I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE JUSTICIA. Demarcación y planta judicial. (BOE-A-2021-19797)
Real Decreto 1052/2021, de 30 de noviembre, de creación de cincuenta y seis unidades judiciales correspondientes a la programación de 2021 y de cuatro plazas de Juez de Adscripción Territorial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287
Miércoles 1 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 148143
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE JUSTICIA
Real Decreto 1052/2021, de 30 de noviembre, de creación de cincuenta y
seis unidades judiciales correspondientes a la programación de 2021 y de
cuatro plazas de Juez de Adscripción Territorial.
La Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, en su
artículo 20.1 faculta al Gobierno para modificar el número y composición de los órganos
judiciales establecidos en dicha ley, mediante la creación de Secciones y Juzgados. Así,
al amparo de esta habilitación legal, corresponde al Gobierno la creación de nuevas
unidades judiciales, con las finalidades establecidas en la disposición adicional quinta de
la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer
frente a la COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.
La respuesta del Estado sigue siendo la de lograr que nadie se quede atrás en la
recuperación y la Administración de Justicia debe contribuir a su consecución con todos
los elementos posibles. El impacto que la buena marcha de la Administración de Justicia
tiene en la economía es indudable y por ello es preciso la adopción de medidas
inmediatas para conseguir una activación económica eficaz y la tutela de los derechos y
libertades más afectados con carácter general.
Como consecuencia del extenso periodo de ralentización estructural de la
Administración de Justicia por la crisis sanitaria del COVID-19, y tras la aprobación del
Plan de Actuación en el Consejo de Ministros de 7 de julio de 2020, con la finalidad de
aliviar la acumulación de litigios judiciales es necesario continuar la implantación de un
conjunto de actuaciones encaminadas a agilizar y acelerar la reactivación de la actividad
judicial ordinaria. En el citado Plan se contemplan una serie de medidas estructurales
como es la creación de nuevas unidades judiciales, materializada en el Real
Decreto 1050/2020, de 1 de diciembre, de creación de treinta y tres unidades
judiciales COVID-19, correspondientes a la programación de 2020.
Por ello, es importante continuar la línea de actuación iniciada en el año 2020, en el
sentido de afrontar y resolver los problemas generados por la propia crisis en el normal
funcionamiento de la Administración de Justicia, canalizando el previsible incremento de
la litigiosidad. En consecuencia, es necesario proceder a la creación de cincuenta y seis
nuevas unidades judiciales, correspondientes a la programación de 2021, y de cuatro
plazas de Juez de Adscripción Territorial en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña,
y así mismo sea factible la efectividad de algunas de estas unidades judiciales en el
presente año.
Este real decreto centra su objeto en la creación de cincuenta y seis nuevas
unidades judiciales y la dotación de cuatro plazas de Juez de Adscripción Territorial que,
atendiendo a la carga de trabajo existente y siendo presupuestariamente posible la
efectividad de las plazas de magistrado/a en órganos colegiados y la entrada en
funcionamiento de los juzgados, son necesarias desde un punto de vista estructural, por
cuanto las necesidades de carácter coyuntural se pueden solucionar con otras medidas
de racionalización, que establece la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial.
Como consecuencia de lo anterior, se dispone la creación y constitución de treinta y
dos nuevos juzgados, la dotación de veintidós plazas de magistrado/a en órganos
colegiados, en concreto en las Audiencias Provinciales de Cádiz, Córdoba, Málaga,
Sevilla, Las Palmas, Ávila, León, Alicante, con sede en Elche, Castellón de la Plana,
Lugo, Ourense, Madrid, Murcia, con sede en Cartagena y Navarra, así como la
constitución de dos juzgados en la Comunitat Valenciana, que había sido suspendida con
cve: BOE-A-2021-19797
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19797
Núm. 287
Miércoles 1 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 148143
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE JUSTICIA
Real Decreto 1052/2021, de 30 de noviembre, de creación de cincuenta y
seis unidades judiciales correspondientes a la programación de 2021 y de
cuatro plazas de Juez de Adscripción Territorial.
La Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, en su
artículo 20.1 faculta al Gobierno para modificar el número y composición de los órganos
judiciales establecidos en dicha ley, mediante la creación de Secciones y Juzgados. Así,
al amparo de esta habilitación legal, corresponde al Gobierno la creación de nuevas
unidades judiciales, con las finalidades establecidas en la disposición adicional quinta de
la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer
frente a la COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.
La respuesta del Estado sigue siendo la de lograr que nadie se quede atrás en la
recuperación y la Administración de Justicia debe contribuir a su consecución con todos
los elementos posibles. El impacto que la buena marcha de la Administración de Justicia
tiene en la economía es indudable y por ello es preciso la adopción de medidas
inmediatas para conseguir una activación económica eficaz y la tutela de los derechos y
libertades más afectados con carácter general.
Como consecuencia del extenso periodo de ralentización estructural de la
Administración de Justicia por la crisis sanitaria del COVID-19, y tras la aprobación del
Plan de Actuación en el Consejo de Ministros de 7 de julio de 2020, con la finalidad de
aliviar la acumulación de litigios judiciales es necesario continuar la implantación de un
conjunto de actuaciones encaminadas a agilizar y acelerar la reactivación de la actividad
judicial ordinaria. En el citado Plan se contemplan una serie de medidas estructurales
como es la creación de nuevas unidades judiciales, materializada en el Real
Decreto 1050/2020, de 1 de diciembre, de creación de treinta y tres unidades
judiciales COVID-19, correspondientes a la programación de 2020.
Por ello, es importante continuar la línea de actuación iniciada en el año 2020, en el
sentido de afrontar y resolver los problemas generados por la propia crisis en el normal
funcionamiento de la Administración de Justicia, canalizando el previsible incremento de
la litigiosidad. En consecuencia, es necesario proceder a la creación de cincuenta y seis
nuevas unidades judiciales, correspondientes a la programación de 2021, y de cuatro
plazas de Juez de Adscripción Territorial en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña,
y así mismo sea factible la efectividad de algunas de estas unidades judiciales en el
presente año.
Este real decreto centra su objeto en la creación de cincuenta y seis nuevas
unidades judiciales y la dotación de cuatro plazas de Juez de Adscripción Territorial que,
atendiendo a la carga de trabajo existente y siendo presupuestariamente posible la
efectividad de las plazas de magistrado/a en órganos colegiados y la entrada en
funcionamiento de los juzgados, son necesarias desde un punto de vista estructural, por
cuanto las necesidades de carácter coyuntural se pueden solucionar con otras medidas
de racionalización, que establece la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial.
Como consecuencia de lo anterior, se dispone la creación y constitución de treinta y
dos nuevos juzgados, la dotación de veintidós plazas de magistrado/a en órganos
colegiados, en concreto en las Audiencias Provinciales de Cádiz, Córdoba, Málaga,
Sevilla, Las Palmas, Ávila, León, Alicante, con sede en Elche, Castellón de la Plana,
Lugo, Ourense, Madrid, Murcia, con sede en Cartagena y Navarra, así como la
constitución de dos juzgados en la Comunitat Valenciana, que había sido suspendida con
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