III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Personal investigador. Retribuciones. (BOE-A-2021-19895)
Orden CIN/1333/2021, de 29 de noviembre, por la que se convoca la evaluación de los méritos investigadores del personal investigador funcionario de las escalas científicas de los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado, por la actividad realizada hasta el 31 de diciembre de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Miércoles 1 de diciembre de 2021

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6. En el proceso se tendrá en cuenta exclusivamente la información aportada por la
persona solicitante, por lo que se prescindirá del trámite de audiencia, de conformidad
con lo establecido en el artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7. La Comisión, al término del proceso de evaluación, procederá a notificar
personalmente a cada solicitante el resultado de la evaluación obtenida, por medios
electrónicos.
Sexto.

Criterios de evaluación.

1. En la evaluación se observarán los criterios generales aprobados por Resolución
de la Secretaría General de Coordinación de Política Científica de 19 de agosto de 2019,
así como los criterios específicos aprobados por la Comisión Evaluadora del Desempeño
de la Actividad Científico-Tecnológica en su reunión de 25 de noviembre de 2021 y
publicados en la página web del Ministerio.
2. Se tendrán en cuenta las circunstancias particulares de cada Organismo Público
de Investigación en el periodo a que corresponde la evaluación.
Séptimo.

Recursos.

Contra la presente convocatoria cabe interponer recurso contencioso-administrativo
ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, conforme a lo establecido
en el artículo 9.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a
la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada
Ley 29/1998, de 13 julio.
Asimismo, podrá presentarse, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo
de un mes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.1 de Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
Disposición final única.

Efectos.

La presente orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2021-19895
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 29 de noviembre de 2021.–La Ministra de Ciencia e Innovación, Diana
Morant Ripoll.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X