522
compresiva de todas las materias cursadas donde conste expresamente que ha
finalizado los estudios conducentes a la obtención del título. En caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero deberá presentarse la correspondiente credencial de
homologación.
En el caso de acceso mediante experiencia laboral se estará a lo dispuesto en el
artículo 15.3 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades
Públicas de Andalucía.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos
Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario. En el caso de ser nacional de
otro Estado, deberá presentar, además, declaración jurada o promesa de no hallarse
inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.
d) Certificado médico que acredite poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas propias de la categoría de Técnico/a Auxiliar de Instalaciones
Deportivas y no padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica
que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. En el caso
de personas aspirantes con grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %
deberán aportar certificado vigente y actualizado, expedido por el órgano competente,
que acredite tal condición, el grado de discapacidad y en el que conste su capacidad
funcional para el desempeño de las tareas y funciones propias de la citada categoría.
10.
Bolsa de Empleo para la selección de personal laboral temporal
10.1 Antes de comenzar el proceso selectivo, se acordará una Bolsa de Empleo
con el Comité de Empresa y las Secciones Sindicales, con el fin de atender las
necesidades urgentes e inaplazables que se produzcan.
10.2 Una vez finalizado el proceso selectivo se confeccionará el listado de
personas aspirantes que conformarán la Bolsa de Empleo y se procederá a su
aprobación y publicación en el lugar establecido en la base primera, apartado 1.8.
cve: BOE-A-2021-19872
Verificable en https://www.boe.es
9.2 Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase
la documentación o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos
exigidos, no podrá ser contratado/a, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud
de participación.
En este último caso, o en el supuesto de renuncia de la persona aspirante
seleccionada o de cualquier otra causa que impida definitivamente la contratación como
personal laboral, el Rectorado de la Universidad, con el fin de asegurar la cobertura de la
plaza convocada, requerirá al Tribunal de Valoración relación complementaria de
aspirante que haya superado el proceso selectivo, por orden de puntuación, sumadas las
fases de oposición y concurso, que sigan a la propuesta.
9.3 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal de Valoración, se
elevará a definitiva la relación de persona candidata que ha superado el proceso
selectivo, mediante Resolución que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía». Cualquier resolución que contravenga lo anteriormente establecido será nula
de pleno derecho.
9.4 La persona aspirante que hubiese superado el proceso selectivo comparecerá
ante la Unidad de Gestión del P.A.S. de la Universidad de Huelva, en el plazo que se
establezca en la Resolución anteriormente citada, a fin de formalizar el contrato laboral
de carácter fijo. La no comparecencia dentro del plazo establecido, sin causa que lo
justifique, supondrá el desistimiento del trabajador o trabajadora a la formalización de su
contrato.